III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-10917)
Resolución de 21 de abril de 2023, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con la Asociación Be Wild Be Proud, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para la realización de la "Ruta al Exilio".
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Sábado 6 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 63081

importe consignado en las correspondientes relaciones de gasto, así como la realidad
del gasto.
BWBP, si fuera el caso, deberá reintegrar al INJUVE la cantidad no invertida en la
ejecución de las actuaciones previstas y los correspondientes intereses de demora.
Se establece el 28 de febrero de 2024 como fecha límite de justificación de las
cantidades objeto del presente convenio.
Cuando los gastos hayan sido financiados, además de con esta subvención
nominativa, con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de
cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales, deberá acreditarse en la justificación el
importe, la procedencia y la aplicación de tales fondos a los gastos subvencionados.
En el caso de que existan remanentes no aplicados a la subvención, la devolución de
los mismos sin el previo requerimiento de la Administración por parte del beneficiario se
realizará solicitando al Instituto de la Juventud, al correo electrónico
divisionprogramasin@injuve.es el número de cuenta corriente en el que realizar la
devolución. Una vez efectuado el ingreso del remanente, deberá acreditarlo ante la
División de Programas del INJUVE.
Una vez efectuado el ingreso del remanente, deberá incluir la carta de pago en la
documentación justificativa, según establece el artículo 72 g) del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
En este caso, si procede, la Administración calculará los intereses de demora de
acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y hasta
el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario.
Asimismo, en caso de encontrarse entre las entidades obligadas por la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno,
BWBP deberá dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos y
condiciones establecidos en dicha Ley, según lo dispuesto en el artículo 18 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Gastos subvencionables.

La subvención recibida por BWBP tendrá como objeto contribuir a los gastos
ocasionados por la realización de la Ruta al Exilio. Y por tanto, los gastos
subvencionables serán aquellos destinados a cubrir los gastos corrientes, con los límites
establecidos en esta cláusula, que estén directamente relacionados con la realización de
la Ruta al Exilio, siempre que se trate de gastos que de manera indubitada respondan a
dichos fines y resulten estrictamente necesarios. En ningún caso el coste de estos
gastos podrá ser superior al valor de mercado.
Se consideran gastos subvencionables, entre otros, los gastos de personal necesario
para la realización de la ruta (monitores, coordinadores, logistas, equipo médico, guías
de montaña…), los gastos derivados de los viajes, alojamiento y manutención de los
expedicionarios durante la ruta, los gastos en profesionales de la comunicación para dar
difusión de la misma, los gastos de transporte de los expedicionarios, los honorarios y
gastos de viaje y dietas de los ponentes y expertos que participen en los talleres y
charlas que se imparten en la ruta, los gastos en material promocional, merchandising,
mantenimiento de la página web y redes sociales, los gastos de seguros de los
participantes y del equipo técnico del proyecto y gastos de material necesario para la
realización de las actividades que componen el proyecto.
Las retribuciones del personal laboral imputables a la subvención estarán limitadas
por las cuantías recogidas en la tabla que a continuación se detalla, referidas a los
diferentes Grupos Profesionales establecidos en el Convenio Colectivo Único para el
personal laboral de la Administración General del Estado:
Grupo M3: 36.075 euros.
Grupo M2: 28.860 euros.

cve: BOE-A-2023-10917
Verificable en https://www.boe.es

Octava.