III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-10857)
Resolución de 26 de abril de 2023, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62522

(iv) El importe total correspondiente a las Partes de Subvención de Intereses
pendientes de vencimiento garantizadas por el ICO, esto es el Riesgo Potencial.
Quinta.
5.1

Cuentas del FOCOFIN de PYMAR.
Cuenta ICO Garantía:

PYMAR, en puntual cumplimiento de lo estipulado en la condición tercera del
Acuerdo Marco 1995, mantiene abierta a su nombre en el ICO la cuenta número 1000
0001 17 0100000023 (en adelante, la «Cuenta ICO Garantía»).
En dicha Cuenta ICO Garantía se encuentra depositado una parte del valor del
FOCOFIN, y que a la fecha de la firma del presente Convenio asciende a la cantidad de
cinco millones de euros (5.000.000,00 €).
El ICO se obliga a retribuir el saldo existente en cada momento en la Cuenta ICO
Garantía a PYMAR al tipo de interés EURIBOR TRIMESTRAL - 0,50%. Dichos
intereses serán abonados por el ICO a PYMAR en la cuenta número 0081 5136 75
0001319135 de Banco Sabadell, SA o en aquella otra que expresamente PYMAR le
comunique, por trimestres vencidos en el primer día hábil del mes siguiente, salvo que
otra cosa se acuerde expresamente por el ICO y PYMAR.
El ICO acepta expresamente por el presente Convenio no efectuar ningún tipo de
compensación de saldos, traspaso de fondos ni cualquier otro movimiento de saldos con
cargo a la Cuenta ICO Garantía para operaciones distintas de las Operaciones de
Subvención de Intereses suscritas al amparo del Acuerdo Marco 1995, del Acuerdo
Marco 2012 Modificado, del Convenio de Operaciones de Cobertura Financiera y/o del
presente Convenio. Asimismo la Cuenta ICO Garantía no responderá de cantidad alguna
a la que PYMAR pudiera quedar obligado a pagar por incumplimiento cruzado de
operaciones o contratos en los que sea parte PYMAR e ICO distintos de los suscritos en
relación con las Operaciones de Subvención de Intereses al amparo del Acuerdo
Marco 1995, del Acuerdo Marco 2012 Modificado, del Convenio de Operaciones de
Cobertura Financiera y/o del presente Convenio.
5.2

Cuenta Sabadell Garantía:

Adicionalmente a lo anterior, PYMAR tiene depositado otra parte del valor del
FOCOFIN en la cuenta del Banco de Sabadell, SA titularidad de PYMAR número 0081
5136 77 00000838116, arrojando a la fecha de la firma del presente Convenio un saldo
de cinco millones de euros (5.000.000,00 €) (en adelante, «Cuenta Sabadell Garantía» y
conjuntamente con la Cuenta ICO Garantía, las «Cuentas Garantías ICO»).
Destino de las Cuentas Garantías ICO:

Las cantidades depositadas en las Cuentas Garantías ICO hasta el límite de diez
millones de euros (10.000.000,00 €) se destinarán exclusivamente a atender las
obligaciones del FOCOFIN de PYMAR para con el ICO derivadas del Acuerdo
Marco 1995, del Acuerdo Marco 2012 Modificado, del Convenio de Operaciones de
Cobertura Financiera y del presente Convenio, de conformidad con lo allí pactado y con
las Normas de Funcionamiento del FOCOFIN.
El valor del FOCOFIN que exceda en cada momento del importe de diez millones de
euros (10.000.000,00 €) será de libre disposición para PYMAR, lo que el ICO reconoce y
acepta expresamente.
Sexta. Garantías.
6.1 Extensión de la Prenda de Derechos de Crédito Derivados de las Cuentas
Garantías ICO:
PYMAR a requerimiento del ICO y en garantía del puntual cumplimiento de las
obligaciones de pago de PYMAR con cargo a su FOCOFIN para con el ICO que traigan

cve: BOE-A-2023-10857
Verificable en https://www.boe.es

5.3