III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11321)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a SPG Gestora Yechar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Campos 115, de 99,87 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Campos del Río (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66598

el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor de
entre las dos siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que
configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la norma UNE
correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los
inversores que configuran dicha instalación.»
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con observaciones y documentación, que han sido analizadas y
parcialmente incorporadas en la resolución.
En particular, el promotor indica mediante escrito de 2 de marzo de 2023 que, en
razón de la evaluación de impacto ambiental practicada y de las alegaciones efectuadas
en el marco de la misma, el proyecto ve reducida su área de implantación de 137 ha
a 96,19 ha, lo que se traduce en una potencia en módulos fotovoltaicos de 112,225 MW y
una potencia instalada en inversores de 99,87 MW.
La autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve

Otorgar a SPG Gestora Yechar, S.L. autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica Campos 115 de 99,87 MW de potencia instalada, y sus
infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades
recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica se recogen en el
anteproyecto «Proyecto Básico Parque Solar Fotovoltaico Campos 115», fechado en julio
de 2020 y revisado en enero de 2021, si bien, fruto de la tramitación conforme al Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y de la evaluación de impacto ambiental
practicada, el promotor excluye determinadas zonas de la implantación de la instalación
fotovoltaica, contando la planta fotovoltaica Campos 115 con las siguientes
características:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
99,87 MW.

cve: BOE-A-2023-11321
Verificable en https://www.boe.es

Única.