I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-11187)
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 65811

En la actualidad el sector agrario en su conjunto atraviesa una situación complicada.
A los incrementos de costes sin precedentes, que han provocado pérdida de tejido
productivo y de empleo, tal y como se puede comprobar con el descenso de un 9,6% de
ocupados según la EPA del primer trimestre de 2023 se une la escasez de
precipitaciones durante un periodo de tiempo prolongado, que está provocando un déficit
de pastos para el que se ha precisado la adopción de medidas paliativas
complementarias al seguro agrario para compensar las rentas de los agricultores y
ganaderos afectados.
La falta de lluvia, junto con la caída de las reservas de agua para los regadíos, está
condicionando las siembras, mientras que en la actividad ganadera ha provocado una
menor disponibilidad de pastos y, por tanto, una mayor necesidad de suplementación en
la alimentación animal a precios muy elevados.
A esta coyuntura, ya grave, se suman los recientes acontecimientos derivados de la
guerra de Ucrania que han afectado a las importaciones de maíz, el trigo, la colza, el
aceite de girasol, las semillas de girasol a Polonia, Rumanía, Bulgaria, Eslovaquia y
Hungría, cuyo sector agrícola se ha visto muy afectado en los últimos meses por el
aumento de las importaciones agrícolas de Ucrania. Ucrania es uno de los principales
exportadores de estos productos y en un contexto de alta volatilidad e inestabilidad de
precios esta medida añade aún mayor incertidumbre a los mercados internacionales de
materias primas.
Más a largo plazo, las «Orientaciones Estratégicas sobre agua y cambio climático»,
aprobadas por el Consejo de Ministros el 19 de julio de 2022, de conformidad con lo
establecido en el artículo 19.2 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y
transición energética, parten de la premisa de que resulta indudable que durante los
próximos años la gestión del agua va a venir determinada por los impactos que el
cambio climático va a provocar sobre las precipitaciones y las temperaturas, e
indirectamente sobre el estado de los ecosistemas hídricos. Dichas orientaciones
estratégicas establecen líneas de acción e instrumentos de gestión del agua en este
escenario.
Los modelos climáticos pronostican que amplias zonas de nuestro país resultan
especialmente vulnerables al cambio climático, no sólo en relación con la reducción de
los recursos hídricos, sino también en relación con su variabilidad, que va a verse
incrementada, por lo que el escenario completo sería el de menos agua disponible, más
inundaciones y más sequías.
Ya en el informe del CEDEX del año 2017 de Evaluación del Cambio Climático en los
recursos hídricos y sequías en España se afirma que en la medida en que la
incertidumbre continúe existiendo, la Planificación Hidrológica no debería orientarse
tanto a determinar el porcentaje de reducción de recursos hídricos, -dada la imposibilidad
de eliminar la incertidumbre-, sino a analizar la robustez y resiliencia del sistema frente a
situaciones de estrés, para identificar dónde es más vulnerable y proponer medidas de
adaptación.
Los Planes Hidrológicos de cuenca, aprobados por el Real Decreto 35/2023, de 24
de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las
demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla,
Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del
Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, contemplan de manera
explícita el riesgo del cambio climático y la necesidad de que la gestión de los recursos
hídricos se adapte a este riesgo, con objeto de incrementar la seguridad hídrica y la
resiliencia de los sistemas.
Los Planes Especiales de Sequía, actualmente en revisión, y aprobados por la Orden
TEC/1399/2018, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la revisión de los planes
especiales de sequía correspondientes a las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico
Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar; a la parte española de las
demarcaciones hidrográficas del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro; y al ámbito de
competencias del Estado de la parte española de la demarcación hidrográfica del

cve: BOE-A-2023-11187
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Núm. 113