III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11177)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Volateo Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "PFV Volateo Solar", de 139,04 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Antequera, Campillos, Valle de Abdalajís y Álora (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65741
autorización definitiva, pues ha sido reconocida como capital del vuelo en toda Europa
durante décadas. Por todo ello, consideran que las infraestructuras proyectadas son un
perjuicio para el municipio, y consideran que se está hipotecando al valle, al estar
ubicado entre dos comarcas naturales (Antequera y Guadalhorce), rodeado de espacios
protegidos, de entornos naturales únicos como la Sierra del Torcal o el Caminito del Rey,
de una sierra integrada en la única reserva de la biosfera intercontinental del mundo y un
largo etcétera por lo que el desarrollo turístico, de interior y rural se ve muy seriamente
amenazado. Finalmente, mencionan el impacto visual y paisajístico, afecciones a la
avifauna, habitantes y a bienes de interés cultural, adjuntando asimismo un informe
técnico de los servicios municipales. El promotor, por su parte, muestra su
disconformidad con las alegaciones del ayuntamiento en su respuesta. Debido a la total
extemporaneidad de las alegaciones y que se tratan de consideraciones de carácter
ambiental y no sustantivo, no se remitió la respuesta del promotor al Ayuntamiento de
Valle de Abdalajís.
No se recibió contestación del Ayuntamiento de Campillos en el primer informe de la
Dependencia del Área de Industria y Energía de Granada y Málaga de la Subdelegación
del Gobierno en Granada. El informe complementario de dicha Dependencia, sí recoge
respuesta del Ayuntamiento de Campillos en la que pone de manifiesto su
disconformidad con el proyecto, argumentando errores, defectos e incumplimientos de
plazos en el procedimiento que invalidan el expediente. No ha habido respuesta del
promotor por la extemporaneidad de la respuesta del Ayuntamiento.
Preguntados el Ayuntamiento de Antequera, el Ayuntamiento de Álora, la Dirección
General de Infraestructuras, Endesa Distribución Eléctrica, Cantera Acedo Hermanos SL
y Ecologistas en Acción, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de febrero de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 18 de febrero de 2021 en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Málaga». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Una afectada alegó que es propietaria de un Coto Privado de Caza Mayor con
matrícula MA-10648. Señala que el promotor desconocía la existencia de la Laguna del
Chaparro en las inmediaciones. El afectado, se opone totalmente al proyecto, pues
considera que los daños infringidos a su propiedad podrían ser irreparables afectando a
su modo de vida que se basa en la celebración de cacerías en la finca. El promotor
contestó a dicha alegación, considera que la afectación se considera compatible por su
baja intensidad, persistencia temporal y recuperabilidad inmediata, y que tiene intención
de llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad
y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Calidad Ambiental y
Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Patrimonio Histórico y
Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía,
a la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos (Cuencas Mediterráneas
Andaluzas) y a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería
de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Granada y Málaga de la
Subdelegación del Gobierno en Granada emitió informe en fecha 3 de noviembre
de 2021, e informe complementario en fecha 29 de noviembre de 2022.
cve: BOE-A-2023-11177
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
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autorización definitiva, pues ha sido reconocida como capital del vuelo en toda Europa
durante décadas. Por todo ello, consideran que las infraestructuras proyectadas son un
perjuicio para el municipio, y consideran que se está hipotecando al valle, al estar
ubicado entre dos comarcas naturales (Antequera y Guadalhorce), rodeado de espacios
protegidos, de entornos naturales únicos como la Sierra del Torcal o el Caminito del Rey,
de una sierra integrada en la única reserva de la biosfera intercontinental del mundo y un
largo etcétera por lo que el desarrollo turístico, de interior y rural se ve muy seriamente
amenazado. Finalmente, mencionan el impacto visual y paisajístico, afecciones a la
avifauna, habitantes y a bienes de interés cultural, adjuntando asimismo un informe
técnico de los servicios municipales. El promotor, por su parte, muestra su
disconformidad con las alegaciones del ayuntamiento en su respuesta. Debido a la total
extemporaneidad de las alegaciones y que se tratan de consideraciones de carácter
ambiental y no sustantivo, no se remitió la respuesta del promotor al Ayuntamiento de
Valle de Abdalajís.
No se recibió contestación del Ayuntamiento de Campillos en el primer informe de la
Dependencia del Área de Industria y Energía de Granada y Málaga de la Subdelegación
del Gobierno en Granada. El informe complementario de dicha Dependencia, sí recoge
respuesta del Ayuntamiento de Campillos en la que pone de manifiesto su
disconformidad con el proyecto, argumentando errores, defectos e incumplimientos de
plazos en el procedimiento que invalidan el expediente. No ha habido respuesta del
promotor por la extemporaneidad de la respuesta del Ayuntamiento.
Preguntados el Ayuntamiento de Antequera, el Ayuntamiento de Álora, la Dirección
General de Infraestructuras, Endesa Distribución Eléctrica, Cantera Acedo Hermanos SL
y Ecologistas en Acción, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de febrero de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 18 de febrero de 2021 en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Málaga». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Una afectada alegó que es propietaria de un Coto Privado de Caza Mayor con
matrícula MA-10648. Señala que el promotor desconocía la existencia de la Laguna del
Chaparro en las inmediaciones. El afectado, se opone totalmente al proyecto, pues
considera que los daños infringidos a su propiedad podrían ser irreparables afectando a
su modo de vida que se basa en la celebración de cacerías en la finca. El promotor
contestó a dicha alegación, considera que la afectación se considera compatible por su
baja intensidad, persistencia temporal y recuperabilidad inmediata, y que tiene intención
de llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad
y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Calidad Ambiental y
Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Patrimonio Histórico y
Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía,
a la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos (Cuencas Mediterráneas
Andaluzas) y a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería
de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Granada y Málaga de la
Subdelegación del Gobierno en Granada emitió informe en fecha 3 de noviembre
de 2021, e informe complementario en fecha 29 de noviembre de 2022.
cve: BOE-A-2023-11177
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112