III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10537)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto planta solar fotovoltaica "Abeto New Energy" de 93 MW y sus infraestructuras de evacuación, en Olite y Tafalla (Navarra).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60859
– Al final de la vida útil del proyecto la superficie interior al vallado se destinará a uso
ganadero, manteniendo las superficies finales a evolución natural hacia su reconversión
como pasto.
● Paisaje y medio social.
33) Se realizará una integración paisajística de las SET, mediante acabados
exteriores de los edificios previstos con un tratamiento de color, textura y acabados
acorde al entorno, teniendo especialmente en cuenta la cubierta y paredes exteriores de
las edificaciones.
34) Se deberán adoptar medidas de integración paisajística de la instalación
mediante plantaciones dirigidas al apantallamiento junto a los vallados y a lo largo de
aquellos caminos de mayor frecuentación de personas. Se seguirán las especificaciones
establecidas por la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, de
tal forma que se emplearán especies de árboles y arbustos de pequeño y mediano porte
que no sombreen los módulos fotovoltaicos. En estos recorridos los ejemplares a plantar
habrán de contar para su correcto arraigo y celeridad en su crecimiento con riego por
goteo, tutor y tubo protector. Se emplearán ejemplares de cierta talla, al menos 50 cm,
con el objeto de minimizar el impacto de la instalación en el tiempo.
35) Tal y como señala la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de
Navarra con el fin de mantener el valor como zona de esparcimiento, se mantendrán
pistas fuera del cierre de la PSF y en su caso, se colocarán los pasos necesarios para
viandantes y ciclistas.
● Patrimonio cultural y MUP.
1. Las propuestas concretas de actuaciones a ejecutar en el terreno que ocupará el
parque fotovoltaico tras su desmantelamiento, que deberá producirse en un plazo
máximo de 30 años desde su entrada en funcionamiento, y donde se priorizará la
recuperación de los valores ambientales del espacio, conectividad ecológica, y
coherencia con su catalogación como Monte de Utilidad Pública.
2. Simulaciones de la posible evolución de un incendio forestal en el entorno del
parque y en Monte Plano en general.
3. Plantaciones compensatorias que generen continuidad en ambos lados del
Monte Plano.
4. Adaptación de varios hidrantes que se sumen a la red de puntos de agua para
los medios terrestres y de balsas de agua para medios aéreos de extinción de incendios
forestales.
5. Accesos a los puntos de agua por parte de los equipos de extinción: Se
considera prioritario disponer de unos accesos correctos y seguros para los medios
terrestres a las balsas e hidrantes.
6. Tener en cuenta el perímetro de los montes, revisando el diseño de las
reforestaciones propuestas y restaurando las parcelas de cultivos leñosos: Se considera
especialmente interesante la creación de un mosaico que comprenda parcelas de cereal
en secano, colindantes con plantaciones de frutos secos o almendros con un correcto
mantenimiento eliminando la vegetación herbácea y arbustiva, y que a su vez sean
cve: BOE-A-2023-10537
Verificable en https://www.boe.es
36) Respecto a la protección del patrimonio cultural, se cumplirán todas las
medidas incluidas en el informe de prospección arqueológica. En caso de que, durante
los movimientos de tierra o cualquier otra obra, se detectara la presencia de restos
arqueológicos, los trabajos se paralizarán inmediatamente, poniéndose en conocimiento
del órgano competente del Gobierno de Navarra.
37) Tal y como indica la Sección Forestal del Servicio Forestal y Cinegético del
Gobierno de Navarra, que confirma «a priori la compatibilidad del proyecto con el MUP
n.º 667 «El Monte», se deberá presentar un proyecto de acuerdo a las siguientes
medidas:
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60859
– Al final de la vida útil del proyecto la superficie interior al vallado se destinará a uso
ganadero, manteniendo las superficies finales a evolución natural hacia su reconversión
como pasto.
● Paisaje y medio social.
33) Se realizará una integración paisajística de las SET, mediante acabados
exteriores de los edificios previstos con un tratamiento de color, textura y acabados
acorde al entorno, teniendo especialmente en cuenta la cubierta y paredes exteriores de
las edificaciones.
34) Se deberán adoptar medidas de integración paisajística de la instalación
mediante plantaciones dirigidas al apantallamiento junto a los vallados y a lo largo de
aquellos caminos de mayor frecuentación de personas. Se seguirán las especificaciones
establecidas por la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, de
tal forma que se emplearán especies de árboles y arbustos de pequeño y mediano porte
que no sombreen los módulos fotovoltaicos. En estos recorridos los ejemplares a plantar
habrán de contar para su correcto arraigo y celeridad en su crecimiento con riego por
goteo, tutor y tubo protector. Se emplearán ejemplares de cierta talla, al menos 50 cm,
con el objeto de minimizar el impacto de la instalación en el tiempo.
35) Tal y como señala la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de
Navarra con el fin de mantener el valor como zona de esparcimiento, se mantendrán
pistas fuera del cierre de la PSF y en su caso, se colocarán los pasos necesarios para
viandantes y ciclistas.
● Patrimonio cultural y MUP.
1. Las propuestas concretas de actuaciones a ejecutar en el terreno que ocupará el
parque fotovoltaico tras su desmantelamiento, que deberá producirse en un plazo
máximo de 30 años desde su entrada en funcionamiento, y donde se priorizará la
recuperación de los valores ambientales del espacio, conectividad ecológica, y
coherencia con su catalogación como Monte de Utilidad Pública.
2. Simulaciones de la posible evolución de un incendio forestal en el entorno del
parque y en Monte Plano en general.
3. Plantaciones compensatorias que generen continuidad en ambos lados del
Monte Plano.
4. Adaptación de varios hidrantes que se sumen a la red de puntos de agua para
los medios terrestres y de balsas de agua para medios aéreos de extinción de incendios
forestales.
5. Accesos a los puntos de agua por parte de los equipos de extinción: Se
considera prioritario disponer de unos accesos correctos y seguros para los medios
terrestres a las balsas e hidrantes.
6. Tener en cuenta el perímetro de los montes, revisando el diseño de las
reforestaciones propuestas y restaurando las parcelas de cultivos leñosos: Se considera
especialmente interesante la creación de un mosaico que comprenda parcelas de cereal
en secano, colindantes con plantaciones de frutos secos o almendros con un correcto
mantenimiento eliminando la vegetación herbácea y arbustiva, y que a su vez sean
cve: BOE-A-2023-10537
Verificable en https://www.boe.es
36) Respecto a la protección del patrimonio cultural, se cumplirán todas las
medidas incluidas en el informe de prospección arqueológica. En caso de que, durante
los movimientos de tierra o cualquier otra obra, se detectara la presencia de restos
arqueológicos, los trabajos se paralizarán inmediatamente, poniéndose en conocimiento
del órgano competente del Gobierno de Navarra.
37) Tal y como indica la Sección Forestal del Servicio Forestal y Cinegético del
Gobierno de Navarra, que confirma «a priori la compatibilidad del proyecto con el MUP
n.º 667 «El Monte», se deberá presentar un proyecto de acuerdo a las siguientes
medidas: