I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Medio rural. (BOE-A-2023-10878)
Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Sábado 6 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 62864

especialmente, en los conjuntos históricos y en las zonas que cuentan con algún tipo de
figura de protección.
b) Apoyar políticas de empleo que favorezcan la formación de profesionales
cualificados para acometer la rehabilitación del patrimonio, su promoción y divulgación.
c) Promover la apertura al público de los monumentos rehabilitados, por atractivo
turístico o por la puesta en marcha de la actividad a la que hayan sido destinados de
forma compatible con su preservación.
CAPÍTULO VIII
Igualdad de género y medio rural
Artículo 78. Medidas para favorecer la calidad de vida de las mujeres que viven en el
medio rural.

a) Realizar análisis o actualizar el conocimiento sobre la situación de las mujeres
del medio rural.
b) Visibilizar socialmente la importancia del trabajo de las mujeres en el medio rural
y de sus aportaciones a la economía, la cultura y al desarrollo de los territorios.
c) Impulsar acciones de sensibilización y formación en materia de igualdad de
género.
d) Establecer recursos públicos de cuidado para garantizar la conciliación de la vida
laboral, familiar y personal, y sensibilización y formación para aumentar la
corresponsabilidad de las mujeres y los hombres que viven en el medio rural.
e) Establecer medidas para la atención a las mujeres que viven solas y con
pensiones no contributivas.
f) Establecer una planificación en materia de transporte y movilidad que tenga en
cuenta las necesidades de las mujeres en el medio rural.
g) Promover programas formativos y de acceso a las nuevas tecnologías de la
información para superar la brecha digital de las mujeres que residen en el medio rural.
h) Establecer medidas de prevención y atención ante situaciones de violencia de
género.
i) Apoyar la creación de empresas sociales que amplíen la oferta de servicios y
generen empleo para mujeres.
j) Ampliar la oferta de actividades socioculturales y deportivas.
k) Mejorar la conectividad de las mujeres entre sí y de estas con la Administración
para optimizar los recursos y facilitar las gestiones administrativas.
l) Impulsar planes territoriales de igualdad de ámbito local.
Artículo 79.

Medidas de apoyo para el acceso de las mujeres al empleo.

La Administración de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta el marco del
diálogo social, incorporará en su planificación en materia de empleo y emprendimiento

cve: BOE-A-2023-10878
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1. El Gobierno de Aragón incorporará la perspectiva de género en las directrices de
desarrollo, para lo que deberá desarrollar un análisis de impacto de género de las
medidas planteadas antes de su implantación y otro después de su desarrollo que
evalúen el impacto diferenciado de estas para identificar sesgos en futuras actuaciones.
Las evaluaciones y propuestas de corrección y mejora deberán incluirse en la
actualización de la estrategia.
2. El Gobierno de Aragón a través de su planificación estratégica en materia de
igualdad impulsará medidas tendentes a promover la calidad de vida de las mujeres en
el medio rural y en particular las siguientes: