III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-10850)
Orden TED/448/2023, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica en las islas, a partir de fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de mayo de 2023

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11. Las convocatorias podrán establecer otros requisitos y obligaciones esenciales
adicionales siempre que estén integrados dentro del objeto de la subvención.
12. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en los apartados
anteriores podrá ser causa suficiente para la pérdida del derecho al cobro o reintegro de
la ayuda concedida según la fase procedimental en que se halle la tramitación del
expediente.
13. El IDAE podrá solicitar la cesión de datos para aquellos proyectos que resulten
adjudicatarios de las ayudas reguladas en esta orden, con fines informativos y de
divulgación en web.
CAPÍTULO II
Características de las Ayudas
Artículo 7. Características de las ayudas y régimen de compatibilidad.
1. Las ayudas reguladas por esta orden se otorgarán en régimen de concurrencia
competitiva, como subvención a fondo perdido, de acuerdo con los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación que rigen en la
gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad con lo establecido en el
artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y en su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, las ayudas reguladas
en esta orden no serán compatibles con otras ayudas concedidas, para el mismo coste
de actuación, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos,
nacionales, de la Unión Europea o internacionales.
3. Cuando se soliciten o se obtengan ayudas de otras instituciones o
administraciones públicas para el mismo proyecto, deberá comunicarse al IDAE, de
forma inmediata, para que éste verifique que no se han excedido los límites máximos de
intensidad vigentes en cada convocatoria, de acuerdo con la actividad económica y la
naturaleza jurídica, pública o privada, de la entidad beneficiaria.
4. Las ayudas reguladas en esta orden, en cualquier caso, son incompatibles con la
percepción del régimen retributivo específico regulado en el Real Decreto 413/2014, de 6
de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. A tal efecto, aquellos
beneficiarios que se encontrasen percibiendo el régimen retributivo específico por la
instalación a la que se solicita ayuda para su repotenciación o renovación, deberán
realizar una renuncia expresa a la percepción de dicho régimen para el o los expedientes
administrativos afectados por la actuación que, en su caso, permaneciesen inscritos en
el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación. Esta renuncia se
deberá comunicar al IDAE una vez hayan sido designados como adjudicatarios, y con
anterioridad a la finalización del plazo de aceptación de las ayudas de acuerdo con lo
establecido en el artículo 22.
5. Igualmente, las instalaciones que se acojan a las ayudas reguladas en esta
orden, en ningún caso, podrán concurrir a las subastas reguladas por el «Real
Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de
energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica».
Artículo 8. Régimen de financiación.
1. Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas por esta orden
se realizan con cargo al presupuesto de IDAE previa transferencia desde la aplicación
presupuestaria 23.50.42GB.74806 «Al IDAE para energía sostenible en las islas.
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de

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