III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Transporte aéreo. (BOE-A-2023-11093)
Orden TMA/469/2023, de 17 de abril, por la que se acredita a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea como entidad de resolución alternativa de litigios en el ámbito del transporte aéreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Miércoles 10 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65215
resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos
reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia
en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación
con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida.
Madrid, 17 de abril de 2023.–La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
Raquel Sánchez Jiménez.
ANEXO
Entidad acreditada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
para la resolución alternativa de los ligios de los pasajeros de transporte aéreo
sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia
de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación
o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas
con discapacidad o movilidad reducida, conforme a lo previsto en la disposición
adicional segunda de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)
1.
Datos de contacto:
Dirección Paseo de la Castellana, 112.
28046 Madrid.
España.
Contacto e información Email: aesa@seguridadaerea.es
Sitio web: www.seguridadaerea.gob.es
Tfono.: (+34) 91 396 80 00.
2.
Sector y tipo de litigios:
Sector: Transporte aéreo.
Tipo de Litigios: Las reclamaciones de los pasajeros en relación con sus derechos
materia de:
a) Denegación de embarque, cancelación o gran retraso, contra las compañías
aéreas que los transporten en los vuelos:
– Que partan de aeropuertos españoles, cualquiera que sea el lugar de
establecimiento de la compañía; o
– que lleguen a aeropuertos españoles procedentes de un país no miembro de la
Unión Europea en el que los pasajeros no disfruten de beneficios o compensación y
asistencia, cuando la compañía aérea operadora sea una compañía de la Unión
Europea.
– Por los aeropuertos españoles, en vuelos de llegada, salida o tránsito en ellos;
– por las compañías aéreas en vuelos que partan de los aeropuertos españoles o,
cuando se trate de compañías aéreas de la Unión Europea, en vuelos que salgan de un
aeropuerto situado en un tercer país con destino a los aeropuertos españoles.
3.
Procedimiento:
Procedimiento: Se establece en la Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que
se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de
transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en
materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación
cve: BOE-A-2023-11093
Verificable en https://www.boe.es
b) Personas con discapacidad o movilidad reducida, por la asistencia prestada a los
pasajeros:
Núm. 111
Miércoles 10 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65215
resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos
reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia
en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación
con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida.
Madrid, 17 de abril de 2023.–La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
Raquel Sánchez Jiménez.
ANEXO
Entidad acreditada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
para la resolución alternativa de los ligios de los pasajeros de transporte aéreo
sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia
de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación
o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas
con discapacidad o movilidad reducida, conforme a lo previsto en la disposición
adicional segunda de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)
1.
Datos de contacto:
Dirección Paseo de la Castellana, 112.
28046 Madrid.
España.
Contacto e información Email: aesa@seguridadaerea.es
Sitio web: www.seguridadaerea.gob.es
Tfono.: (+34) 91 396 80 00.
2.
Sector y tipo de litigios:
Sector: Transporte aéreo.
Tipo de Litigios: Las reclamaciones de los pasajeros en relación con sus derechos
materia de:
a) Denegación de embarque, cancelación o gran retraso, contra las compañías
aéreas que los transporten en los vuelos:
– Que partan de aeropuertos españoles, cualquiera que sea el lugar de
establecimiento de la compañía; o
– que lleguen a aeropuertos españoles procedentes de un país no miembro de la
Unión Europea en el que los pasajeros no disfruten de beneficios o compensación y
asistencia, cuando la compañía aérea operadora sea una compañía de la Unión
Europea.
– Por los aeropuertos españoles, en vuelos de llegada, salida o tránsito en ellos;
– por las compañías aéreas en vuelos que partan de los aeropuertos españoles o,
cuando se trate de compañías aéreas de la Unión Europea, en vuelos que salgan de un
aeropuerto situado en un tercer país con destino a los aeropuertos españoles.
3.
Procedimiento:
Procedimiento: Se establece en la Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que
se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de
transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en
materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación
cve: BOE-A-2023-11093
Verificable en https://www.boe.es
b) Personas con discapacidad o movilidad reducida, por la asistencia prestada a los
pasajeros: