III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-10850)
Orden TED/448/2023, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica en las islas, a partir de fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 62419
En cumplimiento de dicho Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, en particular la Comunicación de la Comisión Guía
técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», así
como de lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de
la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, las ayudas reguladas por
esta orden deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al
medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés «Do no Significant Harm») y las
condiciones del etiquetado climático y digital. Ello incluye, el cumplimiento de las
condiciones específicas asignadas, previstas en el Componente 7, así como en su
inversión 2 en la que se enmarca esta orden, tanto en lo referido al principio DNSH,
como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3,
6 y 8 del documento de esta Componente 7 del Plan de Recuperación.
III
Las ayudas reguladas por esta orden serán financiadas con el Mecanismo Europeo
de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en la medida que las
actuaciones contempladas en el programa que se implementa a través de la misma se
encuentren incluidas en el paquete de actuación de la inversión 2 (C7.I2), Energía
sostenible en las islas del Plan de Recuperación. A tal efecto, en la Ley 22/2021, de 28
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 se ha previsto, en
la aplicación presupuestaria 23.50.42GB.74806 «Al IDAE para energía sostenible en las
islas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», crédito presupuestario para el
libramiento de los correspondientes fondos al Instituto para la Diversificación y Ahorro de
Energía (IDAE).
Por ello, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha
procedido a su ejecución conforme a lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria y demás normativa reguladora, habiéndose
reconocido la obligación e instrumentado la correspondiente propuesta de pago,
integrándose el mismo en el patrimonio neto del IDAE, conforme a su normativa contable
reguladora.
Con cargo a la aplicación presupuestaria mencionada anteriormente, están
legalmente afectados a financiar los proyectos o líneas de actuación integrados en el
Plan de Recuperación. En caso de no realizarse el gasto, el IDAE deberá proceder a
reintegrar al Tesoro Público los fondos recibidos que no vayan a destinarse a la finalidad
asignada. Asimismo, con la finalidad de permitir su seguimiento, en la formulación de las
cuentas anuales, en el remanente de tesorería afectado, IDAE distinguirá la parte
afectada destinada a cubrir estas actuaciones.
La inversión C7.I2, «Energía sostenible en las islas» se destina a Illes Balears y
Canarias y tiene por objeto responder a los retos específicos a los que se enfrentan los
sistemas energéticos insulares. Se considera fundamental el refuerzo de firmeza y
gestionabilidad en la generación renovable en los territorios insulares a través del
desarrollo de nuevas instalaciones de generación eléctrica, proyectos singulares y
estrategias para la energía sostenible en las islas. Estas medidas incluyen el
almacenamiento como una de las principales herramientas que permitirán garantizar el
suministro y favorecer la integración de energías renovables en estos sistemas.
También se considera como objetivo prioritario el despliegue de sistemas inteligentes
en redes, que permitan mejorar la monitorización, control y automatización, haciendo
más efectiva la gestión de la demanda y ofreciendo nuevos servicios para los
consumidores.
La C7.I2 del Plan de Recuperación se basa en la expansión del programa «Clean
Energy for EU Island» en todas las islas del territorio español y el desarrollo de proyectos
de «Smart Islands» que favorezcan la introducción y el desarrollo de las energías
cve: BOE-A-2023-10850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 62419
En cumplimiento de dicho Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, en particular la Comunicación de la Comisión Guía
técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», así
como de lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de
la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, las ayudas reguladas por
esta orden deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al
medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés «Do no Significant Harm») y las
condiciones del etiquetado climático y digital. Ello incluye, el cumplimiento de las
condiciones específicas asignadas, previstas en el Componente 7, así como en su
inversión 2 en la que se enmarca esta orden, tanto en lo referido al principio DNSH,
como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3,
6 y 8 del documento de esta Componente 7 del Plan de Recuperación.
III
Las ayudas reguladas por esta orden serán financiadas con el Mecanismo Europeo
de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en la medida que las
actuaciones contempladas en el programa que se implementa a través de la misma se
encuentren incluidas en el paquete de actuación de la inversión 2 (C7.I2), Energía
sostenible en las islas del Plan de Recuperación. A tal efecto, en la Ley 22/2021, de 28
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 se ha previsto, en
la aplicación presupuestaria 23.50.42GB.74806 «Al IDAE para energía sostenible en las
islas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», crédito presupuestario para el
libramiento de los correspondientes fondos al Instituto para la Diversificación y Ahorro de
Energía (IDAE).
Por ello, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha
procedido a su ejecución conforme a lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria y demás normativa reguladora, habiéndose
reconocido la obligación e instrumentado la correspondiente propuesta de pago,
integrándose el mismo en el patrimonio neto del IDAE, conforme a su normativa contable
reguladora.
Con cargo a la aplicación presupuestaria mencionada anteriormente, están
legalmente afectados a financiar los proyectos o líneas de actuación integrados en el
Plan de Recuperación. En caso de no realizarse el gasto, el IDAE deberá proceder a
reintegrar al Tesoro Público los fondos recibidos que no vayan a destinarse a la finalidad
asignada. Asimismo, con la finalidad de permitir su seguimiento, en la formulación de las
cuentas anuales, en el remanente de tesorería afectado, IDAE distinguirá la parte
afectada destinada a cubrir estas actuaciones.
La inversión C7.I2, «Energía sostenible en las islas» se destina a Illes Balears y
Canarias y tiene por objeto responder a los retos específicos a los que se enfrentan los
sistemas energéticos insulares. Se considera fundamental el refuerzo de firmeza y
gestionabilidad en la generación renovable en los territorios insulares a través del
desarrollo de nuevas instalaciones de generación eléctrica, proyectos singulares y
estrategias para la energía sostenible en las islas. Estas medidas incluyen el
almacenamiento como una de las principales herramientas que permitirán garantizar el
suministro y favorecer la integración de energías renovables en estos sistemas.
También se considera como objetivo prioritario el despliegue de sistemas inteligentes
en redes, que permitan mejorar la monitorización, control y automatización, haciendo
más efectiva la gestión de la demanda y ofreciendo nuevos servicios para los
consumidores.
La C7.I2 del Plan de Recuperación se basa en la expansión del programa «Clean
Energy for EU Island» en todas las islas del territorio español y el desarrollo de proyectos
de «Smart Islands» que favorezcan la introducción y el desarrollo de las energías
cve: BOE-A-2023-10850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 107