III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11166)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares Fotovoltaicos "Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II" de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en San Juan del Puerto, Trigueros, Palos de la Frontera y Moguer (Huelva)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65609

revegetación y creación de rodales de la vegetación autóctona y potencial, en
coordinación con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.
4.2.6

Paisaje.

1. Se procederá a la naturalización de todo el perímetro de las PSF, arroyos y
masas de agua situadas en el interior de la misma y demás zonas sin aprovechamiento
solar, mediante la restauración de las comunidades silvestres autóctonas características
del entorno. Las especies vegetales utilizadas en las labores de revegetación serán
autóctonas, certificadas y de procedencia local, evitándose, en cualquier caso, el empleo
de especies exóticas invasoras.
El proyecto de construcción incluirá un Programa de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto,
incluidas las indicadas en la presente resolución, concretando y cuantificando las
superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar,
métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el
presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido, con
carácter previo al inicio de los trabajos, al órgano ambiental de la Junta de Andalucía
para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal a realizar durante
toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de
mantenimiento si fuera preciso.
2. Las características estéticas de las nuevas construcciones serán similares a las
de la arquitectura rural tradicional de la zona, empleando materiales y gamas cromáticas
que permitan su integración en el entorno. Las construcciones auxiliares deberán
integrase en el paisaje y ser amigables para la fauna. Se evitarán los destellos metálicos
en la totalidad de las infraestructuras y construcciones asociadas y se emplearán
luminarias de bajo impacto. Los postes del cerramiento perimetral estarán en
consonancia con su integración con el entorno.
3. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico anti
reflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz, con el fin de evitar el efecto llamada
sobre la avifauna y minimizar el impacto visual de las PSF.
Población y salud humana.

1. Se procederá al aislamiento acústico de las edificaciones que alberguen equipos
y/o actividades, y los equipos que se ubiquen a la intemperie estarán provistos de los
medios de insonorización necesarios, todo ello con objeto de garantizar el cumplimiento
de los objetivos de calidad acústica de aplicación en las áreas de influencia de la
actividad proyectada, según la normativa vigente.
2. Se priorizará la ubicación de las instalaciones con efectos electromagnéticos
(tendidos eléctricos de alta tensión, transformadores, centro de seccionamiento, etc.) a
más de 200 m de núcleos habitados o a más de 100 m de viviendas aisladas u otras
edificaciones de uso sensible, procediendo al alejamiento de aquellos elementos que
generen niveles de campos eléctricos o magnéticos que puedan provocar riesgos para la
salud en las viviendas y edificios de usos sensibles afectados hasta garantizar niveles de
exposición seguros. Asimismo, se aplicarán otras medidas alternativas de efectividad
probada para reducir la exposición hasta niveles seguros.
3. Desde el punto de vista del planeamiento territorial y urbanístico, se cumplirán
las prescripciones establecidas en la legislación sectorial vigente, tal y como señalan la
Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio en Huelva, en sus informes 8 de marzo y 25 de abril de 2022, y la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía, en su
informe de 10 de junio de 2022.

cve: BOE-A-2023-11166
Verificable en https://www.boe.es

4.2.7