III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10773)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Rececho Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Rececho Solar, de 57,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Campo Real (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61943
la Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de
Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación
del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, la Subdirección General de
Producción Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid y la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad
de Madrid, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de octubre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 23 de octubre en el «Boletín Oficial del Estado»
corrección de errores y el 25 de octubre en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Además, se publicó anuncio de información pública en el Diario ABC el 26 de octubre
de 2021 y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Arganda del Rey (del 29 de
octubre de 2021) y Campo Real (el 24 de enero de 2022). Se recibieron alegaciones, las
cuales fueron contestadas por el promotor.
Se ha recibido alegaciones de la Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de
Áridos (ANEFA), donde manifiesta varias afecciones a derechos mineros, comentados
anteriormente. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación y expone el estado
de las negociaciones con los dos titulares de derechos mineros afectados y que ya han
sido resumidas en esta resolución.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Subdirección General
de Dominio Público Hidráulico de la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Infraestructuras del Ministerio de Defensa, a la Oficina Española de Cambio Climático
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección
General de Impacto Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de
Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Salud
Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad
de Madrid, a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de
Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Economía Circular
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid,
a WWF/ADENA, a SEO/BIRDLIFE, al Instituto Internacional de Derecho y Medio
Ambiente (IIDMA), a Ecologistas en Acción, a la Asociación Española para la
Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a la Sociedad Española de
Sanidad Ambiental y al Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat
(GREFA).
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Madrid de la Delegación del
Gobierno en Madrid emitió informe en fecha 1 de julio 2022.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
cve: BOE-A-2023-10773
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61943
la Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de
Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación
del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, la Subdirección General de
Producción Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid y la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad
de Madrid, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de octubre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 23 de octubre en el «Boletín Oficial del Estado»
corrección de errores y el 25 de octubre en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Además, se publicó anuncio de información pública en el Diario ABC el 26 de octubre
de 2021 y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Arganda del Rey (del 29 de
octubre de 2021) y Campo Real (el 24 de enero de 2022). Se recibieron alegaciones, las
cuales fueron contestadas por el promotor.
Se ha recibido alegaciones de la Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de
Áridos (ANEFA), donde manifiesta varias afecciones a derechos mineros, comentados
anteriormente. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación y expone el estado
de las negociaciones con los dos titulares de derechos mineros afectados y que ya han
sido resumidas en esta resolución.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Subdirección General
de Dominio Público Hidráulico de la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Infraestructuras del Ministerio de Defensa, a la Oficina Española de Cambio Climático
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección
General de Impacto Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de
Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Salud
Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad
de Madrid, a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de
Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Economía Circular
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid,
a WWF/ADENA, a SEO/BIRDLIFE, al Instituto Internacional de Derecho y Medio
Ambiente (IIDMA), a Ecologistas en Acción, a la Asociación Española para la
Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a la Sociedad Española de
Sanidad Ambiental y al Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat
(GREFA).
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Madrid de la Delegación del
Gobierno en Madrid emitió informe en fecha 1 de julio 2022.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
cve: BOE-A-2023-10773
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 106