I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Equidad territorial. (BOE-A-2023-10641)
Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 61440

La conselleria competente en materia de hacienda propondrá las medidas de
fiscalidad diferenciada a favor de los municipios en riesgo de despoblamiento, en
colaboración con el órgano del Consell competente en materia de políticas contra el
despoblamiento. Conjuntamente, realizarán una evaluación periódica de los efectos
económicos y territoriales de la medida de fiscalidad diferenciada, que se incluirá en el
informe de seguimiento estratégico previsto en el artículo 7.
2. A través del Instituto Valenciano de Finanzas, se diseñarán y ofrecerán
instrumentos financieros y mecanismos específicos que permitan facilitar el acceso a la
financiación, mediante programas de préstamos, avales o subvenciones, dirigidos a las
iniciativas empresariales, sociales, medioambientales y culturales a desarrollar en los
municipios en riesgo de despoblamiento.
Artículo 33. Reactivación y diversificación de la actividad económica.
1. La Generalitat, en el ámbito de sus competencias, promoverá e incentivará la
reactivación y la diversificación económica en los municipios en riesgo de
despoblamiento, impulsando las iniciativas empresariales de base local, de la economía
social y el cooperativismo, tanto en sectores tradicionales como en sectores emergentes
y tecnológicos, con un enfoque territorial, participativo, sostenible, innovador e inclusivo.
2. Las consellerias competentes podrán aplicar mecanismos de priorización o de
discriminación positiva en sus programas de inversión o convocatorias, con el fin de
favorecer aquellas actividades que generen actividad económica y empleo, y que
contribuyan a fijar población y a mejorar la calidad de vida de las personas residentes en
los municipios en riesgo de despoblamiento, sin perjuicio de lo dispuesto por la
Ley 19/2018, de 13 de julio, de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios.
Se favorecerá la simplificación en la tramitación de iniciativas empresariales en el
ámbito municipal y comarcal; y la promoción de los emplazamientos disponibles en los
municipios en riesgo de despoblamiento mediante nuevas herramientas de colaboración
interadministrativa que permita su identificación, promoción y dinamización.
En particular, se priorizarán proyectos relacionados con la transición digital, la
transición energética, el turismo sostenible, la conservación y la gestión de los valores
naturales y del patrimonio cultural y arquitectónico, la recuperación de oficios y saberes
tradicionales, las producciones agrarias de calidad, los servicios personales, el comercio
local, la agroindustria artesanal, la gestión forestal sostenible, la creación de nuevos
circuitos de abastecimiento y comercialización –en especial los de proximidad– los
cuidados y la atención a las personas, y aquellas actividades que aporten valor añadido
en áreas como la promoción de la inclusión social, la igualdad y la conciliación en el
ámbito laboral o la corresponsabilidad.
3. Se diseñarán programas específicos de apoyo a la digitalización de las pymes y
personas empresarias autónomas que desarrollen actividades económicas en los
municipios en riesgo de despoblamiento, y se potenciará el uso de las nuevas
tecnologías para la transformación y comercialización de los productos derivados de
estas actividades, que aumenten su valor añadido y faciliten el acceso a los mercados, y
atraigan inversión local e internacional.
4. Se adoptarán medidas para la mejora y la extensión de la red de asesoramiento
y tutorización a personas emprendedoras, con especial atención al emprendimiento
colectivo, a la economía social y a los proyectos impulsados por mujeres y jóvenes.
5. Se incentivará la colaboración entre gobiernos locales, mediante las fórmulas
asociativas, mancomunadas o aquellas que prevea la legislación, con el fin de ganar
dimensión para presentar proyectos comunes a convocatorias de ayudas y financiación,
así como incentivar el establecimiento de empresas en sus comarcas.
6. Se fomentará la responsabilidad social y la sostenibilidad de las iniciativas
económicas y empresariales, con especial atención a las alianzas y acuerdos entre
agentes sociales y administraciones. Entre otras medidas, mediante la generación y
difusión de información no financiera entre las pymes y las personas empresarias
autónomas, ubicadas en municipios en riesgo de despoblamiento, a través de las

cve: BOE-A-2023-10641
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Núm. 105