III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11166)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares Fotovoltaicos "Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II" de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en San Juan del Puerto, Trigueros, Palos de la Frontera y Moguer (Huelva)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65597
Para minimizar la afección paisajística, el promotor contempla, entre otras, la retirada
de todas las instalaciones auxiliares, residuos, etc.; la restauración y revegetación de los
terrenos afectados por las obras con especies autóctonas; la implantación de
apantallamientos vegetales asociados al perímetro de las PSF, y la aplicación de
coloraciones, tonos y brillos en elementos del proyecto acordes con las características
intrínsecas del territorio.
Población y salud humana.
Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población, por el
incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la
permeabilidad territorial durante las obras. El EsIA contempla la reposición de todos los
bienes y servicios afectados por las obras y el mantenimiento de la permeabilidad
territorial. Asimismo, el promotor prevé un impacto positivo en la economía local de la
zona.
La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 13 de
julio de 2022, señala que no se prevé afectar de forma directa e indirecta a la población,
dada la distancia del proyecto respecto a la vivienda más cercana.
El EsIA concluye que los riesgos sobre la salud pública debido a los campos
electromagnéticos generados por las infraestructuras proyectadas serán irrelevantes.
La Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Salud y Familias de la Junta
de Andalucía, en su informe de 8 de abril de 2022, considera que la ubicación de las
infraestructuras proyectadas se ha seleccionado de manera adecuada, teniendo en
cuenta criterios ambientales, de salud y socioeconómicos. Respecto a los campos
electromagnéticos, dicha Delegación Territorial señala que el promotor sólo proporciona
información sobre las infraestructuras de evacuación.
Por otro lado, indica que la exposición a los campos electromagnéticos generados
por las instalaciones eléctricas de alta tensión no supone un riesgo para la salud
humana, concluyendo que los riesgos son irrelevantes. El promotor señala que la línea
de evacuación se encuentra a una distancia de más de 100 m de poblaciones
vulnerables y que la intensidad disminuye rápidamente con la distancia al foco, por lo
que el impacto no sería significativo. Por último, afirma que los valores de campos
electromagnéticos son muy inferiores a los más restrictivos establecidos en la
Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999 relativa a la
exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz) y por la
Comisión Internacional sobre Protección Frente a Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP).
La Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Salud y Familias de la Junta
de Andalucía, el 30 de mayo de 2022, señala que la contestación del promotor da
respuesta a la cuestión planteada y expresa la conformidad con la autorización de la
instalación.
La Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación
del Territorio en Huelva, en sus informes de 8 de marzo y 25 de abril de 2022, y la
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía, en
su informe de 10 de junio de 2022, señalan que la documentación presenta graves
carencias en lo relativo al análisis de la adecuación del proyecto a la planificación y
legislación en materia de ordenación del territorio. En este sentido, la línea eléctrica
presenta afecciones sobre zonas sometidas a protección por el Plan de Ordenación del
Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD), como es el caso de la figura de los Escarpes
de la margen izquierda del rio Tinto y zonas de protección de los recursos naturales
(zona A). Asimismo, dicha Delegación Territorial señala la necesidad de que las
infraestructuras de la red de energía eléctrica de alta tensión discurran por los pasillos
eléctricos previstos en el POTAD, con objeto de atenuar sus efectos paisajísticos, y, en
especial, la incidencia sobre zonas de protección establecidas por la planificación
territorial.
Durante el procedimiento de evaluación ambiental, el promotor realiza pequeñas
modificaciones de trazado de la línea de evacuación para minimizar el impacto
cve: BOE-A-2023-11166
Verificable en https://www.boe.es
3.2.8
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65597
Para minimizar la afección paisajística, el promotor contempla, entre otras, la retirada
de todas las instalaciones auxiliares, residuos, etc.; la restauración y revegetación de los
terrenos afectados por las obras con especies autóctonas; la implantación de
apantallamientos vegetales asociados al perímetro de las PSF, y la aplicación de
coloraciones, tonos y brillos en elementos del proyecto acordes con las características
intrínsecas del territorio.
Población y salud humana.
Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población, por el
incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la
permeabilidad territorial durante las obras. El EsIA contempla la reposición de todos los
bienes y servicios afectados por las obras y el mantenimiento de la permeabilidad
territorial. Asimismo, el promotor prevé un impacto positivo en la economía local de la
zona.
La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 13 de
julio de 2022, señala que no se prevé afectar de forma directa e indirecta a la población,
dada la distancia del proyecto respecto a la vivienda más cercana.
El EsIA concluye que los riesgos sobre la salud pública debido a los campos
electromagnéticos generados por las infraestructuras proyectadas serán irrelevantes.
La Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Salud y Familias de la Junta
de Andalucía, en su informe de 8 de abril de 2022, considera que la ubicación de las
infraestructuras proyectadas se ha seleccionado de manera adecuada, teniendo en
cuenta criterios ambientales, de salud y socioeconómicos. Respecto a los campos
electromagnéticos, dicha Delegación Territorial señala que el promotor sólo proporciona
información sobre las infraestructuras de evacuación.
Por otro lado, indica que la exposición a los campos electromagnéticos generados
por las instalaciones eléctricas de alta tensión no supone un riesgo para la salud
humana, concluyendo que los riesgos son irrelevantes. El promotor señala que la línea
de evacuación se encuentra a una distancia de más de 100 m de poblaciones
vulnerables y que la intensidad disminuye rápidamente con la distancia al foco, por lo
que el impacto no sería significativo. Por último, afirma que los valores de campos
electromagnéticos son muy inferiores a los más restrictivos establecidos en la
Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999 relativa a la
exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz) y por la
Comisión Internacional sobre Protección Frente a Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP).
La Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Salud y Familias de la Junta
de Andalucía, el 30 de mayo de 2022, señala que la contestación del promotor da
respuesta a la cuestión planteada y expresa la conformidad con la autorización de la
instalación.
La Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación
del Territorio en Huelva, en sus informes de 8 de marzo y 25 de abril de 2022, y la
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía, en
su informe de 10 de junio de 2022, señalan que la documentación presenta graves
carencias en lo relativo al análisis de la adecuación del proyecto a la planificación y
legislación en materia de ordenación del territorio. En este sentido, la línea eléctrica
presenta afecciones sobre zonas sometidas a protección por el Plan de Ordenación del
Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD), como es el caso de la figura de los Escarpes
de la margen izquierda del rio Tinto y zonas de protección de los recursos naturales
(zona A). Asimismo, dicha Delegación Territorial señala la necesidad de que las
infraestructuras de la red de energía eléctrica de alta tensión discurran por los pasillos
eléctricos previstos en el POTAD, con objeto de atenuar sus efectos paisajísticos, y, en
especial, la incidencia sobre zonas de protección establecidas por la planificación
territorial.
Durante el procedimiento de evaluación ambiental, el promotor realiza pequeñas
modificaciones de trazado de la línea de evacuación para minimizar el impacto
cve: BOE-A-2023-11166
Verificable en https://www.boe.es
3.2.8