III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-10857)
Resolución de 26 de abril de 2023, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, SA.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62526

Convenio. Las correspondientes adendas, que se tramitarán siguiendo el procedimiento
que exija la legislación vigente, resultarán eficaces una vez inscritas en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.

Ineficacia parcial.

En caso de que alguna disposición del presente Convenio fuera declarada nula y sin
efecto, la validez del contrato en su conjunto no quedará afectada por tal circunstancia,
permaneciendo los restantes términos y condiciones plenamente vigentes, sin que
queden afectados por dicha declaración de nulidad, salvo que ésta afectara a un
elemento esencial del Convenio.
Siempre que sea posible, la disposición declarada ineficaz será sustituida por una
nueva, o interpretada de forma legalmente aceptable, cuyo tenor sea lo más próximo
posible a la disposición que las Partes habrían formalizado de haber tenido conocimiento
de la ineficacia de la disposición declarada nula.
Decimotercera.

Protección de datos.

Las partes se comprometen a cumplir durante la vigencia de este Convenio, e
inclusive una vez finalizada su vigencia por la causa que sea, lo dispuesto en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y resto de normativa europea y
nacional de protección de datos.
Los datos personales proporcionados en este Convenio o como consecuencia del
desarrollo del mismo se conservarán durante el período de tiempo necesario en función
de los siguientes criterios: a) obligación y plazos legales de conservación; b) duración de
la relación contractual establecida entre ICO y PYMAR; c) límite de tiempo para las
responsabilidades legales que pueden derivarse de la relación contractual establecida
entre ICO y PYMAR; y d) solicitud de supresión enviada por la parte interesada, cuando
corresponda.
Decimocuarta.

Ley y jurisdicción.

El derecho aplicable será el español.
El presente Convenio queda sometido al régimen jurídico de Convenios previsto en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015.
Las diferencias, dudas y lagunas que pudieran plantearse entre las Partes en la
interpretación y ejecución del presente Convenio serán resueltas de mutuo acuerdo en el
seno de la Comisión de Seguimiento regulada en la estipulación novena sin perjuicio de la
competencia, en su caso, de los Juzgados y Tribunales del orden contencioso
administrativo de Madrid para conocer de sus incidencias, a los que las Partes se someten
expresamente con renuncia formal a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Notificaciones.

Las notificaciones y comunicaciones que hubieren de ser cursadas por una parte a la
otra en relación con el presente Convenio se remitirán a las siguientes direcciones:
Por parte de PYMAR:
Don José Francisco Fernández.
Paseo de la Castellana, 29, primera planta. Madrid.
Correo electrónico: josefrancisco.fernandez@pymar.com.

cve: BOE-A-2023-10857
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.