III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11168)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Eólico Virtus 1, de 50,10 MW, en Espinosa de los Monteros y Merindad de Sotoscueva (Burgos) y parque eólico Virtus 2, de 50,10 MW, en Merindad de Sotoscueva y Merindad de Valdeporres".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65647

– Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion
robori-petraeae o Ilici-Fagenion) (9120).
– Mires de transición (7140).
– Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica (8220).
– Prados alpinos y subalpinos calcáreos (6170).
– Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica (9230).
– Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albiVeronicion dillenii (8230).
– Turberas altas activas (7110*).
– Turberas de cobertor (7130*).
Señala la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de
Castilla y León, en su informe de marzo de 2023, que la construcción de estos parques
eólicos afecta de manera significativa a los HIC presentes en el ámbito del proyecto o en
su entorno inmediato, especialmente a los de carácter higroturboso (4020*, 7110*, 7130*,
7140 y 7150), prioritarios (6230* y 91E0*) o de mayor interés (6170, 8130, 8220, 8230).
De acuerdo con lo señalado por esa Dirección General, la totalidad del proyecto
presenta coincidencia territorial con Montes de Utilidad Pública (MUP), lo que conlleva,
una afección a masas forestales arboladas y desarboladas a consecuencia de la
apertura y adecuación de viales, de las plataformas de montaje, de las subestaciones de
transformación, etc. Destaca el impacto de la línea eléctrica aérea de evacuación que
merma el valor natural de las masas boscosas que atraviesa por la afección de los
apoyos, caminos de accesos, y la necesidad de mantener una servidumbre libre de
vegetación arbórea a lo largo de toda la línea eléctrica de 30 kV y la de 132 kV. El
informe de marzo de 2023 emitido por el organismo de Castilla y León, relaciona los
MUP que se ven afectados por el proyecto:












353 Cigüe. T.M.: Valle de Valdebezana.
356 Enderico. T.M.: Valle de Valdebezana.
379 El Alar. T.M.: Espinosa de los Monteros.
384 Hoyo y Bustralama. T.M.: Espinosa de los Monteros.
385 El Pico y El Costal. T.M.: Espinosa de los Monteros.
478 La Cueva. T.M.: Merindad de Sotoscueva.
486 Montemayor. T.M.: Merindad de Sotoscueva.
493 Valmayor. T.M.: Merindad de Sotoscueva.
499 La Engaña. T.M.: Merindad de Valdeporres.
505 Río Nela. T.M.: Merindad de Valdeporres.
618 Corcos. T.M.: Valle de Valdebezana.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León considera que la presencia de estos parques eólicos y sus infraestructuras de
evacuación, condicionan negativamente su gestión y menoscaban la funcionalidad
ecosistémica de los montes de utilidad pública concurrentes. Asimismo, indica que el
proyecto se considera incompatible con la utilidad pública de estos MUP, al entender que
tiene efectos negativos sobre los valores objeto de protección que ampara.
Fauna.

Los EsIA se acompañan de tres anexos independientes, comunes para ambos PE y
para las infraestructuras de evacuación, que muestran los resultados de la revisión
bibliográfica y los seguimientos realizados a diferentes grupos faunísticos: avifauna,
quirópteros, herpetofauna y otra fauna.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León informa que en el ámbito de este proyecto se localizan numerosas especies de
interés, entre las que destacan las aves planeadoras y rapaces, así como los
quirópteros, por su mayor grado de protección y posibilidad de verse afectadas por este
proyecto.

cve: BOE-A-2023-11168
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3.2.2