II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-11115)
Resolución de 28 de abril de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convoca y aprueban las bases para la provisión de plaza de personal laboral.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 65377
13. La Comisión de Selección, a efectos de comunicaciones y demás incidencias,
tendrán su sede en el Consorcio de la Ciudad de Toledo, plaza Santo Domingo el
Antiguo, n.º 4, 45002, Toledo, debiendo dirigirse a los mismos a través del Registro sito
en la misma dirección.
Sexta.
Desarrollo, puntuación del concurso de méritos y reclamaciones.
6.1 Desarrollo. Tras la publicación en la página web del Consorcio de la Ciudad de
Toledo de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, se
convocará la comisión de selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos
6.2 Baremación del concurso de méritos: El proceso constará de dos fases, según
se detalla a continuación, debiendo obtener una valoración igual o superior a la mitad de
la puntuación máxima en cada una de las fases para superar el proceso selectivo.
Fase 1. Esta fase, tendrá un valor máximo de 70 puntos.
a) Méritos profesionales: 50 puntos. Servicios prestados como funcionario de
carrera, funcionario interino o personal laboral temporal o indefinido en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder: 5 puntos por año o fracción
superior a seis meses, con un máximo de 50 puntos.
b) Méritos académicos: 20 puntos.
b.1) Por haber realizado, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de la
presente convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias
relacionadas con el puesto de trabajo al que se opta, convocados e impartidos por la
administración pública estatal, autonómica y local, universidades, servicios públicos de
empleo, colegios profesionales y organizaciones sindicales: Máximo: 10 puntos, con el
siguiente detalle en la suma de horas por la totalidad de cursos de formación:
–
–
–
–
De quince a treinta y nueve horas: 2 puntos.
De cuarenta a setenta y nueve horas: 5 puntos.
De ochenta a noventa y nueve horas: 7 puntos.
Cien horas o más: 10 puntos.
No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a quince horas, en el
caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
b.2) Poseer una titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
Máximo 10 puntos.
Fase 2. Tendrá una valoración máxima de 30 puntos. Consistirá en una entrevista
personal que versará sobre los méritos alegados por los candidatos en la fase 1 y se
dirigirá a valorar la adecuación del candidato al puesto.
La entrevista tendrá una duración máxima de veinte minutos por candidato.
1. Mayor puntuación en los cursos de formación y perfeccionamiento.
2. Antigüedad en la administración, computándose desde la fecha de toma de
posesión para el personal funcionario y la fecha del contrato para el personal laboral.
6.4 Acreditación de los méritos profesionales. La experiencia profesional se
acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano
cve: BOE-A-2023-11115
Verificable en https://www.boe.es
6.3 Criterios de desempate. En caso de empate en la puntuación de concurso de
méritos, los criterios de desempate son los siguientes y por este orden:
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 65377
13. La Comisión de Selección, a efectos de comunicaciones y demás incidencias,
tendrán su sede en el Consorcio de la Ciudad de Toledo, plaza Santo Domingo el
Antiguo, n.º 4, 45002, Toledo, debiendo dirigirse a los mismos a través del Registro sito
en la misma dirección.
Sexta.
Desarrollo, puntuación del concurso de méritos y reclamaciones.
6.1 Desarrollo. Tras la publicación en la página web del Consorcio de la Ciudad de
Toledo de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, se
convocará la comisión de selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos
6.2 Baremación del concurso de méritos: El proceso constará de dos fases, según
se detalla a continuación, debiendo obtener una valoración igual o superior a la mitad de
la puntuación máxima en cada una de las fases para superar el proceso selectivo.
Fase 1. Esta fase, tendrá un valor máximo de 70 puntos.
a) Méritos profesionales: 50 puntos. Servicios prestados como funcionario de
carrera, funcionario interino o personal laboral temporal o indefinido en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder: 5 puntos por año o fracción
superior a seis meses, con un máximo de 50 puntos.
b) Méritos académicos: 20 puntos.
b.1) Por haber realizado, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de la
presente convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias
relacionadas con el puesto de trabajo al que se opta, convocados e impartidos por la
administración pública estatal, autonómica y local, universidades, servicios públicos de
empleo, colegios profesionales y organizaciones sindicales: Máximo: 10 puntos, con el
siguiente detalle en la suma de horas por la totalidad de cursos de formación:
–
–
–
–
De quince a treinta y nueve horas: 2 puntos.
De cuarenta a setenta y nueve horas: 5 puntos.
De ochenta a noventa y nueve horas: 7 puntos.
Cien horas o más: 10 puntos.
No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a quince horas, en el
caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
b.2) Poseer una titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
Máximo 10 puntos.
Fase 2. Tendrá una valoración máxima de 30 puntos. Consistirá en una entrevista
personal que versará sobre los méritos alegados por los candidatos en la fase 1 y se
dirigirá a valorar la adecuación del candidato al puesto.
La entrevista tendrá una duración máxima de veinte minutos por candidato.
1. Mayor puntuación en los cursos de formación y perfeccionamiento.
2. Antigüedad en la administración, computándose desde la fecha de toma de
posesión para el personal funcionario y la fecha del contrato para el personal laboral.
6.4 Acreditación de los méritos profesionales. La experiencia profesional se
acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano
cve: BOE-A-2023-11115
Verificable en https://www.boe.es
6.3 Criterios de desempate. En caso de empate en la puntuación de concurso de
méritos, los criterios de desempate son los siguientes y por este orden: