I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Contratación administrativa. (BOE-A-2023-10876)
Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62791
open data que garantice la efectiva liberación de los conjuntos de datos. Asimismo, se
pondrán a disposición de la plataforma de gobernanza de datos.
Artículo 113.
Información sobre contratación pública en Aragón.
1. Desde el portal de internet de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón, se podrá acceder a la información en materia de contratación pública y, al
menos, a los siguientes contenidos y prestaciones:
a) Perfil de contratante de las entidades del sector público de la Comunidad
Autónoma de Aragón.
b) Catálogo de Contratación Centralizada.
c) Información sobre la actividad del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos
de Aragón, la Junta de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y el
Foro de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Normativa aplicable a los expedientes de contratación pública.
e) Pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares.
f) Información pública del Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de
Aragón.
g) Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
h) Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
i) Entornos de licitación electrónica que se pongan a disposición de los órganos de
contratación y de las empresas licitadoras.
j) Cualquier otra información de interés para los órganos de contratación, las
empresas licitadoras y las personas interesadas en los procedimientos de contratación
pública.
2. El acceso a esta información no requerirá autorización previa ni acreditación de
la identidad.
CAPÍTULO III
Supervisión de la contratación pública
Artículo 114.
La supervisión de la contratación pública.
a) Velar por la correcta aplicación y el estricto cumplimiento de la legislación de la
contratación pública, a los efectos de detectar incumplimientos específicos o problemas
sistémicos.
b) Promover la concurrencia en la contratación pública, el respeto a los principios
de publicidad y no discriminación, concurrencia, integridad y eficiencia del uso de los
fondos públicos en la contratación, y el seguimiento de las buenas prácticas.
c) Verificar que se apliquen con la máxima amplitud las obligaciones y buenas
prácticas de transparencia, en particular las relativas a los conflictos de intereses, y
detectar las irregularidades que se produzcan en materia de contratación.
cve: BOE-A-2023-10876
Verificable en https://www.boe.es
1. La supervisión de la contratación pública respecto de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y el sector público autonómico será ejercida por la
Junta de Contratación Pública de Aragón, que asumirá, como órgano equivalente, las
competencias y funciones asignadas en el sector público estatal a la Oficina
Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.
2. En materia de supervisión de la contratación pública, corresponderán a la Junta
de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón las siguientes funciones:
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62791
open data que garantice la efectiva liberación de los conjuntos de datos. Asimismo, se
pondrán a disposición de la plataforma de gobernanza de datos.
Artículo 113.
Información sobre contratación pública en Aragón.
1. Desde el portal de internet de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón, se podrá acceder a la información en materia de contratación pública y, al
menos, a los siguientes contenidos y prestaciones:
a) Perfil de contratante de las entidades del sector público de la Comunidad
Autónoma de Aragón.
b) Catálogo de Contratación Centralizada.
c) Información sobre la actividad del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos
de Aragón, la Junta de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y el
Foro de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Normativa aplicable a los expedientes de contratación pública.
e) Pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares.
f) Información pública del Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de
Aragón.
g) Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
h) Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
i) Entornos de licitación electrónica que se pongan a disposición de los órganos de
contratación y de las empresas licitadoras.
j) Cualquier otra información de interés para los órganos de contratación, las
empresas licitadoras y las personas interesadas en los procedimientos de contratación
pública.
2. El acceso a esta información no requerirá autorización previa ni acreditación de
la identidad.
CAPÍTULO III
Supervisión de la contratación pública
Artículo 114.
La supervisión de la contratación pública.
a) Velar por la correcta aplicación y el estricto cumplimiento de la legislación de la
contratación pública, a los efectos de detectar incumplimientos específicos o problemas
sistémicos.
b) Promover la concurrencia en la contratación pública, el respeto a los principios
de publicidad y no discriminación, concurrencia, integridad y eficiencia del uso de los
fondos públicos en la contratación, y el seguimiento de las buenas prácticas.
c) Verificar que se apliquen con la máxima amplitud las obligaciones y buenas
prácticas de transparencia, en particular las relativas a los conflictos de intereses, y
detectar las irregularidades que se produzcan en materia de contratación.
cve: BOE-A-2023-10876
Verificable en https://www.boe.es
1. La supervisión de la contratación pública respecto de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y el sector público autonómico será ejercida por la
Junta de Contratación Pública de Aragón, que asumirá, como órgano equivalente, las
competencias y funciones asignadas en el sector público estatal a la Oficina
Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.
2. En materia de supervisión de la contratación pública, corresponderán a la Junta
de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón las siguientes funciones: