II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-11115)
Resolución de 28 de abril de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convoca y aprueban las bases para la provisión de plaza de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 65378

competente de la administración donde se hubiesen efectuado, indicándose clasificación
profesional y funciones del puesto desempeñado.
6.5 Acreditación de los méritos académicos. Titulaciones académicas: Copia
auténtica del título expedido por el órgano competente que corresponda.
Cursos de formación: Copia auténtica de los diplomas o los certificados de los cursos
de formación expedidos por el órgano competente que corresponda, con mención
expresa al número de horas y a la administración/centro que lo ha impartido.
6.6 Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por la comisión de selección. Una
vez baremado los méritos correspondientes al concurso, la comisión de selección
publicará en la página web del Consorcio de la Ciudad de Toledo un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de
cinco días naturales a partir del día siguiente a la publicación en la página web del
Consorcio de la Ciudad de Toledo de las mismas.
6.7 Lista definitiva de personal seleccionado. Convocado, en su caso, la comisión
de selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste resolverá sobre las
alegaciones presentadas y la lista definitiva de persona seleccionada, con indicación de
la puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la
Ciudad de Toledo para su aprobación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de
prelación según aquella persona aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación, a la
que le será adjudicada la plaza.
No podrá declararse que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes al de la plaza ofertada y no cabe asignar, en ningún caso, la calificación de
aprobado sin plaza.
Se configurará una lista de reserva con el resto de aspirantes a los efectos de
cobertura de renuncias, suplencias o no superación del periodo de prueba establecido.
Séptima. Presentación de documentos.
En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados, el aspirante propuesto deberá
presentar la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la
demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los
requisitos de edad y nacionalidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para el desempeño de las
funciones públicas conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
El aspirante que posea nacionalidad distinta de la española deberá presentar,
además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso
al empleo público.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de acreditar el cumplimiento de los
requisitos exigidos en la convocatoria de acuerdo con lo previsto en los apartados
anteriores, podrá efectuarse dicha acreditación a través de cualquier medio de prueba
admitido en derecho.
Quien, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditase el
cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo, o del examen de la

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