I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Equidad territorial. (BOE-A-2023-10641)
Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Miércoles 3 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 61431

e) Facilitar el acceso a un recurso de atención residencial, a menos de 20
kilómetros de su hogar, para que las personas mayores puedan permanecer en su
entorno y evitar el desarraigo, incluyendo criterios de preferencia para la adjudicación de
plazas en dichas zonas.
f) Activar otros tipos de residencia o convivencia en el ámbito rural para las
personas mayores que tengan dificultades para permanecer en su domicilio o carecen de
este o no reúne las condiciones básicas de habitabilidad o accesibilidad, como son las
viviendas tuteladas o colaborativas, las pequeñas unidades de convivencia, o las familias
acogedoras o alojamiento alternativo.
g) Impulsar los centros de Mujer Rural como organismos facilitadores de
herramientas a las mujeres mayores para la formación, la identificación y la prevención
de la violencia de género, garantizando la atención integral y una atención cercana y de
proximidad.
5. Se promoverá la atención a las personas con discapacidad en los municipios en
riesgo de despoblamiento mediante las siguientes actuaciones:

6. Se fomentarán proyectos de inclusión social de ámbito local o supramunicipal
para atender las necesidades específicas de las personas o colectivos con carencias o
con vulnerabilidad social. Se promoverá la realización de proyectos de intervención
social o comunitaria, así como actuaciones de apoyo integrales, facilitando de manera
coordinada la atención social, la educación, el acceso a la vivienda y la información y la
orientación para el empleo, y a las prestaciones como la Renta Valenciana de Inclusión y
sus correspondientes itinerarios de inclusión social que favorezcan la inclusión social de
las personas destinatarias.
7. El Observatorio del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales estudiará
la situación de los municipios en riesgo de despoblamiento, en atención a sus
condiciones sociodemográficas y territoriales, para proporcionar análisis y datos que
mejoren las políticas públicas en materia de derechos y garantías de acceso a los
servicios sociales inclusivos y, en particular, respecto de las personas mayores, la
soledad, la inclusión social de personas vulnerables, la perspectiva de género y la
promoción de la infancia y la adolescencia.
8. La conselleria competente utilizará el recurso a la figura de los contratos
programa en colaboración con las entidades locales y municipales, para garantizar la
prestación de la atención primaria básica y específica en los municipios en riesgo de
despoblamiento, y promover la estabilidad y la profesionalización de las personas que
trabajan en dichos servicios.
Artículo 20.

Acceso a los servicios de justicia próxima.

1. La Generalitat garantizará el acceso de la ciudadanía a la justicia, tanto desde el
punto de vista de sus derechos, como de su ejercicio. Para ello reducirá la brecha digital
incorporando los Juzgados de Paz a la red del sistema de gestión procesal de la
jurisdicción, y la brecha territorial acercando los servicios públicos de justicia a la
ciudadanía, con independencia del lugar en el que se habite.

cve: BOE-A-2023-10641
Verificable en https://www.boe.es

a) Fomentar la atención en los entornos más inmediatos mediante programas de
apoyo a familias, la atención en entornos naturales o la itinerancia de servicios.
b) Promover la accesibilidad a los servicios a través del uso de las nuevas
tecnologías de la información, la teleasistencia y dispositivos para la geolocalización,
alertas de riesgo en el hogar, terminales adaptados y comunicación accesible.
c) Adoptar medidas para facilitar la accesibilidad en la vivienda habitual y la
adaptación de los hogares a las necesidades de las personas con diversidad funcional.
d) Favorecer los proyectos de economía social orientados a la empleabilidad de
personas con discapacidad en actividades económicas desarrolladas en los municipios
en riesgo de despoblamiento.