III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11321)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a SPG Gestora Yechar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Campos 115, de 99,87 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Campos del Río (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66596

Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a
WWF/ADENA, a SEO/Birdlife, y a Ecologistas en Acción de la Región Murciana.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia emitió
informe en fecha 30 de junio de 2021, complementado posteriormente.
En virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el órgano sustantivo
debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto, la evaluación de
impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración
de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), concretada mediante Resolución de fecha 1 de
abril de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe
desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales («Boletín Oficial del Estado» núm. 86 del 11 de abril de 2022).
De acuerdo con lo establecido en la citada DIA serán de aplicación al proyecto las
condiciones generales establecidas en relación a que el promotor deberá cumplir todas
las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental
y demás documentación complementaria generada, en tanto no se opongan o resulten
contradictorias con las contenidas en ella, así como las condiciones y medidas
adicionales especificadas en ésta.
Entre la documentación complementaria generada en dicho trámite se encuentra la
aportada por SPG Gestora Yechar en fecha 21 de diciembre de 2021 con modificaciones
respecto de los límites de la planta. El emplazamiento de la planta pasa a ocupar 96,19
ha, dividida en tres recintos de 77,46 ha, 12,72 ha y 6,01 ha, modificación que queda
materializada en la citada DIA.
En cuanto a las condiciones específicas recogidas en el apartado «ii» de
«condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los
impactos más significativos» éstas deben ser incorporadas en un proyecto o adenda de
integración ambiental. La adenda de integración ambiental con el contenido y en los
términos indicados en la citada DIA se presentará para su aprobación al órgano
ambiental de la Región de Murcia. Asimismo, el proyecto de construcción incluirá un Plan
de Restauración Vegetal e Integración Paisajística con informe favorable del órgano
ambiental de la Región de Murcia en los términos de la DIA.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia
ambiental completado con las prescripciones de la DIA en su apartado iii).
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
Red Eléctrica de España, S.A.U. emitió, en fecha 31 de marzo de 2019, permiso de
acceso a la red de transporte. Asimismo, con fecha 20 de octubre de 2021, emitió el
Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y el Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC), relativos a la solicitud
para la conexión en una nueva posición en la futura subestación de Campos 400 kV de
la central solar fotovoltaica Campos 115, entre otras instalaciones de generación
renovable.
La infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará la instalación
fotovoltaica con la red de transporte, en la subestación Campos 400 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, S.A.U.

cve: BOE-A-2023-11321
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Núm. 113