III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-10857)
Resolución de 26 de abril de 2023, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, SA.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 62521

Manifestaciones de PYMAR e ICO. Obligaciones de PYMAR.

Las Partes han suscrito el presente Convenio en especial consideración a las
siguientes manifestaciones:
4.1

Manifestaciones de PYMAR:

PYMAR manifiesta expresamente, a favor del ICO, que:
a) el valor del FOCOFIN asciende a la fecha de la firma del presente Convenio a un
importe superior al límite de diez millones de euros (10.000.000,00 €) previsto en el
presente Convenio, lo que reconoce y acepta expresamente el ICO.
b) el valor del FOCOFIN se verá afectado por los importes que resulten del
cumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente Convenio, así como las que
traigan causa del Acuerdo Marco 1995, del Acuerdo Marco 2012 Modificado y del
Convenio de Operaciones de Cobertura Financiera así como por la aplicación de las
Normas del FOCOFIN.
c) todos los libramientos, incluidos los cedidos a favor del ICO, de cada Parte de la
Subvención de Intereses se efectuarán a través de PYMAR en su calidad de Órgano de
Gestión del Subsector para las Operaciones de Subvención de Intereses formalizadas. A
dichos efectos las entidades financieras o de crédito habrán de remitir orden irrevocable
al MINCOTUR de pago irrevocable a través de PYMAR de cada Parte de la Subvención
de Intereses.
4.2

Manifestaciones del ICO:

El ICO manifiesta expresamente:
a) reconocer y aceptar que el otorgamiento de las garantías de PYMAR, con cargo al
FOCOFIN, constituyen garantías de recurso limitado única y exclusivamente al valor del
FOCOFIN en cada momento hasta el límite de diez millones de euros (10.000.000,00 €).
b) que el valor del FOCOFIN, así como las garantías constituidas o a constituir a su
favor por PYMAR de conformidad con los términos y condiciones del presente Convenio,
posibilitan la asunción de compromisos de pago de hasta un importe máximo de
doscientos millones de euros (200.000.000,00 €) para las Operaciones de Subvenciones
de Intereses.
4.3

Obligaciones de PYMAR:

a) remitir al ICO semestralmente un certificado del valor del FOCOFIN a los efectos
de mantener actualizado el valor del mismo, toda vez que PYMAR otorga las garantías
formalizadas en los correspondientes Contratos de Contragarantía con cargo al
FOCOFIN y la responsabilidad de PYMAR queda limitada al valor del FOCOFIN en cada
momento hasta el límite de diez millones de euros (10.000.000,00 €).
b) proveer al ICO, al menos con periodicidad semestral, coincidiendo con el fin del
semestre natural correspondiente, a los efectos de lo establecido en apartado b) de la
estipulación 4.2 anterior con la siguiente información:
(i) El importe total de las Subvenciones garantizadas por el ICO, esto es el Riesgo
Inicial.
(ii) El importe total de las Partes de Subvención de Intereses adelantadas por el
ICO bajo el correspondiente Contrato de Garantía y no repuestas, esto es el Riesgo Vivo.
(iii) El importe total de las Partes de Subvención de Intereses vencidas y no
adelantadas por el ICO bajo el Contrato de Garantía, esto es el Riesgo Vencido.

cve: BOE-A-2023-10857
Verificable en https://www.boe.es

Durante el plazo de vigencia del presente Convenio, así como de las Operaciones de
Subvención de Intereses firmadas entre ICO y PYMAR al amparo del mismo, PYMAR se
obliga a: