III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-10548)
Resolución de 21 de abril de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la promoción de programación cultural de especial relevancia para la ciudad mediante la disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60955

farola, su número y duración que hayan sido comunicadas a la Comisión según dispone
la cláusula segunda.
La comisión de seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen
jurídico, respecto de lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo
dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los acuerdos de la comisión de seguimiento serán adoptados de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Transparencia y protección de datos.
El presente convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Cualquier tratamiento sobre los datos personales que las partes puedan abordar en
el desarrollo de este convenio se someterá a la normativa de protección de datos
personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018,de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Novena.

Vigencia y modificación.

Décima. Extinción del convenio y efectos.
El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución del presente convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado su
prórroga.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

cve: BOE-A-2023-10548
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene una duración inicial de cuatro (4) años y tendrá efectos a
partir de que, una vez firmado, se inscriba en el plazo de cinco (5) días desde su
formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en
el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público. El Museo se compromete a informar a las otras partes de estos hechos tan
pronto ocurran.
No obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los
firmantes del convenio podrán acordar unánimemente y por escrito su prórroga por un
periodo adicional de cuatro (4) años, siguiendo al efecto los requisitos de autorización
previa exigido en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y el apartado 9 2 de las Directrices de Actividad Convencional del Ayuntamiento
de Madrid de 11 de mayo de 2017.
No consta la existencia de otros convenios que puedan verse afectados como
consecuencia de la aprobación del presente convenio.
El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes
en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos de este
deberá ser hecha por escrito, mediante la elaboración de la correspondiente adenda, y
firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, conforme al
artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público. Las modificaciones serán tramitadas conforme a lo previsto en el artículo 50 de
la citada ley.