I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Equidad territorial. (BOE-A-2023-10641)
Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Miércoles 3 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 61428

g) Favorecer la formación de personas adultas, así como las enseñanzas de
régimen especial, protegiendo, en particular, la enseñanza artística no formal de música
y de artes escénicas como modelo educativo de formación a lo largo de la vida, abierto a
toda la ciudadanía, que se ofrece desde escuelas específicas de ámbito local o
supramunicipal, de titularidad municipal o de titularidad de entidades no lucrativas.
h) Favorecer la calidad y el carácter inclusivo de los recursos de educación
infantil 0-3, avanzar en su universalización y gratuidad y promover una dotación
suficiente de plazas y recursos para hacer efectivas las posibilidades de acceso,
permanencia y promoción de la población infantil en esta etapa educativa,
preferentemente en centros públicos, facilitando la conciliación.
i) Consolidar y fomentar la participación en actividades extraescolares y de ocio
educativo, como complemento de la educación curricular y aspecto esencial en el ámbito
de la educación no formal; mejorar las infraestructuras educativas, deportivas y
tecnológicas vinculadas, promoviendo el uso de estos espacios para hacer actividades
extraescolares y de ocio educativo, y propiciar servicios itinerantes de actividades
extraescolares y de ocio educativo para garantizar que lleguen a todos los municipios.
j) Promover acciones educativas que contribuyan a difundir la realidad y los valores
del medio rural, dignificando los oficios y las profesiones tradicionales, fomentando el
tratamiento de esta materia en las aulas, incluyendo en todo caso una visión con
perspectiva de género y acciones que impulsen la generación de referentes para las
nuevas generaciones.
k) Desarrollar y garantizar acciones y medidas educativas dirigidas al alumnado
rural que pongan en valor y fomenten el uso social del valenciano como eje cultural
vertebrador y como base del logro de unas competencias plurilingües que permitan su
integración como ciudadanos y ciudadanas de pleno derecho en una sociedad
multilingüe y multicultural.

a) Despoblamiento en la Comunitat Valenciana, características e implicaciones.
b) Igualdad de género, respecto a la diversidad y corresponsabilidad.
c) Valoración positiva del proceso de envejecimiento y de las personas mayores.
d) Refuerzo de las relaciones intergeneracionales.
e) Inclusión de personas migrantes.
f) Atención a la problemática específica de la juventud en el entorno rural.
g) Aprovechamiento de los recursos del entorno para la orientación profesional del
alumnado.
h) La transición ecológica, el cambio climático y la conservación de la biodiversidad.
Artículo 17.

Medidas relativas a la formación profesional.

1. En la planificación de la oferta de formación profesional se tendrá en cuenta las
necesidades del tejido productivo de la Comunitat Valenciana, y que, particularmente,

cve: BOE-A-2023-10641
Verificable en https://www.boe.es

2. La administración autonómica, en colaboración con las administraciones locales,
desarrollarán una red de comedores escolares, y aulas matutinas adaptadas a la
realidad de los municipios en riesgo de despoblamiento, y también deberá posibilitar una
oferta educativa complementaria en periodos estivales y no lectivos.
Para tal fin, la Generalitat deberá articular mecanismos de financiación y apoyo
técnico a las entidades locales que acompañen a esta colaboración para la adecuada
prestación de estos servicios.
3. En el marco de las competencias de la Generalitat, la conselleria competente en
materia educativa deberá incorporar contenidos formativos en relación con el reto
demográfico y que contribuyan a poner en valor las oportunidades y los recursos de los
municipios del interior de la Comunitat Valenciana, favoreciendo las redes de intercambio
de experiencias y la colaboración entre centros y personal docente.
A este efecto, deberá elaborar materiales y desarrollar programas de formación del
profesorado, entre otras, en las siguientes materias: