III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11322)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a SPV Figsel Trade, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Almansa 1 de 75,60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Almansa, en la provincia de Albacete, y en Font de la Figuera, Moixent, Vallada y Montesa (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66604
denominada «SET Montesa 132/400 kV» cercana a la subestación «SET Montesa 400
kV» de REE. Se remite la contestación del promotor a i-DE, que no remite nueva
contestación. Con respecto a lo anterior, esta Dirección General considera que las
manifestaciones realizadas por i-DE no son relativas a bienes y derechos afectados por
causa del proyecto, sino que hacen referencia a situaciones hipotéticas que no son
objeto del proyecto tramitado, ya que requerirían unos permisos de acceso y conexión
distintos y otras infraestructuras de evacuación que no son objeto del proyecto tramitado.
Preguntada la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la
Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; el
Ayuntamiento de Montesa; Red Eléctrica de España, SAU; a la Comunidad de Regantes
Zucaña; Enagás Transporte, SAU; la Dirección General de Industria, Energía y Minas de
la Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la
Generalitat Valenciana; la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad
Valenciana del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Diputación
Provincial de Valencia, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, a
la Dirección General de Economía Circular de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha; a Patrimonio Cultural de la Consejería de
Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a la
Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha; a la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha; a la Oficina Española de Cambio Climático; a la Sociedad
Albacetense de Ornitología; a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha; a
WWF/ADENA; SEO/Birdlife; Ecologistas en Acción - CODA (Confederación Nacional);
Ecologistas en Acción - ACMADEN (Asociación Castellano-Manchega de Defensa de
Patrimonio Natural); a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a
la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Sociedad Española para la Conservación
y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a la Plataforma Cívica Montesa Territori VIU; a
Accio Ecologista Agro; a Ecologistas en Acción de Albacete; a la Dirección General de
Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática
y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General del Medio
Natural y Evaluación Ambiental de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección
General de Política Territorial y Paisaje de la Consejería de Política Territorial, Obras
Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Cultura y
Patrimonio de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana
y a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Sanidad
Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana; a la Agencia Valenciana Seguridad
y Respuesta Emergencias (AVSRE); y al Instituto Geológico y Minero de España.
Del mismo modo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 3 de febrero de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado», el 7 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Albacete» y el 23 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia».
Se recibieron más de ochocientas alegaciones, oponiéndose al proyecto, las cuales han
sido contestadas por el promotor mediante el empleo de modelos de respuesta.
cve: BOE-A-2023-11322
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66604
denominada «SET Montesa 132/400 kV» cercana a la subestación «SET Montesa 400
kV» de REE. Se remite la contestación del promotor a i-DE, que no remite nueva
contestación. Con respecto a lo anterior, esta Dirección General considera que las
manifestaciones realizadas por i-DE no son relativas a bienes y derechos afectados por
causa del proyecto, sino que hacen referencia a situaciones hipotéticas que no son
objeto del proyecto tramitado, ya que requerirían unos permisos de acceso y conexión
distintos y otras infraestructuras de evacuación que no son objeto del proyecto tramitado.
Preguntada la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la
Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; el
Ayuntamiento de Montesa; Red Eléctrica de España, SAU; a la Comunidad de Regantes
Zucaña; Enagás Transporte, SAU; la Dirección General de Industria, Energía y Minas de
la Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la
Generalitat Valenciana; la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad
Valenciana del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Diputación
Provincial de Valencia, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, a
la Dirección General de Economía Circular de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha; a Patrimonio Cultural de la Consejería de
Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a la
Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha; a la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha; a la Oficina Española de Cambio Climático; a la Sociedad
Albacetense de Ornitología; a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha; a
WWF/ADENA; SEO/Birdlife; Ecologistas en Acción - CODA (Confederación Nacional);
Ecologistas en Acción - ACMADEN (Asociación Castellano-Manchega de Defensa de
Patrimonio Natural); a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; a
la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Sociedad Española para la Conservación
y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a la Plataforma Cívica Montesa Territori VIU; a
Accio Ecologista Agro; a Ecologistas en Acción de Albacete; a la Dirección General de
Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática
y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General del Medio
Natural y Evaluación Ambiental de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección
General de Política Territorial y Paisaje de la Consejería de Política Territorial, Obras
Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Cultura y
Patrimonio de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana
y a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Sanidad
Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana; a la Agencia Valenciana Seguridad
y Respuesta Emergencias (AVSRE); y al Instituto Geológico y Minero de España.
Del mismo modo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 3 de febrero de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado», el 7 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Albacete» y el 23 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia».
Se recibieron más de ochocientas alegaciones, oponiéndose al proyecto, las cuales han
sido contestadas por el promotor mediante el empleo de modelos de respuesta.
cve: BOE-A-2023-11322
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113