III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-10554)
Resolución de 22 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo "Madrid Salud" y Deltalab, SL, para el desarrollo de un estudio de usabilidad de un kit de auto-toma de muestras para el diagnóstico de infecciones de transmisión sexual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60991

Los datos e informes obtenidos durante la realización del Proyecto, así como los
resultados contenidos en los informes, parciales o finales, tendrán carácter estrictamente
confidencial para el Centro de Diagnóstico Médico y el Equipo de Investigación, salvo
acuerdo expreso de Deltalab, SL. Asimismo, el Centro de Diagnóstico Médico y el
Equipo de Investigación se comprometerán a trabajar para que todas las personas que
participen en la ejecución del Proyecto, tanto durante su vigencia como tras su
terminación por cualquier causa, respeten la obligación contenida en esta cláusula.
Los datos e informes obtenidos durante la realización del Proyecto, así como de los
resultados contenidos en los informes parciales o finales del mismo, podrán ser
difundidos por Deltalab, SL, por cualquier medio, en parte o en su totalidad.
Por su parte, la DCVIHT podrá hacer uso de las informaciones y resultados
obtenidos en la realización del Proyecto, con la finalidad de realizar su difusión en
revistas científicas de reconocido prestigio, así como en jornadas, congresos y eventos
científicos nacionales e internacionales, así como en la promoción de la utilización del
«Kit de auto-muestras para ITS» como parte de las líneas de actuación en materia de
salud pública comprendidas en el Plan de Prevención y Control de la infección por VIH y
otras ITS 2021 – 2030 de la DCVIHT, dando difusión de la participación de Madrid Salud
del Ayuntamiento de Madrid, a través de su Centro de Diagnóstico Médico.
Derechos de propiedad intelectual e industrial.

Todos los derechos de propiedad intelectual o industrial y know-how, pertenecientes
a cada una de las partes al inicio de este convenio seguirán siendo propiedad de la parte
titular de estos derechos al inicio del Proyecto.
La presente colaboración se encarga, y se lleva a término, bajo la iniciativa de la
DCVIHT y Deltalab, SL, quienes serán los únicos que podrán proceder, bajo su nombre,
a la edición y divulgación, por cualquier medio, de los resultados del Proyecto.
Se considerarán resultados del Proyecto aquellas informaciones o conclusiones
realizadas por el Centro de Diagnóstico Médico y/o que hayan sido identificadas como
resultado del estudio en los informes entregados a la DCVIHT y a Deltalab, SL.
La titularidad de los derechos sobre los resultados obtenidos en el estudio de
usabilidad pertenecerá a la DCVIHT y a Deltalab, SL.
Los derechos de propiedad intelectual sobre el producto sometido al estudio serán
propiedad de Deltalab, SL, ya que se trata de una obra colectiva en el sentido y con los
efectos del artículo 8 de la Ley de Propiedad Intelectual, cuyo texto refundido fue
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, correspondiendo a
los/las investigadores/as, que hayan participado en la creación de la obra, todos los
derechos morales de la propiedad intelectual, y en especial el de ser reconocidos como
autores/as de la obra.
Los derechos de autor sobre los resultados finales del Proyecto se entenderán
independientes, compatibles y acumulables con otros derechos de propiedad industrial
que nazcan de los resultados obtenidos y su titularidad (la de los derechos de autor
sobre los resultados finales del Proyecto), corresponderá al Ministerio de Sanidad con
base en el artículo 121.4 de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, y a Deltalab, SL.
No obstante, el Ministerio de Sanidad y Madrid Salud reconocen que la titularidad de
tales derechos, (los de propiedad industrial sobre los productos que puedan surgir de los
resultados obtenidos con el Proyecto) corresponden a Deltalab, SL, pudiendo aparecer
como inventores/as aquellos/as investigadores/as del Equipo de Investigación cuya
aportación científica sea relevante.
En consecuencia, Deltalab, SL, será titular de los derechos de propiedad industrial y
patentes que se deriven del desarrollo del Proyecto, pudiendo obtener en su nombre el
registro de tales derechos.
Será el Ministerio de Sanidad quien se responsabilizará, una vez que el convenio
adquiera eficacia, de recabar por parte del Equipo investigador los compromisos

cve: BOE-A-2023-10554
Verificable en https://www.boe.es

Novena.