III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-10857)
Resolución de 26 de abril de 2023, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62527

Por parte del ICO:
José Montes.
Paseo del Prado, 4, 28014 Madrid.
Correo electrónico: jose.montes@ico.es.
En el caso de que se produjeran cambios en los domicilios señalados, se notificarán
de forma inmediata, por correo certificado, a la otra parte para su conocimiento.
Y en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Convenio, a un único efecto
y por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.–Por el
Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., José Carlos García de Quevedo Ruiz.–Por Pequeños y
Medianos Astilleros, Sociedad de Reconversión, SA, Almudena López del Pozo.
ANEXO I
Modelo de contrato de garantía
Fecha: [.]
CONTRATO DE GARANTÍA
(1) Instituto de Crédito Oficial, E.P.E.
(2) [Banco]
Astillero.–[.]
Prestatario.–[.]
Contrato de garantía entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y [Banco]
En Madrid, a [.] de [.] de [.].
REUNIDOS
De una parte: [D.], con Documento Nacional de Identidad número: [.] interviene en
nombre y representación del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., en lo sucesivo ICO, con
domicilio en Madrid, paseo del Prado número 4, en su calidad de [.], según escritura de
[.] otorgada ante el Notario de Madrid don [.], el día [.], número [.] de orden de su
protocolo [.]
De otra parte: D. [.], en nombre y representación de [.] (en lo sucesivo el «Banco»),
con domicilio en [.], en su calidad de Apoderados.
D. [.] se halla apoderado según escritura de poder otorgada ante el Notario de [.], con
fecha [.] y número de protocolo [.], e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid [.].
EXPONEN

Que de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 874/2017, de 29 de
septiembre, por el que se regula el apoyo oficial en forma de subvención al tipo de
interés de los créditos para la construcción de buques (tal y como el mismo sea
modificado, suplementado, novado o sustituido en cada momento el «RD 874/2017»), el
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo español (en adelante, el «MINCOTUR»)
subvenciona con cargo a sus presupuestos y a lo largo de la vida del crédito que se
describe en el Expositivo cuarto, la diferencia entre el tipo de interés del crédito
concedido y el tipo de interés de referencia (CIRR) del euro en la fecha de concesión del
mismo, con un límite en la subvención de un (1) punto porcentual.

cve: BOE-A-2023-10857
Verificable en https://www.boe.es

Primero.