III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-11285)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de pilotos de easyJet Airline Company Limited, Sucursal en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66166
ii. Días libres especiales. De entre los días libres anuales a los que tienen derecho,
cualesquiera seis días libres se consideran días libres especiales (SDO).
c. La programación de turnos real mensual del piloto no distingue entre días libres
normales y días libres especiales. Dichos días libres, sin importar su naturaleza, no
atraerán pago.
2.
Vacaciones anuales.
a. Un piloto empleado en España a tiempo completo durante todo el año (no
estacional) tiene derecho a un mínimo de 31 días de vacaciones anuales, consistentes
en 25 días de trabajo por año de permiso (días LVE) y los seis días libres especiales
(SDO).
b. El derecho a días LVE anuales se prorratea al número entero más próximo para
todos los empleados de jornada parcial y cualquier piloto que se incorpora o sale dentro
del periodo de referencia.
c. El periodo de referencia o licitación para devengar y disfrutar las vacaciones
comienza el 1 de abril y finaliza el 31 de marzo del año siguiente.
d. Para las bases de temporada (estacionales), el periodo de referencia está
vinculado al periodo de actividad y la duración relacionada del contrato de empleo.
e. Pueden disfrutarse vacaciones anuales en cualquier momento durante el periodo
de referencia y atendiendo a las siguientes reglas:
f. Cada día LVE tomado activa un suplemento fijo de la paga de vacaciones,
descrito en el apéndice de pagos, a fin de mantener, durante el periodo anual de
vacaciones (días LVE y SDO), una equivalencia del pago variable mientras el trabajo.
g. Si un piloto suprime uno o más días LVE, easyJet no volverá a asignar esos días.
Será responsabilidad del piloto administrar su tiempo de permiso según la disponibilidad
dentro de la base y el rango o grupo profesional.
h. El no reservar todos los días LVE dentro de los periodos comunicados dará como
resultado la asignación del permiso por parte de easyJet según lo que más convenga a
la Compañía.
i. Si un piloto abandona la compañía por cualquier motivo, habiendo tomado más
días LVE que los que le correspondían por el tiempo trabajado durante el periodo de
referencia, la compañía podrá descontar de su última nómina los días disfrutados en
exceso.
j. Días LVE de verano. Todos los pilotos que trabajan en un contrato de tiempo
completo de todo el año deben recibir días LVE de verano, previa solicitud rellenando
una solicitud correspondiente (una solicitud en el sistema de licitación de permisos), lo
cual producirá un periodo de días libres de al menos cinco días consecutivos en el lapso
del 1 de junio hasta el 30 de septiembre (periodo de las vacaciones de verano) usando
parte de su derecho. Cada empleado, después de completar con éxito su periodo de
prueba, tiene derecho a pujar por días LVE de verano para el siguiente periodo de
vacaciones, siempre y cuando su contrato no tenga una fecha de finalización confirmada
dentro de ese periodo. Para poder optar a los días LVE de verano, los pilotos pueden
presentar «múltiples solicitudes con fechas específicas», pero esto debe seguirse con
cve: BOE-A-2023-11285
Verificable en https://www.boe.es
i. Los días LVE son auto-reservables durante el período anual de licitación de LVE y
en la fase abierta, de conformidad con el protocolo de permisos disponible en el portal
online de la tripulación. Podrá haber excepciones en las bases de temporada donde
easyJet asignará cierta proporción del derecho de permiso de conformidad con el
protocolo de permisos.
ii. Los seis días libres especiales (SDO) anuales pueden tomarse en cualquier
momento y a discreción del piloto, usando el sistema de días libres garantizados (GDO)
(artículo 27.4) estando en un patrón de FRV. En el patrón fijo, los SDO son parte de los
días libres publicados, de conformidad con el apartado 1.b anterior.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66166
ii. Días libres especiales. De entre los días libres anuales a los que tienen derecho,
cualesquiera seis días libres se consideran días libres especiales (SDO).
c. La programación de turnos real mensual del piloto no distingue entre días libres
normales y días libres especiales. Dichos días libres, sin importar su naturaleza, no
atraerán pago.
2.
Vacaciones anuales.
a. Un piloto empleado en España a tiempo completo durante todo el año (no
estacional) tiene derecho a un mínimo de 31 días de vacaciones anuales, consistentes
en 25 días de trabajo por año de permiso (días LVE) y los seis días libres especiales
(SDO).
b. El derecho a días LVE anuales se prorratea al número entero más próximo para
todos los empleados de jornada parcial y cualquier piloto que se incorpora o sale dentro
del periodo de referencia.
c. El periodo de referencia o licitación para devengar y disfrutar las vacaciones
comienza el 1 de abril y finaliza el 31 de marzo del año siguiente.
d. Para las bases de temporada (estacionales), el periodo de referencia está
vinculado al periodo de actividad y la duración relacionada del contrato de empleo.
e. Pueden disfrutarse vacaciones anuales en cualquier momento durante el periodo
de referencia y atendiendo a las siguientes reglas:
f. Cada día LVE tomado activa un suplemento fijo de la paga de vacaciones,
descrito en el apéndice de pagos, a fin de mantener, durante el periodo anual de
vacaciones (días LVE y SDO), una equivalencia del pago variable mientras el trabajo.
g. Si un piloto suprime uno o más días LVE, easyJet no volverá a asignar esos días.
Será responsabilidad del piloto administrar su tiempo de permiso según la disponibilidad
dentro de la base y el rango o grupo profesional.
h. El no reservar todos los días LVE dentro de los periodos comunicados dará como
resultado la asignación del permiso por parte de easyJet según lo que más convenga a
la Compañía.
i. Si un piloto abandona la compañía por cualquier motivo, habiendo tomado más
días LVE que los que le correspondían por el tiempo trabajado durante el periodo de
referencia, la compañía podrá descontar de su última nómina los días disfrutados en
exceso.
j. Días LVE de verano. Todos los pilotos que trabajan en un contrato de tiempo
completo de todo el año deben recibir días LVE de verano, previa solicitud rellenando
una solicitud correspondiente (una solicitud en el sistema de licitación de permisos), lo
cual producirá un periodo de días libres de al menos cinco días consecutivos en el lapso
del 1 de junio hasta el 30 de septiembre (periodo de las vacaciones de verano) usando
parte de su derecho. Cada empleado, después de completar con éxito su periodo de
prueba, tiene derecho a pujar por días LVE de verano para el siguiente periodo de
vacaciones, siempre y cuando su contrato no tenga una fecha de finalización confirmada
dentro de ese periodo. Para poder optar a los días LVE de verano, los pilotos pueden
presentar «múltiples solicitudes con fechas específicas», pero esto debe seguirse con
cve: BOE-A-2023-11285
Verificable en https://www.boe.es
i. Los días LVE son auto-reservables durante el período anual de licitación de LVE y
en la fase abierta, de conformidad con el protocolo de permisos disponible en el portal
online de la tripulación. Podrá haber excepciones en las bases de temporada donde
easyJet asignará cierta proporción del derecho de permiso de conformidad con el
protocolo de permisos.
ii. Los seis días libres especiales (SDO) anuales pueden tomarse en cualquier
momento y a discreción del piloto, usando el sistema de días libres garantizados (GDO)
(artículo 27.4) estando en un patrón de FRV. En el patrón fijo, los SDO son parte de los
días libres publicados, de conformidad con el apartado 1.b anterior.