I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-11188)
Memorandum de Acuerdo entre el Ministerio de Defensa del Reino de España y el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América relativo al intercambio de estudiantes de educación militar profesional, hecho en Madrid y Arlington el 15 de septiembre y el 14 de octubre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 65878

seguridad requerida. La Organización de Defensa Anfitriona comunicará dicho requisito a
la Organización de Defensa del País de Origen por escrito antes de la ejecución de
cualquier Acuerdo de Servicio bajo el presente MOA.
4.2 La participación en el presente Programa de Intercambio Recíproco EMP será
altamente selectiva entre el personal militar cualificado del Gobierno de Origen. La
Organización de Defensa del País de Origen será la única responsable de la selección
de sus Estudiantes de Intercambio EMP y se asegurará de que sus nominados como
Estudiantes de Intercambio EMP cumplan con los requisitos de la Institución EMP de la
Organización de Defensa Anfitriona para participar en un curso determinado.
4.3 La Organización de Defensa Anfitriona estará autorizada para rechazar o
terminar la asignación de Estudiantes de Intercambio EMP del Programa de Intercambio
Recíproco EMP que no cumplan con los criterios anteriores. La decisión con respecto a
dicha denegación o terminación quedará a la entera discreción de la Organización de
Defensa Anfitriona.
4.4 La certificación o aprobación por parte de la Organización de Defensa Anfitriona
de una persona como Estudiante de Intercambio EMP no le otorgará estatus diplomático
u otros privilegios especiales más allá de los que confiere el presente MOA. Sin
embargo, nada de lo dispuesto en el presente MOA disminuirá o alterará los términos de
cualquier SOFA aplicable u otros acuerdos o convenios internacionales aplicables entre
las Partes o sus gobiernos.
Artículo V. Disposiciones financieras.
5.1 Salvo que se disponga lo contrario en el presente MOA, no se cobrarán los
costes de matrícula del Programa de Intercambio Recíproco EMP.
5.2 Salvo que se disponga lo contrario en el presente MOA, la Organización de
Defensa del País de Origen o el Estudiante de Intercambio EMP, según corresponda,
será responsable, durante la participación del Estudiante de Intercambio EMP en el
Programa de Intercambio Recíproco EMP, de cualquier coste en el que se incurra,
incluidos los que se enumeran a continuación:
5.2.1 Toda la remuneración básica, salario y las asignaciones, incluyendo los
gastos de dietas cuando lo indique la Organización de Defensa del País de Origen, y
otros gastos de viaje y transporte, incluidos los viajes de ida y vuelta al país de la
Organización de Defensa Anfitriona de los Estudiantes de Intercambio EMP asignados y
sus dependientes autorizados, según corresponda;
5.2.2 Todos los gastos de manutención del Estudiante de Intercambio EMP y sus
dependientes. Dichos gastos incluyen, pero no están limitados a, los costes y gastos
asociados a la asignación en la Institución EMP de la Organización de Defensa
Anfitriona, tales como el alojamiento, alimentos y servicios médicos y dentales, salvo que
se disponga lo contrario en un acuerdo o convenio internacional aplicable entre las
Partes o sus gobiernos, como un SOFA o un Acuerdo de Asistencia Médica Recíproca;
5.2.3 Compensación por pérdida o daño a la propiedad personal de los Estudiantes
de Intercambio EMP y sus dependientes;
5.2.4 Todos los costes y gastos asociados con el traslado o almacenamiento de
efectos domésticos de los Estudiantes de Intercambio EMP y sus dependientes, según lo
autorizado por la Organización de Defensa del País de Origen;
5.2.5 Todos los costes y gastos asociados con la enseñanza lingüística de los
Estudiantes de Intercambio EMP, según lo solicite la Organización de Defensa del País
de Origen;
5.2.6 Todos los costes y gastos asociados con el pronto regreso a su País de
Origen de los Estudiantes de Intercambio EMP, incluidos sus dependientes, cuyas
asignaciones han finalizado o se han dado por terminadas;
5.2.7 Todos los costes y gastos asociados con la preparación y envío de restos y
gastos funerarios asociados con el fallecimiento de los Estudiantes de Intercambio EMP
o sus dependientes; y

cve: BOE-A-2023-11188
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Núm. 113