III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11166)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares Fotovoltaicos "Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II" de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en San Juan del Puerto, Trigueros, Palos de la Frontera y Moguer (Huelva)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65601

enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el EsIA, el resultado de la
información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación
complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales realizadas.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental a la realización del proyecto «Parques solares fotovoltaicos «Ciudad de
Tartessos I y Ciudad de Tartessos II» de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su
infraestructura de evacuación, en los TT.MM. de San Juan del Puerto, Trigueros, Palos
de la Frontera y Moguer (Huelva)» en la que se establecen las condiciones ambientales,
incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la
evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe
desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven
las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:
4. Condiciones al proyecto
4.1

Condiciones generales.

4.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas
teniendo en cuenta las medidas adicionales establecidas en los informes recibidos en el
procedimiento y que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio
ambiente, así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano
ambiental.

cve: BOE-A-2023-11166
Verificable en https://www.boe.es

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o
contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en
la presente resolución. Asimismo, las infraestructuras proyectadas deberán ser
modificadas de acuerdo al condicionado de la presente resolución.
Por otro lado, se cumplirán todas las condiciones propuestas por la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva (actual Delegación de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul), algunas de las cuales se concretan en los siguientes
apartados. En este sentido, se elaborará un único documento técnico que incluya tanto el
Plan de medidas protectoras, correctoras y compensatorias previstas por el promotor,
como las propuestas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva y
las recogidas en la presente resolución, el cual deberá entregarse a dicha Administración
para su aprobación como máximo en un plazo de 30 días antes de la fecha prevista para
el inicio de los trabajos relacionados con la actuación proyectada. El citado documento
incorporará el PVA. Todas las medidas previstas deberán estar detalladas y
presupuestadas.
2. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se
encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las
actuaciones previstas.