III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10773)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Rececho Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Rececho Solar, de 57,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Campo Real (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 61942

Real, SA, y Morata II, fracción 1.ª, titularidad de Cementos Portland Valderrivas, SA, por
lo que pide acuerdo entre titulares. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual manifiesta su intención de llegar a acuerdos con ambos titulares. En
concreto, después de negociaciones con Cementos Portland Valderrivas, se ha llegado a
acuerdo entre los titulares fechado el 22 de julio de 2022, donde entre otras cláusulas, el
promotor se compromete a modificar varias infraestructuras fuera del alcance de este
expediente para no generar afecciones a Cementos Portland Valderrivas, en particular,
modificaciones a los parques solares Goleta Solar y Cerezo Solar y a la línea de
evacuación Atanzón-Ardoz.
En relación con la afección al derecho minero Morata II, Fracción 2.ª, situada en los
términos municipales de Arganda del Rey y Campo Real cuyo titular es Calizas Campo
Real, el promotor contestó al informe de la Dirección General de Promoción Económica e
Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid
manifestando que se ha decidido realizar una adenda a los proyectos de los PFV
Rececho Solar y PFV Morena Solar en los que se incluye un retranqueo de los mismos,
de tal forma que la implantación queda fuera de la cuadrícula minera por lo que, según el
promotor, no es necesario ningún acuerdo. Por otro lado, en el trámite de información
pública, se ha recibido alegaciones de Calizas de Campo Real, S.A., donde manifiesta
que el proyecto afecta a dicha cuadricula minera. Se ha dado traslado al promotor de
dicha alegación, que contesta manifestando que se ha desafectado la cuadrícula
correspondiente a la explotación minera propiedad de Caliza Campo Real, SA, mediante
la adenda al proyecto que además adjuntan a la respuesta.
Posteriormente, el mismo alegante envía respuesta al promotor en donde muestra
oposición tras las rectificaciones de perímetro del proyecto, ya que, según comenta en
esta alegación, las mismas no excluyen de la expropiación numerosas parcelas incluidas
en la concesión y sus prórrogas, ni las demasías de las mismas, solicitadas y posibles,
según los planos y documentos adjuntos. Pide que se rectifiquen los proyectos
presentados respetando íntegramente las parcelas relacionadas en los documentos que
adjuntan. Se ha dado traslado de la segunda alegación al promotor, que contesta
describiendo la completa desafectación de la cuadrícula minera de la que es objeto la
concesión cuyo titular es el alegante. En las adendas de los proyectos posteriores a la
información pública, la PFV Rececho Solar fue retranqueada para no afectar a dicha
área. Asimismo, se modificaron los proyectos del PFV Morena Solar y las líneas
subterráneas a 30 kV que forman parte de la infraestructura de evacuación de los PFV
Mástil Solar y Driza Solar, todos ellos fuera del alcance de este expediente (PFot-189,
PFot-190 y PFot-206). También recoge en su contestación que las demasías y la
segunda prórroga solicitada no son derechos que el alegante sea titular y que puedan
suponer un límite a la Declaración de Utilidad Pública de los proyectos. Concluye
manifestando que se está respetando el derecho del que el alegante es titular y reitera
su voluntad de llegar a un acuerdo con Calizas Campo Real, SA.
Se ha recibido contestación de UFD (Grupo Naturgy), en el que señala las
afecciones a infraestructuras de su titularidad. En concreto, la planta fotovoltaica
Rececho Solar tiene afecciones a las siguientes infraestructuras: LAMT 15KV DC
PRE7061569 PRE7061510, LAMT 15KV PRE7061530, PRE7061558, PRE7061531,
PRE7061561, CTs particulares 28PLN9 y 28PSDDC., LAMT 11200958 YY6314, Secc.
28CSD y a la línea 45 kV Loeches-Perales. Además, la infraestructura de evacuación de
Rececho Solar hasta la SET Rececho afecta a la línea 45 kV Loeches-Perales en varios
puntos. Es necesario justificar el cumplimiento de las distancias reglamentarias tanto en
planta como en perfil. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
manifiesta su conformidad con los requerimientos técnicos y que la información detallada
será remitida una vez se consolide el proyecto de ejecución de obra, para la obtención
de los debidos permisos por parte de UFD.
Preguntados la Dirección General de Urbanismo, de la Consejería de Medio
Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid,
Ayuntamiento de Campo Real, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Iberdrola,

cve: BOE-A-2023-10773
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