I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Participación ciudadana. (BOE-A-2023-10640)
Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Miércoles 3 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 61402

7. Los centros educativos de la Generalitat son espacios públicos que se abrirán a
la ciudadanía para la interacción cultural y cívica. Para ello, los centros establecerán, en
sus normas de organización y funcionamiento, unos horarios y unas normas de uso de
ciertos espacios de los mismos centros para poder ser utilizados como centros cívicos y
de reunión para los sujetos establecidos en el artículo 5.3 de esta ley, para su uso como
estructuras de participación, espacios de debate e intercambio propositivo, de acuerdo
con el procedimiento que determine la conselleria competente en materia de educación,
en la regulación de la organización y el funcionamiento de los centros educativos
públicos.
8. Se promoverá la participación ciudadana en el ámbito de la enseñanza no formal
(escuelas de formación permanente de adultos, etc.), fomentando la inclusión de las
personas vulnerables o en riesgo de exclusión que hayan salido del sistema formativo
formal.
9. Para alcanzar los objetivos de esta ley, las consellerias competentes en materia
de educación, participación ciudadana, juventud, infancia y adolescencia, acción
comunitaria y barrios inclusivos, igualdad y diversidad se coordinarán y colaborarán
estrechamente para promocionar la cultura participativa y la democracia deliberativa en
la ciudadanía.
Artículo 37.

Red de Gobernanza Participativa de la Comunitat Valenciana.

1. La Red de Gobernanza Participativa de la Comunitat Valenciana es un espacio
de cooperación y colaboración entre la Generalitat y los entes locales de la Comunitat
que tengan entre sus compromisos la promoción y desarrollo, en el ámbito de sus
competencias, de una gobernanza participativa.
2. Los entes locales se adherirán a la Red de Gobernanza Participativa mediante
un acuerdo de adhesión del pleno por el que se comprometerán a subscribir el decálogo
de acciones previstas en la carta de adhesión, articuladas en el entorno de los ejes que
definen una gobernanza participativa.
3. La Generalitat, a través del departamento competente en materia de
participación ciudadana, impulsará instrumentos de colaboración con las entidades
locales valencianas pertenecientes a la Red de Gobernanza Participativa para el fomento
y desarrollo de la participación ciudadana en su ámbito territorial y competencial.

1. La Generalitat promoverá la colaboración con las universidades, especialmente
con las entidades contempladas en el artículo 5.3, el movimiento asociativo, y con otras
administraciones públicas con el fin de fomentar la investigación en materia de
participación ciudadana. La Generalitat tomará las medidas necesarias para la creación
de nuevas experiencias participativas en el territorio de la Comunidad Valenciana,
mediante la creación de nuevos mecanismos, espacios y foros específicos para este fin.
2. La Generalitat incentivará la innovación ciudadana a través de la puesta en
marcha de laboratorios ciudadanos, entendidos como espacios para la deliberación y
cocreación de propuestas que permitan afrontar los retos sociales a los que se enfrenta
la población mediante métodos de innovación colaborativa. Los laboratorios ciudadanos
serán herramientas de inclusión social orientados a diseñar iniciativas de políticas
sostenibles que fomenten y refuercen la cultura de la participación ciudadana, generando
lazos sociales que permitan no solo impulsar el desarrollo del capital social, sino también
construir comunidad.
3. Se fomentará la implantación de las medidas de innovación en los diferentes
territorios de la Comunitat, teniendo en cuenta las características específicas de cada
uno. Para ello, la Generalitat dispondrá los medios necesarios de colaboración con otras
entidades públicas o privadas para llevar a cabo la implantación.

cve: BOE-A-2023-10640
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 38. Fomento de la investigación y la innovación en materia de participación
ciudadana.