III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10537)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto planta solar fotovoltaica "Abeto New Energy" de 93 MW y sus infraestructuras de evacuación, en Olite y Tafalla (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60842

las 106,18 ha del diseño final del proyecto, se eliminan módulos fotovoltaicos en el
camino de la Clavería para así facilitar el acceso a la balsa de la Clavería, se incrementa
la distancia entre el vallado y la superficie arbóreo-arbustiva del Monte de «El Encinar» y
se retiran módulos en la zona correspondiente al nacimiento del Barranco de Vallacuera.
Con fecha 10 de octubre de 2022, el órgano ambiental requiere a la Dirección General
de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra para que emita informe a raíz de los
cambios propuestos. Con fecha 30 de noviembre de 2022 dicha Dirección General,
informa compatible ambientalmente el proyecto acorde al nuevo diseño, siempre que se
incorporen al mismo una serie de medidas relativas a la superficie de ocupación;
afección a la vegetación; conectividad espacial y funcional del proyecto; medidas
compensatorias, de integración paisajística y de fomento de la biodiversidad y medidas
que permitan la compatibilidad del proyecto con el MUP, que quedan reflejadas en el
condicionado de la presente Resolución.
Con la información obrante en el expediente, se procede a formular declaración de
impacto ambiental.
3. Análisis técnico del expediente
a.

Análisis de alternativas.

La alternativa cero o de no proyecto conlleva la no realización de la instalación solar
ni de sus obras asociadas, incluyendo la subestación y la línea de evacuación. Además
de esta alternativa, el promotor ha propuesto otras para las diferentes infraestructuras
del proyecto. Para la selección de la solución adoptada se ha realizado una valoración
multicriterio que permite comparar las alternativas propuestas y el grado de sus efectos
esperados.
Para la localización de la PSF, se han propuesto cuatro alternativas, seleccionándose
la alternativa 3, entre otros motivos, al no ser visible desde núcleos poblacionales y
contar con un corredor entre las masas boscosas. Para la línea subterránea de 66 kV se
ha evitado su trazado en aéreo ya que supondría un mayor impacto visual, además de
aumentar la presión en una zona donde ya hay un elevado número de este tipo de líneas
eléctricas. Para la subestación colectora Promotores 66/220 kV, se ha buscado minimizar
la longitud de la LAAT y evitar la afección a espacios protegidos. El trazado y diseño de
la LAAT 220 kV está condicionado a cuestiones técnicas de la SET propiedad de REE,
pudiendo realizarse solamente en aéreo.
La Fundación Sustrai Erakuntza señala que el análisis de alternativas no está bien
enfocado, estudiándose únicamente alternativas de diferentes ubicaciones en medios
naturales (además de la alternativa 0, consistente en no realizar el proyecto), dejando de
lado la posible implantación en suelos urbanos, o industriales, incluyendo edificios.

b1.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Suelo, subsuelo, geodiversidad.

El terreno donde se instalará la PSF tiene una orografía plana con una pendiente
máxima que se superará en zonas muy localizadas, por lo que el promotor estima que el
movimiento de tierras necesario para acondicionar el terreno será nulo.
En la fase de obras la compactación del suelo se producirá por el desplazamiento de
la maquinaria pesada y el traslado de materiales. El incorrecto almacenamiento de
materiales y productos de las obras y de los productos generados durante las obras, así
como el derrame accidental de productos de maquinaria pueden provocar una afección
por alteración en la calidad de los suelos. Los paneles irán hincados al terreno mediante
perfiles metálicos y elevados de la superficie, minimizando la afección sobre el suelo. La
línea subterránea se ubicará en un camino de uso público existente, reduciendo
considerablemente la afección al usar maquinaria de obra de menor dimensión. Debido a
un error catastral parte del trazado de la línea propuesta en el EsIA se proyecta sobre la

cve: BOE-A-2023-10537
Verificable en https://www.boe.es

b.