III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-11061)
Orden TED/467/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU. (Programa Geotermia Profunda).
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 9 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 64751

podrá ser sustituido por suplentes que designe la persona titular de la Dirección General
del IDAE, a propuesta de la persona titular del órgano o dirección al que pertenezcan,
mediante resolución que se publicará en la página web del IDAE.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de dicha Comisión, con voz, pero sin voto,
todas aquellas personas que sean convocadas por su Presidente, en calidad de expertos
en las materias incluidas en el orden del día.
La pertenencia y/o asistencia a la Comisión Técnica de Valoración no conlleva
derecho a la percepción de ninguna retribución.
El funcionamiento de esta Comisión será atendido, con los medios personales,
técnicos y presupuestarios de IDAE.
5. En virtud de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, las personas
involucradas en dichas actividades deberán cumplimentar una DACI y en caso de que se
identifique un potencial conflicto de intereses, se procederá a las medidas que se
establecen en la citada orden.
Artículo 19. Propuesta de resolución provisional y definitiva.
1. El órgano instructor, a la vista del expediente y de la correspondiente propuesta
que eleve la Comisión Técnica de Valoración, formulará la propuesta de resolución
provisional de concesión de ayudas, debidamente motivada, que deberá notificarse a los
interesados conforme a lo establecido en el artículo 18 de la presente Orden de Bases.
2. La propuesta de resolución provisional se notificará a los interesados mediante
su publicación en la sede electrónica del IDAE. Surtiendo dicha publicación los efectos
de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
3. En el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de notificación
de la propuesta de resolución provisional, las entidades solicitantes podrán formular las
alegaciones que estimen convenientes, a través de la sede electrónica de IDAE.
4. Examinadas las alegaciones, en caso necesario, realizando de nuevo el
procedimiento de clasificación y selección de las solicitudes de acuerdo con el
artículo 17.4 de esta Orden de Bases y de acuerdo con el apartado 4 del artículo 24 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el órgano instructor formulará la propuesta de
resolución definitiva que será notificada a los interesados mediante su publicación en la
página web del órgano concedente, o el medio alternativo que pueda fijarse en las
convocatorias, para que en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del
siguiente al de su notificación, los beneficiarios propuestos y aquellos que figuren en la
lista de espera, definida en el siguiente apartado, comuniquen la aceptación de
propuesta de resolución definitiva, entendiéndose que desisten de su solicitud de no
producirse contestación en dicho plazo. En el caso de las solicitudes en lista de espera
con ayuda parcial asignada, la comunicación de aceptación se referirá al importe de tal
ayuda parcial. Para las solicitudes en lista de espera sin ninguna ayuda asignada, la
comunicación de aceptación se referirá al caso de que resultasen adjudicatarias en la
resolución definitiva, por el desistimiento o renuncia de otras solicitudes.
5. La propuesta de resolución definitiva podrá incluir una lista de espera, que será
una relación ordenada -con indicación de la puntuación otorgada en función de los
criterios de valoración previstos en la Orden de Bases- de todas las solicitudes que,
cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta Orden de
Bases para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido propuestas como
adjudicatarias y, en su caso, de aquellas que, aun habiendo sido propuestas, se les haya
asignado ayuda de manera parcial respecto a la solicitada.
En el caso de desistimiento o renuncia a la subvención por alguna o algunos de los
potenciales beneficiarios, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva
convocatoria, la concesión de la subvención a la entidad o entidades solicitantes
siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por
parte de alguno de los beneficiarios se haya liberado crédito suficiente para atender

cve: BOE-A-2023-11061
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 110