III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11167)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Regeneración del frente marítimo y de la playa a poniente de los Baños del Carmen, en Málaga (Málaga)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65631
configuran no se disponen de forma arbitraria en el territorio, sino con una intención de
máximo aprovechamiento y uso. El elemento dominante en este paisaje son las
edificaciones, en un horizonte plano y poco cambiante, por lo que la fragilidad de este
escenario ante nuevas actuaciones es baja, teniendo en cuenta además que los
potenciales observadores están habituados a este entorno ya transformado.
Los impactos generados durante la construcción serán los derivados de las acciones
de ubicación de las instalaciones de obra y las labores de construcción y demolición del
acceso a la misma, las cuales tendrán un efecto negativo sobre la accesibilidad y
percepción paisajística de la zona, aunque serán de carácter temporal. Como medida se
propone la ocultación de las instalaciones auxiliares de obra más visibles.
En la fase de explotación, el espigón se incorporará al paisaje habitual de la zona y
se ampliará la playa existente. Aunque supone un incremento de artificialidad del
entorno, no se considera relevante ya que se trata de la construcción de una obra ya
presente en el escenario de forma continuada, por lo que la presencia de espigones está
asumida por los habitantes y usuarios de la zona. Sí se producirá una recuperación del
perfil de playa, de manera que al aumentar la extensión se considera que tendrá efectos
positivos.
b.9
Patrimonio cultural.
La zona de estudio no está dentro de una Zona de Servidumbre Arqueológica,
quedando la más cercana, la denominada «Ensenada de Málaga», a unos 500 m al este
de la zona de actuación.
Teniendo en cuenta los resultados del estudio «Levantamiento topográfico y
batimétrico, caracterización de sedimentos y prospección arqueológica del entorno del
balneario de los Baños del Carmen (Málaga)», en el que se realizó una prospección
geofísica orientada a la arqueología mediante sónar de barrido lateral, magnetómetro y
sísmica de reflexión, se concluye que hay 3 anomalías identificadas con la sísmica de
reflexión, coincidentes con la zona de mayores anomalías magnéticas, frente a la playa,
a poniente del balneario de los baños del Carmen, fuera de la zona en la que se va a
verter arena o se va a construir el espigón. En esa zona es muy probable que haya una
distribución de trozos de material ferromagnético enterrados en cotas de entre 6 y 8 m de
profundidad (entre 3 y 5 metros bajo el lecho). Se cree que puede tratarse de restos de
la actividad portuaria industrial o como vertidos de los restos de las obras de ferrocarril y
tranvía que entonces circundaba el frente litoral. En cualquier caso, no se considera
significativa y se realizará una prospección arqueológica previa al comienzo de las obras,
estableciéndose las medidas oportunas en caso necesario.
El Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial en Málaga, de la
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía informa que,
efectivamente no hay localizaciones de interés arqueológico siempre y cuando se
respeten las referencias cartográficas y en caso de modificarse o ampliarse, deberá
comunicarse a ese organismo para tomar las medidas cautelares oportunas. Igualmente,
en caso de que se produjese algún tipo de hallazgo arqueológico casual durante el
transcurso de las actuaciones es de obligada comunicación a este organismo. El
promotor asume dichas condiciones.
Actividad pesquera y marisquera.
La zona de actuación se encuentra dentro de la zona de producción AND 308
«Málaga-Río Vélez». Los caladeros más cercanos son empleados por algunas
embarcaciones de rastro, donde se pueden capturar los siguientes moluscos bivalvos:
Chamalea gallina (chirla), Donax trunculus (coquina) y Callista chione (concha fina).
Pudiendo capturarse las tres a menos de 5 m de profundidad y, por tanto, en la zona de
actuación.
Cercanos a la zona de actuación se localizan una empresa acuícola dedicada al
cultivo de peces en jaula, y un arrecife artificial de protección, denominado «entre El
cve: BOE-A-2023-11167
Verificable en https://www.boe.es
b.10
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65631
configuran no se disponen de forma arbitraria en el territorio, sino con una intención de
máximo aprovechamiento y uso. El elemento dominante en este paisaje son las
edificaciones, en un horizonte plano y poco cambiante, por lo que la fragilidad de este
escenario ante nuevas actuaciones es baja, teniendo en cuenta además que los
potenciales observadores están habituados a este entorno ya transformado.
Los impactos generados durante la construcción serán los derivados de las acciones
de ubicación de las instalaciones de obra y las labores de construcción y demolición del
acceso a la misma, las cuales tendrán un efecto negativo sobre la accesibilidad y
percepción paisajística de la zona, aunque serán de carácter temporal. Como medida se
propone la ocultación de las instalaciones auxiliares de obra más visibles.
En la fase de explotación, el espigón se incorporará al paisaje habitual de la zona y
se ampliará la playa existente. Aunque supone un incremento de artificialidad del
entorno, no se considera relevante ya que se trata de la construcción de una obra ya
presente en el escenario de forma continuada, por lo que la presencia de espigones está
asumida por los habitantes y usuarios de la zona. Sí se producirá una recuperación del
perfil de playa, de manera que al aumentar la extensión se considera que tendrá efectos
positivos.
b.9
Patrimonio cultural.
La zona de estudio no está dentro de una Zona de Servidumbre Arqueológica,
quedando la más cercana, la denominada «Ensenada de Málaga», a unos 500 m al este
de la zona de actuación.
Teniendo en cuenta los resultados del estudio «Levantamiento topográfico y
batimétrico, caracterización de sedimentos y prospección arqueológica del entorno del
balneario de los Baños del Carmen (Málaga)», en el que se realizó una prospección
geofísica orientada a la arqueología mediante sónar de barrido lateral, magnetómetro y
sísmica de reflexión, se concluye que hay 3 anomalías identificadas con la sísmica de
reflexión, coincidentes con la zona de mayores anomalías magnéticas, frente a la playa,
a poniente del balneario de los baños del Carmen, fuera de la zona en la que se va a
verter arena o se va a construir el espigón. En esa zona es muy probable que haya una
distribución de trozos de material ferromagnético enterrados en cotas de entre 6 y 8 m de
profundidad (entre 3 y 5 metros bajo el lecho). Se cree que puede tratarse de restos de
la actividad portuaria industrial o como vertidos de los restos de las obras de ferrocarril y
tranvía que entonces circundaba el frente litoral. En cualquier caso, no se considera
significativa y se realizará una prospección arqueológica previa al comienzo de las obras,
estableciéndose las medidas oportunas en caso necesario.
El Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial en Málaga, de la
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía informa que,
efectivamente no hay localizaciones de interés arqueológico siempre y cuando se
respeten las referencias cartográficas y en caso de modificarse o ampliarse, deberá
comunicarse a ese organismo para tomar las medidas cautelares oportunas. Igualmente,
en caso de que se produjese algún tipo de hallazgo arqueológico casual durante el
transcurso de las actuaciones es de obligada comunicación a este organismo. El
promotor asume dichas condiciones.
Actividad pesquera y marisquera.
La zona de actuación se encuentra dentro de la zona de producción AND 308
«Málaga-Río Vélez». Los caladeros más cercanos son empleados por algunas
embarcaciones de rastro, donde se pueden capturar los siguientes moluscos bivalvos:
Chamalea gallina (chirla), Donax trunculus (coquina) y Callista chione (concha fina).
Pudiendo capturarse las tres a menos de 5 m de profundidad y, por tanto, en la zona de
actuación.
Cercanos a la zona de actuación se localizan una empresa acuícola dedicada al
cultivo de peces en jaula, y un arrecife artificial de protección, denominado «entre El
cve: BOE-A-2023-11167
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b.10