III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-10632)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se encomienda la gestión de infraestructuras hidráulicas declaradas de interés general para la derivación de recursos del acueducto Tajo-Segura a la cuenca del Guadiana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Martes 2 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61247
Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha deberá abonar las tarifas
previstas en la resolución de 29 de julio de 2021, de la Dirección General del Agua, por
la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2021, sobre
aprobación de las nuevas tarifas para aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.
4. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será responsable frente al
estado y/o frente a terceros de los perjuicios que puedan causarse por el incorrecto uso y
disfrute de los inmuebles e instalaciones cuya gestión se le encomienda o por el ejercicio
de la actividad que en las mismas se desarrolle. Será igualmente responsable por los
perjuicios que para el Estado o terceros puedan derivarse por las modificaciones
introducidas en la infraestructura o sus sistemas de explotación, sin previa autorización.
5. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha queda igualmente obligada a
obtener las licencias y permisos que fueran necesarios para el desarrollo de la actividad
encomendada y cumplir con los requisitos exigidos por la legislación estatal y/o
autonómica relativos a la misma.
Octava.
Comisión Mixta de Seguimiento.
Se establece una Comisión Mixta de Seguimiento que estará compuesta por un
número igual de representantes de cada una de las partes firmantes del presente
convenio. Estos representantes serán por parte del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico la persona titular de la Subdirección Adjunta de la
Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras, por parte de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, la persona titular de la Dirección Técnica
y por parte de la Junta de Comunidades la personal titular de la Dirección Técnica de
Infraestructuras del Agua y el Coordinador/a de la administración hidráulica de la
Agencia del Agua de Castilla-La Mancha.
La designación de los miembros y la sesión constitutiva de la comisión se realizarán
en los tres meses posteriores a la entrada en vigor del convenio. La comisión deberá
reunirse al menos una vez al año y cuantas veces sea necesario, a petición de
cualquiera de las partes, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la encomienda, y de cada una de sus
sesiones se levantará un acta donde figurarán los resultados de las mismas.
Novena.
Régimen jurídico.
Y en prueba de conformidad se firma el presente convenio de encomienda de gestión
en el lugar y fecha de la firma electrónica.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Alfonso Morán
Fernández.–Por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, el Presidente, Samuel
Moraleda Ludeña.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejero de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo.
cve: BOE-A-2023-10632
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio instrumenta una encomienda de gestión de las previstas en el
artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo naturaleza administrativa, y se
regirá por su propio contenido y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de las
demás normas legales y reglamentarias vigentes.
Las controversias que puedan surgir en la interpretación de lo acordado en el
presente convenio de encomienda de gestión, o de las normas aplicables al mismo que
no pudieran solucionarse en el seno de la Comisión de Seguimiento, serán resueltas por
mutuo acuerdo entre las partes. En su defecto las posibles cuestiones litigiosas se
dirimirán ante los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa,
con arreglo a lo regulado en su Ley de Jurisdicción.
Núm. 104
Martes 2 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61247
Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha deberá abonar las tarifas
previstas en la resolución de 29 de julio de 2021, de la Dirección General del Agua, por
la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2021, sobre
aprobación de las nuevas tarifas para aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.
4. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será responsable frente al
estado y/o frente a terceros de los perjuicios que puedan causarse por el incorrecto uso y
disfrute de los inmuebles e instalaciones cuya gestión se le encomienda o por el ejercicio
de la actividad que en las mismas se desarrolle. Será igualmente responsable por los
perjuicios que para el Estado o terceros puedan derivarse por las modificaciones
introducidas en la infraestructura o sus sistemas de explotación, sin previa autorización.
5. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha queda igualmente obligada a
obtener las licencias y permisos que fueran necesarios para el desarrollo de la actividad
encomendada y cumplir con los requisitos exigidos por la legislación estatal y/o
autonómica relativos a la misma.
Octava.
Comisión Mixta de Seguimiento.
Se establece una Comisión Mixta de Seguimiento que estará compuesta por un
número igual de representantes de cada una de las partes firmantes del presente
convenio. Estos representantes serán por parte del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico la persona titular de la Subdirección Adjunta de la
Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras, por parte de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, la persona titular de la Dirección Técnica
y por parte de la Junta de Comunidades la personal titular de la Dirección Técnica de
Infraestructuras del Agua y el Coordinador/a de la administración hidráulica de la
Agencia del Agua de Castilla-La Mancha.
La designación de los miembros y la sesión constitutiva de la comisión se realizarán
en los tres meses posteriores a la entrada en vigor del convenio. La comisión deberá
reunirse al menos una vez al año y cuantas veces sea necesario, a petición de
cualquiera de las partes, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la encomienda, y de cada una de sus
sesiones se levantará un acta donde figurarán los resultados de las mismas.
Novena.
Régimen jurídico.
Y en prueba de conformidad se firma el presente convenio de encomienda de gestión
en el lugar y fecha de la firma electrónica.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Alfonso Morán
Fernández.–Por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, el Presidente, Samuel
Moraleda Ludeña.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejero de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo.
cve: BOE-A-2023-10632
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio instrumenta una encomienda de gestión de las previstas en el
artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo naturaleza administrativa, y se
regirá por su propio contenido y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de las
demás normas legales y reglamentarias vigentes.
Las controversias que puedan surgir en la interpretación de lo acordado en el
presente convenio de encomienda de gestión, o de las normas aplicables al mismo que
no pudieran solucionarse en el seno de la Comisión de Seguimiento, serán resueltas por
mutuo acuerdo entre las partes. En su defecto las posibles cuestiones litigiosas se
dirimirán ante los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa,
con arreglo a lo regulado en su Ley de Jurisdicción.