III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-10850)
Orden TED/448/2023, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica en las islas, a partir de fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62420

renovables en los territorios insulares, que cuentan con sistemas más pequeños con una
menor inercia.
En fechas 16 de febrero y 14 de marzo de 2022, se presentaron los programas
«Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias» y «Plan de Inversiones para la
Transición Energética de les Illes Balears», desarrollados por cada una de las
Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears, respectivamente definiendo las
actuaciones a realizar para alcanzar los objetivos de Transición Energética en sus
territorios. El presupuesto asignado para la financiación de cada uno de los programas,
proveniente de la C7.I2 del Plan de Recuperación, se gestionará en un porcentaje de
forma autonómica, mediante convenios, convocatorias de ayudas, licitaciones o
cualquier otra modalidad que la Comunidad Autónoma establezca dentro de sus
competencias, y en otro porcentaje de forma centralizada, según el acuerdo alcanzado
por las partes y que se materializaron con la aceptación de los fondos regulados en el
Real Decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de
ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Illes
Balears y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La parte del presupuesto centralizada se gestionará mediante convocatorias u otras
líneas de ayudas que el E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
(IDAE), M.P. llevará a cabo de forma conjunta para ambos archipiélagos o de forma
diferenciada, en función de las actuaciones a desarrollar.
La presente orden permite vehicular los fondos para aquellas actuaciones a gestionar
por parte del IDAE en cuanto a la promoción de actuaciones ligadas a la generación
eléctrica mediante proyectos innovadores que den firmeza al sistema. Por ello,
contribuye al cumplimiento de los objetivos 119 y 120 establecidos en el «Anexo de la
Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España», de fecha 7 de julio de 2021. En concreto,
contribuye al cumplimiento del objetivo 119 de haber apoyado o realizado 500 acciones,
proyectos o programas en el tercer trimestre de 2024. Asimismo, contribuye al
objetivo 120 para alcanzar en el segundo trimestre del 2026 un incremento de, al menos,
180 MW en la capacidad de producción de energía renovable mediante licitaciones de
capacidad renovable en las islas. Además, deberán cumplirse los indicadores 119.1,
informe de progresos del objetivo 119 en el tercer trimestre de 2023, y 120.1,
resoluciones de adjudicación de ayudas a los 180 MW en el cuarto trimestre de 2023, de
acuerdo con lo establecido en el anexo II de las Disposiciones Operativas del Plan de
Recuperación (OA, en sus siglas en inglés), dentro de los paquetes de actuación de la
inversión 2 (I2), Energía sostenible en las islas, de la Componente 7 (C7), Despliegue e
integración de energías renovables.
Los mecanismos de verificación de los objetivos antes citados, incluidos en las
Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación implican, la presentación de los
siguientes documentos:
Para el objetivo 119, un documento de síntesis que justifique debidamente cómo se
cumplió satisfactoriamente el objetivo (incluidos los elementos pertinentes del objetivo,
tal como se enumeran en la descripción del objetivo, y de la medida correspondiente en
el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo). Este documento incluirá como anexo
una hoja de cálculo con los siguientes elementos y documentos de prueba: una lista de
actuaciones, proyectos o programas que incluya respecto a cada uno de ellos: a) un
identificador único, el nombre, el lugar y una breve descripción; b) extracto de las
especificaciones pertinentes de la actuación, proyecto o programa que demuestre la
conformidad con la descripción del objetivo y la inversión que figura en el anexo de la
Decisión de Ejecución del Consejo; y c) el tipo de actuación, proyecto o programa. En el
caso de una decisión de inversión en capital, una lista de los proyectos de inversión que
incluya: a) un documento referente a la decisión de inversión en capital; b) un
identificador único, el nombre, el lugar y una breve descripción del proyecto; c) un
extracto de las especificaciones pertinentes de la decisión de inversión que demuestre la
conformidad con la descripción del objetivo y la inversión en el anexo de la Decisión de

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