III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11167)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Regeneración del frente marítimo y de la playa a poniente de los Baños del Carmen, en Málaga (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65627

que la turbidez no pueda alcanzar las zonas sensibles y especialmente las áreas con
individuos de P. ferruginea.
– Seguimiento de la ocupación directa de fondos y especies por las infraestructuras
proyectadas.
– Evolución de las especies con especial interés de conservación a poniente y
levante de las obras, durante las obras y posteriormente, a lo largo de dos años, en
particular de la Patella ferruginea, Cymbula nigra y Cystoseira tamariscifolia. Se remitirá
a esta unidad informe anual del seguimiento de estas poblaciones.
– Seguimiento de la colonización de la escollera del espigón por organismos
marinos, transcurridos seis meses y un año desde la ejecución de la actuación y, a partir
de entonces, con periodicidad anual durante cinco años.
– Establecimiento de un protocolo con el fin de informar a esta unidad de aquellas
incidencias que se registren durante la fase de ejecución del proyecto.
Informa que se ha identificado la presencia de la especie exótica invasora
Asparagopsis taxiformis, incluida en el Catálogo Español de Especies Exóticas
Invasoras. Según establece el estudio de las comunidades bentónicas, es posible
localizarla en la zona más profunda de la comunidad de las algas fotófilas infralitorales
en modo batido (AFIB). La especie presenta ciclos de vida cortos, con altas tasas de
fecundidad, de crecimiento y capacidad de dispersión. Entre sus impactos potenciales se
encuentran la formación de rodales monoespecíficos; crecimiento sobre comunidades de
Cystoseira tamariscifolia, así como el desplazamiento de especies nativas. Se deberá
analizar si las acciones del proyecto pueden suponer un aumento del riesgo de
propagación de Asparagopsis taxiformis, y en su caso, medidas correctoras oportunas
para limitar al máximo su propagación.
Incluye en el informe otra serie de buenas prácticas y medidas, orientadas a evitar
cualquier tipo de vertido o contaminación de las aguas.
En relación con la afección sobre las especies protegidas, el promotor indica que
para determinar si el riesgo es importante para estas especies se han de realizar una
serie de estimaciones respecto al porcentaje de individuos o cobertura afectada
directamente por la actuación respecto al total presente en la zona de estudio. Así,
acerca de Cymbula nigra, se prevé la afección sobre 9 ejemplares, lo que supondría
un 0,7 % de los ejemplares totales de la población local. Para la especie Cystoseira
tamariscifolia se han llevado a cabo los mismos cálculos, obteniéndose que se afectará a
un 0,3 % de la población en la zona. Ambos porcentajes son inferiores al 1 % (criterio
extraído de la «Guía metodológica de evaluación de impacto ambiental en Red
Natura 2000», del MITECO), por lo que no puede considerarse que el proyecto
represente un riesgo importante para las especies.
Respecto a la Patella ferruginea, se toman como referencia los resultados de un
estudio realizado para la Autoridad Portuaria de Melilla (las obras de pequeña
envergadura y corta duración (<1 mes), e incluso las obras de mayor envergadura, con
los periodos de carga y descarga habituales (2-3 h), no han afectado a las poblaciones
de P. ferruginea contiguas si la turbidez no supera los 20 n.t.u. en un máximo de 3
semanas), para concluir que no presenta incidencias indirectas de relevancia sobre los 6
ejemplares censados en las inmediaciones, dado que la actuación se considera una obra
de pequeña envergadura, situada a escasa profundidad, donde los tiempos de
resedimentación de finos no superan los 60 minutos y en el que se plantea el uso de
cortinas antiturbidez.
En cuanto al HIC 1170, no está presente en la zona de afección directa al tratarse de
sustrato rocoso artificial, por tanto, al no haber afección permanente sobre dicho HIC,
según la guía de EIA en Red Natura 2000, el impacto se considera no apreciable.
En contestación sobre la propuesta de establecer medidas compensatorias establece
que la propia construcción del espigón ya es una medida compensatoria y lo argumenta
ampliamente para concluir que se espera la recolonización de dicha escollera
semisumergida por aproximadamente 320 individuos de Cymbula nigra, mientras que el
tramo sumergido a la cota -2 es una zona propicia para Cystoseira tamariscifolia, que si

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