I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Medio rural. (BOE-A-2023-10878)
Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Artículo 11.
Sec. I. Pág. 62835
Participación social, cooperación y gobernanza.
1. Se garantizará la participación de la ciudadanía, de los agentes sociales y de las
entidades representativas de los diferentes sectores económicos, sociales y
medioambientales del medio rural en la planificación y aplicación de las políticas públicas
de dinamización, desarrollo y lucha contra la despoblación.
2. Se promoverán mecanismos de coordinación, gobernanza colaborativa y
desarrollo local participativo que permitan alinear intereses diversos de los diferentes
actores implicados a través del establecimiento de una misión común, de beneficio
mutuo, y que facilite la contribución e implicación de otras entidades en los programas
públicos encaminados a dinamizar el medio rural.
Artículo 12.
Contratación.
1. Los poderes públicos de Aragón, en el marco de las políticas de contratación de
la Comunidad Autónoma, promoverán la utilización de la contratación pública como
instrumento para la lucha contra la despoblación y el desarrollo territorial equilibrado del
medio rural.
2. La Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con la normativa en
materia de contratación pública, dará un mayor soporte a las pymes y personas
autónomas de las áreas rurales, con el objeto de facilitar su participación en los
procedimientos de contratación pública, e impulsando medidas para facilitar la utilización
de medios electrónicos, con la intención de que se genere empleo en el medio rural.
Artículo 13.
Seguridad ciudadana.
El Gobierno de Aragón, en el ámbito de sus competencias, dentro del marco de la
legislación aplicable en materia de seguridad ciudadana y en coordinación con la
Delegación del Gobierno de España en Aragón, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y las policías locales, promoverá la aplicación de todos los recursos humanos y
materiales que garanticen los derechos, libertades y seguridad ciudadana en todos los
municipios y asentamientos habitados de Aragón y, particularmente, en el ámbito
referente a la lucha, prevención y sensibilización contra la violencia machista.
Conectividad.
1. El Gobierno de Aragón impulsará las medidas necesarias, a través de los
mecanismos de cooperación y coordinación con la Administración General del Estado,
las entidades locales y la iniciativa privada, para garantizar la plena conectividad digital
con parámetros adecuados de calidad y servicio para toda la población y el acceso de
las empresas, hogares e instituciones a los servicios avanzados de la sociedad de la
información, con objeto de eliminar la brecha digital entre zonas rurales y urbanas en
todo el territorio de Aragón de acuerdo con las Agendas digitales española y europea.
2. Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma fomentarán,
planificarán y desarrollarán las acciones necesarias para asegurar la conectividad y el
acceso asequible e igualitario a internet, superando las barreras de entrada que puedan
suponer la utilización de medios electrónicos, atendiendo a la realidad específica de los
entornos rurales y respetando la neutralidad de la red.
3. El departamento competente en la materia de conectividad publicará anualmente
un informe sobre el estado de la conectividad digital, fijando cuáles son los parámetros
adecuados de calidad y servicio de cada momento, y detallará qué acciones considera
necesarias para asegurar la conectividad y el acceso igualitario y asequible a internet.
Artículo 15.
Empleo público, descentralización y desconcentración.
1. El Gobierno de Aragón, conforme a la legislación aplicable en materia de empleo
público y dentro del marco de las disposiciones estatales básicas, podrá adoptar previa
cve: BOE-A-2023-10878
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 14.
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Artículo 11.
Sec. I. Pág. 62835
Participación social, cooperación y gobernanza.
1. Se garantizará la participación de la ciudadanía, de los agentes sociales y de las
entidades representativas de los diferentes sectores económicos, sociales y
medioambientales del medio rural en la planificación y aplicación de las políticas públicas
de dinamización, desarrollo y lucha contra la despoblación.
2. Se promoverán mecanismos de coordinación, gobernanza colaborativa y
desarrollo local participativo que permitan alinear intereses diversos de los diferentes
actores implicados a través del establecimiento de una misión común, de beneficio
mutuo, y que facilite la contribución e implicación de otras entidades en los programas
públicos encaminados a dinamizar el medio rural.
Artículo 12.
Contratación.
1. Los poderes públicos de Aragón, en el marco de las políticas de contratación de
la Comunidad Autónoma, promoverán la utilización de la contratación pública como
instrumento para la lucha contra la despoblación y el desarrollo territorial equilibrado del
medio rural.
2. La Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con la normativa en
materia de contratación pública, dará un mayor soporte a las pymes y personas
autónomas de las áreas rurales, con el objeto de facilitar su participación en los
procedimientos de contratación pública, e impulsando medidas para facilitar la utilización
de medios electrónicos, con la intención de que se genere empleo en el medio rural.
Artículo 13.
Seguridad ciudadana.
El Gobierno de Aragón, en el ámbito de sus competencias, dentro del marco de la
legislación aplicable en materia de seguridad ciudadana y en coordinación con la
Delegación del Gobierno de España en Aragón, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y las policías locales, promoverá la aplicación de todos los recursos humanos y
materiales que garanticen los derechos, libertades y seguridad ciudadana en todos los
municipios y asentamientos habitados de Aragón y, particularmente, en el ámbito
referente a la lucha, prevención y sensibilización contra la violencia machista.
Conectividad.
1. El Gobierno de Aragón impulsará las medidas necesarias, a través de los
mecanismos de cooperación y coordinación con la Administración General del Estado,
las entidades locales y la iniciativa privada, para garantizar la plena conectividad digital
con parámetros adecuados de calidad y servicio para toda la población y el acceso de
las empresas, hogares e instituciones a los servicios avanzados de la sociedad de la
información, con objeto de eliminar la brecha digital entre zonas rurales y urbanas en
todo el territorio de Aragón de acuerdo con las Agendas digitales española y europea.
2. Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma fomentarán,
planificarán y desarrollarán las acciones necesarias para asegurar la conectividad y el
acceso asequible e igualitario a internet, superando las barreras de entrada que puedan
suponer la utilización de medios electrónicos, atendiendo a la realidad específica de los
entornos rurales y respetando la neutralidad de la red.
3. El departamento competente en la materia de conectividad publicará anualmente
un informe sobre el estado de la conectividad digital, fijando cuáles son los parámetros
adecuados de calidad y servicio de cada momento, y detallará qué acciones considera
necesarias para asegurar la conectividad y el acceso igualitario y asequible a internet.
Artículo 15.
Empleo público, descentralización y desconcentración.
1. El Gobierno de Aragón, conforme a la legislación aplicable en materia de empleo
público y dentro del marco de las disposiciones estatales básicas, podrá adoptar previa
cve: BOE-A-2023-10878
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 14.