III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-10548)
Resolución de 21 de abril de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la promoción de programación cultural de especial relevancia para la ciudad mediante la disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60952

destino cultural nacional e internacional y contribuyendo a hacer de Madrid un
prometedor referente mundial artístico y cultural.
Sexto.
Estos intereses comunes facultarán una eficiente difusión de esta actividad cultural,
motivo por el que se estima conveniente desarrollar una relación de colaboración eficaz
que facilite el logro de sus objetivos a través de la realización de actividades conjuntas
dirigidas la promoción y difusión de eventos culturales de especial interés para la ciudad
de Madrid
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo
a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre los firmantes para
la cesión por el Ayuntamiento de Madrid, durante el tiempo que se determine para cada
actividad, de circuitos de publicidad exterior en formato banderolas de farola, con la
finalidad de promocionar la programación cultural del Museo del Prado y de
complementar la oferta cultural del Ayuntamiento de Madrid. No son objeto del presente
convenio otros formatos publicitarios, salvo caso de evento de especial relevancia.
Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid.

– Colaborar en la difusión de las distintas exposiciones que organice el Museo del
Prado poniendo a disposición de esta última circuitos publicitarios en banderolas de
farola destinados a tal fin.
– Las características, número y duración de los circuitos que el Ayuntamiento de
Madrid pone a disposición del Museo del Prado en virtud de este convenio estarán
determinados por la disponibilidad de espacios existentes para la correspondiente
campaña.
∙– En relación con todas las necesidades de instalación y reservas de espacios, el
Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Museos del Área de Cultura, Turismo y Deporte, asistirá en la presentación y tramitación
de solicitudes necesarias para la obtención y gestión de las autorizaciones y permisos
necesarios, siendo en última instancia la Dirección General de Comunicación del Área de
Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias la unidad competente para autorizar o
denegar permisos y autorizaciones conforme la normativa vigente.
– La disponibilidad y características concretas de los circuitos disponibles durante la
vigencia del presente convenio, serán comunicadas por el Ayuntamiento de Madrid al
Museo del Prado a través de su representante en la Comisión de Vigilancia y
Seguimiento descrita en la cláusula séptima, siendo dicha Comisión la encargada de
desarrollar y concretar técnicamente todas las necesidades de instalación en los circuitos
disponibles.
– Para la difusión de las exposiciones del Museo del Prado, en el marco del presente
convenio, se emplearán los elementos publicitarios producidos y suministrados por el
Museo del Prado o entidad que colabore en la organización de dichas exposiciones.
– No utilizar el logotipo, marcas o signos distintivos del Museo del Prado para otros
fines que los establecidos en el presente convenio, debiendo cesar inmediatamente en
su utilización una vez extinguido su plazo de vigencia.
– El Ayuntamiento de Madrid se compromete a otorgar el derecho al uso de los
logotipos municipales y su publicidad en las banderolas de farola, respetando los
derechos de la marca del Ayuntamiento de Madrid y durante el tiempo que dure el

cve: BOE-A-2023-10548
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.