III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-10917)
Resolución de 21 de abril de 2023, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con la Asociación Be Wild Be Proud, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para la realización de la "Ruta al Exilio".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 63080

Entre estas actuaciones, se incluirán al menos las siguientes:
– Desplegar los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para el correcto
desarrollo de la Ruta al Exilio.
– Elaborar, en coordinación con el INJUVE, el plan de comunicación de la Ruta al
Exilio y realizar las acciones necesarias para la difusión y promoción institucional del
proyecto.
– Diseñar, en coordinación con el INJUVE, el programa educativo del proyecto,
organizando y coordinando el contenido académico del proyecto, elaborando la
propuesta de programa, contenido de los talleres y actividades que la integran, y
definiendo los perfiles de los ponentes y profesionales participantes.
– Diseñar, organizar y coordinar la celebración de posibles actividades de
divulgación del proyecto «Ruta al Exilio» una vez éste haya finalizado. Estas actividades
podrán ser workshops, seminarios o exposiciones, encuentros entre los antiguos/as
expedicionarios/as entre otras.
Séptima. Obligaciones del beneficiario y justificación de la subvención.
BWBP asume el cumplimiento de las obligaciones que, para los beneficiarios de
subvenciones, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, así como las establecidas en el artículo 30 de la misma Ley, y
los artículos 69 y 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley de General de Subvenciones, relativas a la justificación de las
subvenciones públicas y, por ello, está obligada a justificar los gastos efectuados con
cargo a la subvención recibida, así como al cumplimiento de las condiciones impuestas y
la consecución de los objetivos previstos.
La entidad deberá justificar los gastos realizados a través de la modalidad de cuenta
justificativa con aportación de justificantes de gasto que contendrá, con carácter general,
la siguiente documentación:
1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos.
2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago. En ella se indicará qué gastos corresponden a gastos de gestión y
administración específicos para el desarrollo de la actividad, incluyendo los costes
generales de estructura necesarios e indispensables para la adecuada preparación o
ejecución de la misma.
b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de
Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.
e) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
Dicha documentación se presentará por medios electrónicos, atendiendo a las
instrucciones de justificación que se establezcan por el Injuve, acompañada de una
declaración responsable de la persona representante legal de la entidad certificando la
veracidad de los documentos presentados y su no aplicación a otras subvenciones por el

cve: BOE-A-2023-10917
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Núm. 108