III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11166)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares Fotovoltaicos "Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II" de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en San Juan del Puerto, Trigueros, Palos de la Frontera y Moguer (Huelva)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65610

4. Se procederá al mantenimiento de las distancias de seguridad y las
especificaciones establecidas con las infraestructuras existentes, y a la reposición de
todos los bienes y servicios afectados por las obras. Asimismo, se asegurará el nivel
actual de permeabilidad transversal y longitudinal de los terrenos afectados, teniendo en
cuenta las necesidades de paso legalmente establecidas.
4.2.8

Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

1. Se cumplirán todas aquellas medidas de protección que la Delegación Territorial
de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva considere necesarias para la correcta
protección y conservación del patrimonio arqueológico, pudiendo quedar el proyecto de
referencia, en su caso, condicionado al desarrollo y resultados de las intervenciones
arqueológicas previstas por dicha Delegación Territorial. Asimismo, se cumplirán las
siguientes medidas cautelares de protección del patrimonio cultural previstas por la
citada Delegación Territorial, tales como:
– Se realizará un control arqueológico de todos los movimientos de tierra, por parte
de arqueólogo autorizado, en las parcelas donde se ubicarán las infraestructuras
proyectadas, quedando incluidas las zonas aledañas al arroyo del Candón, a la Llanura
Aluvial del arroyo Bajohondillo y a los yacimientos arqueológicos El Monturrio, Cabezo
de la Mina, El Mojón, Coto del Cristo y Domingo Rubio Sur.
– Se realizará una Actividad Arqueológica Preventiva de Sondeo Arqueológico en el
yacimiento inédito La Zorrita, documentado y delimitado poligonalmente en los trabajos
previos de prospección, siempre y cuando no sea posible desplazar los apoyos 4 y 5 de
línea eléctrica de evacuación.
– Si durante el transcurso de cualquier actividad relacionada con el proyecto de
referencia se produjera un hallazgo arqueológico casual, será obligada la comunicación
a la citada Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva, en el
transcurso de 24 horas y en los términos establecidos en la normativa vigente, quien
determinará las directrices a aplicar.
2. Se solicitará autorización a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en
Huelva para la ocupación temporal de las vías pecuarias, todo ello de acuerdo con la
legislación vigente.
4.3

Condiciones al programa de vigilancia ambiental.

1. Durante la fase de funcionamiento, se realizarán mediciones reales tanto de los
niveles de exposición a los campos eléctricos y magnéticos como de los niveles de ruido
generados en las distintas infraestructuras proyectadas, con objeto de garantizar el
cumplimiento de la legislación vigente. En caso de que se detecten niveles de inmisión
acústica y/o de campos electromagnéticos que superen los valores admisibles según las
recomendaciones y la normativa vigente, se establecerán las medidas complementarias
para garantizar su cumplimiento.
2. Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna
(presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto, centrado en
las especies que utilizan tanto la superficie ocupada por las PSF como la línea eléctrica y
su entorno más inmediato (1 km alrededor de las infraestructuras proyectadas), con
objeto de conocer si las citadas poblaciones sufren alteraciones y poder adoptar medidas
de conservación. La frecuencia de visitas para el seguimiento dependerá de la época del
año, pero al menos se realizará una visita mensual.
Se determinarán parcelas testigo próximas a las infraestructuras proyectadas y de
las mismas características respecto al uso del suelo actual a la de la zona de actuación,
donde se efectuarán censos de fauna (avifauna y mamíferos), que permitan hacer un

cve: BOE-A-2023-11166
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En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá
completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución: