III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2023-10842)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la encomienda a la Dirección General de la Guardia Civil la seguridad de los edificios de la Administración de Justicia en Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62375

Sexto.
Por razones de eficacia y, al no disponer de los medios técnicos ni personales
idóneos para su desempeño, la Administración del Principado de Asturias considera
conveniente conferir a la Dirección General de la Guardia Civil, una encomienda de
gestión de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que «la realización de actividades de
carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las
Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de
Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus
competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean
los medios técnicos idóneos para su desempeño».
Asimismo, el apartado 3.b) del mencionado artículo señala que cuando la
encomienda de gestión se realice entre órganos y Entidades de Derecho Público de
distintas Administraciones se formalizará mediante firma del correspondiente convenio
entre ellas.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público las partes acuerdan suscribir el
presente convenio relativo a la encomienda de gestión que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Ámbito de aplicación subjetivo.
Son partes de la presente encomienda de gestión, formalizada a través del convenio,
la Consejería de Presidencia de la Administración del Principado de Asturias, como
órgano encomendante, y la Dirección General de la Guardia Civil, como órgano
encomendado.
Segunda.

Objeto de la encomienda.

La encomienda de gestión a que se refiere el presente convenio tiene por objeto
establecer y regular la participación del personal en situación de reserva del Cuerpo de
la Guardia Civil en las misiones de vigilancia y protección de edificios e instalaciones de
la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma Principado de Asturias, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.c) y 37.3 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13
de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Tercera. Titularidad de las actividades encomendadas.

Cuarta. Compromisos de la Dirección General de la Guardia Civil.
La Dirección General de la Guardia Civil, en el marco de la colaboración definida en
la presente encomienda de gestión, se compromete a:
1. Constituir en la Comunidad Autónoma Principado de Asturias destacamentos
específicos para la prestación de los servicios de vigilancia y protección de los edificios e
instalaciones judiciales que dependen administrativamente del Gobierno de la

cve: BOE-A-2023-10842
Verificable en https://www.boe.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta encomienda no supone la cesión de la
titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo
responsabilidad del órgano encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de
carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto
de encomienda.