I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-11188)
Memorandum de Acuerdo entre el Ministerio de Defensa del Reino de España y el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América relativo al intercambio de estudiantes de educación militar profesional, hecho en Madrid y Arlington el 15 de septiembre y el 14 de octubre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 65882
8.13 En la medida en que sus respectivas leyes y regulaciones nacionales lo
permitan, y de conformidad con las disposiciones de cualquier acuerdo o convenio
internacional aplicable entre las Partes o sus gobiernos, las Partes se esforzarán por
garantizar que los aranceles, impuestos y cargos similares fácilmente identificables no se
impongan indebidamente a la Organización de Defensa de Estudiantes de Intercambio
de PME o del País de Origen. Las Partes cooperarán para proporcionar la
documentación adecuada al objeto de maximizar la desgravación fiscal y aduanera.
Artículo IX. Agentes ejecutivos y agentes gestores.
9.1 Además de los servicios militares de las Partes, cuya responsabilidad es
ejecutar e implementar Acuerdos de Servicio individuales bajo el presente MOA, las
Partes designan Agentes Ejecutivos (AEs) y Agentes Gestores (AGs) para supervisar el
Programa de Intercambio Recíproco EMP establecido por el presente MOA. Para el
Departamento de Defensa de los Estados Unidos, el AE para el presente MOA será la
Agencia de Cooperación de Seguridad de Defensa (DSCA). Para el Ministerio de
Defensa de España, el AE para el presente MOA será el Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM). Los AE se reunirán según sea necesario
y podrán hacerlo por vía electrónica, cuando proceda.
9.2 Los AEs serán responsables de:
9.2.1 Revisar periódicamente el presente MOA para garantizar la conformidad con
la ley y los reglamentos vigentes;
9.2.2 Recomendar modificaciones al presente MOA; y
9.2.3 Aprobar modificaciones al Anexo A (Modelo de Acuerdo de Ejército) del
presente MOA, de conformidad con el presente MOA.
9.3 Cada una de las Partes designará un Agente Gestor (AG) de conformidad con
los términos del presente MOA. Las Autoridades de Gestión (AGs) serán responsables
de mantener la reciprocidad en el Programa de Intercambio Recíproco EMP, sobre una
base anual, en la medida en que sea coherente con las necesidades de la Parte que
cada Agente Gestor (AG) represente en virtud del presente MOA. Los Agentes Gestores
(AGs) revisarán la actividad en el marco del presente MOA cada año fiscal de los
Estados Unidos.
Artículo X. Disciplina y retorno.
10.1 Salvo lo dispuesto en el presente MOA o en cualquier acuerdo o convenio
internacional aplicable entre las Partes o sus gobiernos –como el SOFA OTAN y el
Acuerdo de Cooperación para la Defensa–, ni la Organización de Defensa Anfitriona ni
las fuerzas armadas del Gobierno Anfitrión pueden tomar medidas disciplinarias contra
los Estudiantes de Intercambio EMP que cometan un delito en virtud de las leyes o
regulaciones militares del Gobierno Anfitrión o de la Organización de Defensa Anfitriona.
La Organización de Defensa del País de Origen, sin embargo, tomará las medidas contra
dichos Estudiantes de Intercambio EMP que puedan ser apropiadas dadas las
circunstancias, y las Partes cooperarán en la investigación de cualquier delito bajo las
leyes o regulaciones de cualquiera de las Partes o el gobierno de una Parte. Por lo que
respecta a los delitos que no estén contemplados en las leyes o reglamentos militares,
como las violaciones de las leyes civiles o penales del Gobierno anfitrión, la jurisdicción
se determinará de conformidad con los acuerdos internacionales entre las Partes o sus
gobiernos. En ausencia de un acuerdo internacional aplicable entre las Partes o sus
gobiernos, las Partes se consultarán mutuamente antes de ejercer su jurisdicción sobre
el Estudiante de Intercambio EMP.
10.2 Los Estudiantes de Intercambio EMP pueden ser expulsados de un
intercambio en cualquier momento por la Organización de Defensa Anfitriona por
cualquier motivo. A petición de la Organización de Defensa Anfitriona o del Gobierno
Anfitrión, el Gobierno Anfitrión organizará el pronto regreso de los Estudiantes de
cve: BOE-A-2023-11188
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 65882
8.13 En la medida en que sus respectivas leyes y regulaciones nacionales lo
permitan, y de conformidad con las disposiciones de cualquier acuerdo o convenio
internacional aplicable entre las Partes o sus gobiernos, las Partes se esforzarán por
garantizar que los aranceles, impuestos y cargos similares fácilmente identificables no se
impongan indebidamente a la Organización de Defensa de Estudiantes de Intercambio
de PME o del País de Origen. Las Partes cooperarán para proporcionar la
documentación adecuada al objeto de maximizar la desgravación fiscal y aduanera.
Artículo IX. Agentes ejecutivos y agentes gestores.
9.1 Además de los servicios militares de las Partes, cuya responsabilidad es
ejecutar e implementar Acuerdos de Servicio individuales bajo el presente MOA, las
Partes designan Agentes Ejecutivos (AEs) y Agentes Gestores (AGs) para supervisar el
Programa de Intercambio Recíproco EMP establecido por el presente MOA. Para el
Departamento de Defensa de los Estados Unidos, el AE para el presente MOA será la
Agencia de Cooperación de Seguridad de Defensa (DSCA). Para el Ministerio de
Defensa de España, el AE para el presente MOA será el Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM). Los AE se reunirán según sea necesario
y podrán hacerlo por vía electrónica, cuando proceda.
9.2 Los AEs serán responsables de:
9.2.1 Revisar periódicamente el presente MOA para garantizar la conformidad con
la ley y los reglamentos vigentes;
9.2.2 Recomendar modificaciones al presente MOA; y
9.2.3 Aprobar modificaciones al Anexo A (Modelo de Acuerdo de Ejército) del
presente MOA, de conformidad con el presente MOA.
9.3 Cada una de las Partes designará un Agente Gestor (AG) de conformidad con
los términos del presente MOA. Las Autoridades de Gestión (AGs) serán responsables
de mantener la reciprocidad en el Programa de Intercambio Recíproco EMP, sobre una
base anual, en la medida en que sea coherente con las necesidades de la Parte que
cada Agente Gestor (AG) represente en virtud del presente MOA. Los Agentes Gestores
(AGs) revisarán la actividad en el marco del presente MOA cada año fiscal de los
Estados Unidos.
Artículo X. Disciplina y retorno.
10.1 Salvo lo dispuesto en el presente MOA o en cualquier acuerdo o convenio
internacional aplicable entre las Partes o sus gobiernos –como el SOFA OTAN y el
Acuerdo de Cooperación para la Defensa–, ni la Organización de Defensa Anfitriona ni
las fuerzas armadas del Gobierno Anfitrión pueden tomar medidas disciplinarias contra
los Estudiantes de Intercambio EMP que cometan un delito en virtud de las leyes o
regulaciones militares del Gobierno Anfitrión o de la Organización de Defensa Anfitriona.
La Organización de Defensa del País de Origen, sin embargo, tomará las medidas contra
dichos Estudiantes de Intercambio EMP que puedan ser apropiadas dadas las
circunstancias, y las Partes cooperarán en la investigación de cualquier delito bajo las
leyes o regulaciones de cualquiera de las Partes o el gobierno de una Parte. Por lo que
respecta a los delitos que no estén contemplados en las leyes o reglamentos militares,
como las violaciones de las leyes civiles o penales del Gobierno anfitrión, la jurisdicción
se determinará de conformidad con los acuerdos internacionales entre las Partes o sus
gobiernos. En ausencia de un acuerdo internacional aplicable entre las Partes o sus
gobiernos, las Partes se consultarán mutuamente antes de ejercer su jurisdicción sobre
el Estudiante de Intercambio EMP.
10.2 Los Estudiantes de Intercambio EMP pueden ser expulsados de un
intercambio en cualquier momento por la Organización de Defensa Anfitriona por
cualquier motivo. A petición de la Organización de Defensa Anfitriona o del Gobierno
Anfitrión, el Gobierno Anfitrión organizará el pronto regreso de los Estudiantes de
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Núm. 113