I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Equidad territorial. (BOE-A-2023-10641)
Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 61446
desarrollo de sistemas o proyectos tecnológicos de ahorro del consumo energético y de
reducción del uso de energías fósiles a escala local.
Además, se complementarán con medidas que faciliten la formación, la divulgación y
el acceso a las oportunidades que ofrece la transición energética, tanto de las empresas
como de las personas, especialmente entre personas mayores o colectivos en riesgo de
exclusión.
2. Se apoyará a las entidades locales de los municipios en riesgo de despoblación,
para la implantación de sistemas de ahorro y eficiencia en el consumo energético en las
instalaciones y edificios públicos, para la sustitución del consumo público y privado de
energías no renovables, y para la instalación de puntos de recarga para vehículos
eléctricos; favoreciendo preferentemente aquellos proyectos y la prestación de servicios
que tengan carácter supramunicipal o mancomunado.
Artículo 40.
Eficiencia en el consumo de agua.
La Generalitat, en el ámbito de sus competencias en materia de recursos hídricos,
promoverá objetivos de ahorro y eficiencia en el uso del agua, incluyendo medidas que
tengan por finalidad:
a) Impulsar una red de infraestructuras básicas de calidad teniendo en cuenta los
principios de eficacia y eficiencia, que garantice el acceso de la población de los
municipios en riesgo de despoblamiento a un servicio de abastecimiento de agua de
calidad para el consumo humano y la actividad económica, así como el saneamiento y la
depuración de las aguas residuales, introduciendo sistemas proporcionados y adecuados
al número de habitantes del núcleo, considerando asimismo los posibles incrementos
estacionales de la población.
b) La implantación y la ejecución de planes de gestión integral de recursos hídricos
por zonas rurales o mancomunidades de municipios, garantizando la disponibilidad para
el consumo en poblaciones.
c) El uso eficaz y eficiente del agua para regadíos, concediendo prioridad a las
actuaciones de modernización ligadas al ahorro de agua, a la eficiencia en el uso
energético y al empleo de energías renovables, sin perjuicio del mantenimiento y apoyo
a la conservación de los sistemas de regadío tradicional cuyos valores culturales
justifiquen el mantenimiento de los mismos.
Innovación y tecnología.
1. La Generalitat, en colaboración con las universidades públicas valencianas y sus
centros de investigación y la Agencia Valenciana de Innovación, impulsará de forma
específica la generación y transferencia de conocimiento ligado al tejido socio-económico
y territorial de los municipios en riesgo de despoblamiento, a través de líneas de ayuda y
de financiación dirigidas al desarrollo de un ecosistema de I+D+i que actúe de elemento
tractor del tejido socioeconómico existente, así como de la diversificación de las
actividades tanto en sectores tradicionales como emergentes.
2. Se fomentará que la actividad investigadora ofrezca una respuesta adecuada y
permanente a los retos científicos, tecnológicos, económicos y sociales del territorio, y
transfiera soluciones prácticas, innovadoras y eficientes, que impulsen las actividades
económicas y la creación de empleo en los municipios en riesgo de despoblamiento, que
sean un factor de atracción de talento e inversiones, que mejoren la calidad de vida de
las personas residentes en estos municipios y contribuyan a la conservación de los
recursos naturales y la adaptación y lucha contra el cambio climático.
3. Se fomentará la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica
en los municipios en riesgo de despoblamiento, y líneas de ayuda dirigidas a las
entidades locales para impulsar y reforzar los planes locales de innovación en estos
municipios. Se favorecerán las iniciativas de carácter municipal y mancomunado, para
cve: BOE-A-2023-10641
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 41.
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 61446
desarrollo de sistemas o proyectos tecnológicos de ahorro del consumo energético y de
reducción del uso de energías fósiles a escala local.
Además, se complementarán con medidas que faciliten la formación, la divulgación y
el acceso a las oportunidades que ofrece la transición energética, tanto de las empresas
como de las personas, especialmente entre personas mayores o colectivos en riesgo de
exclusión.
2. Se apoyará a las entidades locales de los municipios en riesgo de despoblación,
para la implantación de sistemas de ahorro y eficiencia en el consumo energético en las
instalaciones y edificios públicos, para la sustitución del consumo público y privado de
energías no renovables, y para la instalación de puntos de recarga para vehículos
eléctricos; favoreciendo preferentemente aquellos proyectos y la prestación de servicios
que tengan carácter supramunicipal o mancomunado.
Artículo 40.
Eficiencia en el consumo de agua.
La Generalitat, en el ámbito de sus competencias en materia de recursos hídricos,
promoverá objetivos de ahorro y eficiencia en el uso del agua, incluyendo medidas que
tengan por finalidad:
a) Impulsar una red de infraestructuras básicas de calidad teniendo en cuenta los
principios de eficacia y eficiencia, que garantice el acceso de la población de los
municipios en riesgo de despoblamiento a un servicio de abastecimiento de agua de
calidad para el consumo humano y la actividad económica, así como el saneamiento y la
depuración de las aguas residuales, introduciendo sistemas proporcionados y adecuados
al número de habitantes del núcleo, considerando asimismo los posibles incrementos
estacionales de la población.
b) La implantación y la ejecución de planes de gestión integral de recursos hídricos
por zonas rurales o mancomunidades de municipios, garantizando la disponibilidad para
el consumo en poblaciones.
c) El uso eficaz y eficiente del agua para regadíos, concediendo prioridad a las
actuaciones de modernización ligadas al ahorro de agua, a la eficiencia en el uso
energético y al empleo de energías renovables, sin perjuicio del mantenimiento y apoyo
a la conservación de los sistemas de regadío tradicional cuyos valores culturales
justifiquen el mantenimiento de los mismos.
Innovación y tecnología.
1. La Generalitat, en colaboración con las universidades públicas valencianas y sus
centros de investigación y la Agencia Valenciana de Innovación, impulsará de forma
específica la generación y transferencia de conocimiento ligado al tejido socio-económico
y territorial de los municipios en riesgo de despoblamiento, a través de líneas de ayuda y
de financiación dirigidas al desarrollo de un ecosistema de I+D+i que actúe de elemento
tractor del tejido socioeconómico existente, así como de la diversificación de las
actividades tanto en sectores tradicionales como emergentes.
2. Se fomentará que la actividad investigadora ofrezca una respuesta adecuada y
permanente a los retos científicos, tecnológicos, económicos y sociales del territorio, y
transfiera soluciones prácticas, innovadoras y eficientes, que impulsen las actividades
económicas y la creación de empleo en los municipios en riesgo de despoblamiento, que
sean un factor de atracción de talento e inversiones, que mejoren la calidad de vida de
las personas residentes en estos municipios y contribuyan a la conservación de los
recursos naturales y la adaptación y lucha contra el cambio climático.
3. Se fomentará la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica
en los municipios en riesgo de despoblamiento, y líneas de ayuda dirigidas a las
entidades locales para impulsar y reforzar los planes locales de innovación en estos
municipios. Se favorecerán las iniciativas de carácter municipal y mancomunado, para
cve: BOE-A-2023-10641
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Artículo 41.