III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-10548)
Resolución de 21 de abril de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la promoción de programación cultural de especial relevancia para la ciudad mediante la disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60951

del Ayuntamiento de Madrid, de 15 de junio de 2019, y el Acuerdo de 4 de julio de 2019,
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y de conformidad con lo dispuesto en
los apartados 2.º1 y 3.º1.8 del citado Acuerdo, corresponden al Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte las competencias ejecutivas en materia de programación de
actividades culturales, archivos, bibliotecas y museos, así como celebrar convenios con
otras Administraciones y entidades públicas y privadas para el desarrollo y ejecución de
las competencias del Área de Gobierno, y la ejecución de las competencias del Área de
Cultura, Turismo y Deporte.
Segundo.
En el citado acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, en su apartado 3.º2.4, se establece, como una de las
competencias del Área, establecer las directrices de la proyección cultural de la ciudad
de Madrid en el ámbito nacional e internacional, colaborando para ello con instituciones
que fomenten el acceso de la ciudadanía a la cultura.
De igual modo, las reservas de circuitos de publicidad institucional quedan reguladas
por las condiciones aprobadas por Resolución de 10 de abril de 2018, del Director
General de Comunicación del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,
que, en todo caso, resultarán de aplicación a los compromisos que asume el
Ayuntamiento de Madrid mediante la formalización del presente convenio.
Tercero.
Que el Museo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley 46/2003 de 25 de
noviembre, es un organismo público con personalidad jurídica y plena capacidad de
obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus fines, entre los que destaca su
compromiso por mejorar el servicio a los públicos que lo visitan, haciéndolo más eficaz.
Cuarto.

a. Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b. Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c. Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d. Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e. Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f. Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
Quinto.
Las partes coinciden en el interés común por promover y difundir el arte y la cultura,
favoreciendo el acceso a la ciudadanía, reforzando el posicionamiento de la ciudad como

cve: BOE-A-2023-10548
Verificable en https://www.boe.es

Que el museo tiene por objetivo la consecución de los siguientes fines, en virtud del
artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre: