III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11167)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Regeneración del frente marítimo y de la playa a poniente de los Baños del Carmen, en Málaga (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65633
la playa, pudiendo hacerse uso del resto de la sección, estando muy localizados en el
espacio y tiempo. En el EsIA también se incluye un plan de transporte de los materiales
evitando en la medida de lo posible la afección a la población de Málaga, y la promoción
de la mano de obra local o regional, así como el resto de las medidas aplicables a los
factores calidad del aire y calidad del agua.
Durante la fase de funcionamiento, la obra supone una solución a medio y largo
plazo y reducirá, en los tiempos considerados, los efectos sobre el medio ambiente que
derivarían de obras continuadas de vertido de material, a la vez que evitará el consumo
de recursos. Además, el aumento de la superficie de playa es positivo tanto para los
habitantes de la zona como para el sector del turismo y los servicios, que se verán
repercutidos indirectamente por el uso de la playa.
La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de
Andalucía, informa que el EsIA incluye las posibles afecciones sobre la salud de la
población y las medidas de prevención correspondientes, si bien existe la posibilidad de
que se incrementen las concentraciones de determinadas sustancias que determinen la
calidad de las aguas de baño, como parámetros de contaminación microbiológica
derivada de la existencia de posibles vertidos, y que por el proyecto propuesto, dificulte
su adecuada dilución.
En respuesta, el promotor aclara que no se prevé que esto pueda suceder por varios
motivos. Por un lado, el espigón proyectado es tipo Ahrens, sin núcleo de todo uno, sin
filtros ni mantos, por lo que se garantiza que tendrá una adecuada permeabilidad y,
además, tendrá una baja cota de coronación siendo claramente «rebasable». Por otro
lado, tanto el material rocoso utilizado para la construcción del espigón como el árido que
se empleará para la regeneración de la playa, tendrán origen natural, serán inertes y
estarán seleccionados de manera que se garantice que no habrá ningún tipo de
contaminación. Además, tanto la ejecución de la obra como el funcionamiento de la
instalación contarán con una adecuada gestión de los trabajos, maquinaria y residuos,
por lo que no se producirán vertidos al mar ni a la playa.
Otros aspectos.
Constan otros informes como el de la Autoridad Portuaria de Málaga, que recuerda
que según la legislación vigente y puesto que las obras plantean la ejecución de un
espigón, que puede suponer un obstáculo para la navegación, deberá contar con el
balizamiento marítimo oportuno. Una vez aprobada la propuesta de balizamiento por
Puertos del Estado, el proyecto de ejecución de balizamiento deberá remitirse a esa
Autoridad Portuaria a fin de evacuar el correspondiente informe vinculante. El promotor
alega que no se incluye propuesta de balizamiento porque ese nivel de detalle no es
necesario en esta fase del proyecto, pero se tramitará dicha propuesta antes de la
ejecución de las obras.
Varias asociaciones o entidades (Aula del Mar, Ecologistas en Acción Ciudad de
Málaga, Adelante Málaga y dos asociaciones de vecinos) y diez particulares alegan que
no existe justificación para la actuación al no haber la demanda social de esta pequeña
playa que ya existe en la actualidad, aunque sea de dimensiones más reducidas que la
proyectada, pues existen playas contiguas para satisfacer esta necesidad. Aula del Mar
añade que no se aporta estudio que justifique la demanda de más metros de playa, que
sólo incrementará la presión sobre la zona, y que actualmente se trata de una playa
singular que genera hábitats que albergan una biodiversidad marina, debiendo centrarse
la restauración en el espacio terrestre que se encuentra en un estado de dejadez y
deterioro considerable.
El promotor contesta que, históricamente, en esta zona ha existido un frente de playa
suficientemente amplio y extenso, que se ha ido degradando debido a las diversas
presiones ejercidas en las inmediaciones. Para justificar la necesidad de actuación, el
Ayuntamiento de Málaga también se ha manifestado al respecto indicando la
conveniencia para el municipio de recuperar una antigua playa muy solicitada, y a tal
efecto se ha planteado este proyecto medioambientalmente sostenible y que preserva
cve: BOE-A-2023-11167
Verificable en https://www.boe.es
b.12
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65633
la playa, pudiendo hacerse uso del resto de la sección, estando muy localizados en el
espacio y tiempo. En el EsIA también se incluye un plan de transporte de los materiales
evitando en la medida de lo posible la afección a la población de Málaga, y la promoción
de la mano de obra local o regional, así como el resto de las medidas aplicables a los
factores calidad del aire y calidad del agua.
Durante la fase de funcionamiento, la obra supone una solución a medio y largo
plazo y reducirá, en los tiempos considerados, los efectos sobre el medio ambiente que
derivarían de obras continuadas de vertido de material, a la vez que evitará el consumo
de recursos. Además, el aumento de la superficie de playa es positivo tanto para los
habitantes de la zona como para el sector del turismo y los servicios, que se verán
repercutidos indirectamente por el uso de la playa.
La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de
Andalucía, informa que el EsIA incluye las posibles afecciones sobre la salud de la
población y las medidas de prevención correspondientes, si bien existe la posibilidad de
que se incrementen las concentraciones de determinadas sustancias que determinen la
calidad de las aguas de baño, como parámetros de contaminación microbiológica
derivada de la existencia de posibles vertidos, y que por el proyecto propuesto, dificulte
su adecuada dilución.
En respuesta, el promotor aclara que no se prevé que esto pueda suceder por varios
motivos. Por un lado, el espigón proyectado es tipo Ahrens, sin núcleo de todo uno, sin
filtros ni mantos, por lo que se garantiza que tendrá una adecuada permeabilidad y,
además, tendrá una baja cota de coronación siendo claramente «rebasable». Por otro
lado, tanto el material rocoso utilizado para la construcción del espigón como el árido que
se empleará para la regeneración de la playa, tendrán origen natural, serán inertes y
estarán seleccionados de manera que se garantice que no habrá ningún tipo de
contaminación. Además, tanto la ejecución de la obra como el funcionamiento de la
instalación contarán con una adecuada gestión de los trabajos, maquinaria y residuos,
por lo que no se producirán vertidos al mar ni a la playa.
Otros aspectos.
Constan otros informes como el de la Autoridad Portuaria de Málaga, que recuerda
que según la legislación vigente y puesto que las obras plantean la ejecución de un
espigón, que puede suponer un obstáculo para la navegación, deberá contar con el
balizamiento marítimo oportuno. Una vez aprobada la propuesta de balizamiento por
Puertos del Estado, el proyecto de ejecución de balizamiento deberá remitirse a esa
Autoridad Portuaria a fin de evacuar el correspondiente informe vinculante. El promotor
alega que no se incluye propuesta de balizamiento porque ese nivel de detalle no es
necesario en esta fase del proyecto, pero se tramitará dicha propuesta antes de la
ejecución de las obras.
Varias asociaciones o entidades (Aula del Mar, Ecologistas en Acción Ciudad de
Málaga, Adelante Málaga y dos asociaciones de vecinos) y diez particulares alegan que
no existe justificación para la actuación al no haber la demanda social de esta pequeña
playa que ya existe en la actualidad, aunque sea de dimensiones más reducidas que la
proyectada, pues existen playas contiguas para satisfacer esta necesidad. Aula del Mar
añade que no se aporta estudio que justifique la demanda de más metros de playa, que
sólo incrementará la presión sobre la zona, y que actualmente se trata de una playa
singular que genera hábitats que albergan una biodiversidad marina, debiendo centrarse
la restauración en el espacio terrestre que se encuentra en un estado de dejadez y
deterioro considerable.
El promotor contesta que, históricamente, en esta zona ha existido un frente de playa
suficientemente amplio y extenso, que se ha ido degradando debido a las diversas
presiones ejercidas en las inmediaciones. Para justificar la necesidad de actuación, el
Ayuntamiento de Málaga también se ha manifestado al respecto indicando la
conveniencia para el municipio de recuperar una antigua playa muy solicitada, y a tal
efecto se ha planteado este proyecto medioambientalmente sostenible y que preserva
cve: BOE-A-2023-11167
Verificable en https://www.boe.es
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