III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-11061)
Orden TED/467/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU. (Programa Geotermia Profunda).
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 9 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 64766

de un proyecto de energía geotérmica de media y alta temperatura. Dicho estudio
contendrá como mínimo los siguientes apartados:
i. Descripción del estudio y antecedentes. Localización, fases e hitos. Revisión de
los aspectos técnicos, económicos, regulatorios, medio ambientales y de aceptación
social.
ii. Definición del recurso geotérmico y bases de diseño. Recopilación, análisis de
datos y conclusiones de la información obtenida en los ensayos en campo, los sondeos,
las pruebas de producción, y el modelo 3D del yacimiento.
iii. Propuesta de plan de desarrollo del futuro campo geotérmico, definición de
futuros sondeos de producción e inyección y una estimación inicial del tamaño del
proyecto, que incluya un resumen de selección de las alternativas, dificultades en la
evaluación, puntos fuertes y débiles, oportunidades y amenazas, dificultades en la
evaluación o deficiencias técnicas.
iv. Análisis e integración del proyecto geotérmico de media y alta temperatura.
Legislación vigente, entidades involucradas, puntos de acceso a red, PPAs, tarifa,
servicios de regulación, autoconsumo, cogeneración, entre otros.
v. Plan de ejecución del futuro proyecto y programa. Se realizará una descripción
detallada de cómo llevar a cabo el desarrollo del futuro proyecto, prestando especial
atención a los siguientes requerimientos:
● Autorizaciones administrativas: derechos mineros, declaración de impacto
ambiental u otros permisos requeridos.
● Análisis de riesgos y contingencias: se evaluará el análisis de riesgos
identificados, que debe incluir los riesgos geológicos, técnicos, legales y económicos
asumidos en el proyecto, así como el plan de contingencias.
● Programa preliminar de perforación para la definición del campo geotérmico de
explotación, así como el diseño de los pozos, incluyendo el programa de revestimiento.
● Los diagramas de flujo, PID preliminar, planos de disposición general, diagrama
unifilar preliminar.
vi. Presupuesto detallado del futuro proyecto geotérmico, análisis de la inversión.
Modelo financiero. CAPEX, OPEX, Cash Flow, análisis de sensibilidad. Origen de los
fondos. Perspectivas de éxito del proyecto.
Las convocatorias podrán incluir requisitos técnicos a cumplir en relación con alguna
de las actuaciones de este anexo I, así como actuaciones adicionales a realizar en el
estudio de viabilidad.
ANEXO II
Criterios excluyentes y criterios de valoración
1.

Criterios excluyentes

Son criterios excluyentes los siguientes:
a) La no adecuación del estudio a lo establecido en el anexo I de la presente Orden
de Bases ni a los requisitos establecidos en la convocatoria.
b) La no adecuación de la entidad beneficiaria a los requisitos establecidos en esta
Orden de Bases y en la convocatoria.
c) No serán elegibles aquellas actuaciones del estudio que directa o indirectamente
pudieran ocasionar un perjuicio significativo al medio ambiente «principio DNSH», de
acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las
inversiones sostenibles.

cve: BOE-A-2023-11061
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 110