III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10537)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto planta solar fotovoltaica "Abeto New Energy" de 93 MW y sus infraestructuras de evacuación, en Olite y Tafalla (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60851
topográfico del bien para acotar con precisión la zona de exclusión de explotación y de
movimiento de tierras. Además, se llevará a cabo un control arqueológico de los
movimientos de tierra que deberán supervisarse por un equipo de especialistas con
experiencia en este tipo de intervenciones.
El EsIA señala que serán de aplicación todos los condicionantes al proyecto y
posterior informe de prospección que el Servicio de Patrimonio Histórico de Navarra crea
oportuno, así como todas las prescripciones derivadas del proyecto de prospección
arqueológica.
La Sección de Patrimonio Arquitectónico del Departamento de Cultura y Deporte del
Gobierno de Navarra señala que vista la documentación presentada no hay afecciones
en lo que les compete. No correspondiéndoles lo relativo a la declaración de utilidad
pública de la línea de evacuación.
Por otro lado, en relación a los MUP en el EsIA se señala que, según la cartografía
del Catálogo de Montes de Utilidad Pública 1912 del IDENA (Infraestructura de Datos
Espaciales de Navarra), la superficie de implantación de la PSF se encuentra incluida en
el MUP 667 «El Monte», cuya titularidad pertenece al Ayuntamiento de Olite-Erriberri.
Además, al norte de la implantación, casi limitando con ella se encuentra el MUP 675 «El
Plano». Si bien, el promotor expone que la superficie de implantación está catalogada
como MUP a nivel local, pero se considera que esta ha perdido su característica de
terreno forestal, siendo el uso actual el de tierras de labor en secano, tal y como queda
reflejado en la cartografía catastral, el SIGPAC, el Mapa Forestal de España, e incluso la
cartografía de MUP del MITECO, antes citada. Esto también se ha contrastado en la
ortofoto de máxima actualidad y el trabajo desarrollado en campo.
En el informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra
referente al último diseño del proyecto se indica que respecto a la compatibilidad del
proyecto con la Orden Foral 64/2006, de 24 de febrero, del Consejero de Medio
Ambiente, Ordenación del territorio y Vivienda, por la que se regulan los criterios y las
condiciones ambientales y urbanísticas para la implantación de instalaciones para
aprovechar la energía solar en suelo no urbanizable se ha de señalar que el nuevo
ámbito sigue ocupando suelo protegido, en cuanto que se afecta el MUP n.º 667 «El
Monte», considerado en el Plan General Municipal de Olite (vigente desde 2007) como
suelo no urbanizable de preservación de valor ambiental Montes de Utilidad Pública. No
obstante, se cuenta con nuevo informe de fecha 28 de octubre de 2022 de la Sección de
Gestión Forestal del Servicio Forestal y Cinegético del Gobierno de Navarra que
confirma «a priori» la compatibilidad del proyecto con el citado MUP n.º 667 «El Monte»
siempre y cuando se presente un proyecto y se ejecute el mismo de acuerdo con las
medidas que quedan recogidas en el condicionado de la presente resolución.
Efectos sinérgicos y acumulativos.
El EsIA incluye un anexo IV en el que se analizan los efectos sinérgicos y
acumulativos del proyecto con otras instalaciones cercanas, entre las que se
encuentran 10 parques eólicos, 5 infraestructuras lineales de comunicación, 4 puntos de
interés (Ermita de Santa Brígida y 3 miradores), 6 senderos, así como líneas aéreas de
alta tensión existentes (de 220 kV y 400 kV), el Canal de Navarra y un gaseoducto.
Del análisis, se desprende que los efectos acumulativos más elevados son los
producidos sobre la fauna en fase de obras, por la alteración o pérdida de hábitat, la
fragmentación y pérdida de conectividad de hábitats. No obstante, se plantean medidas
como plantaciones, creación de corredores y empleo de malla cinegética, que
disminuyen en gran medida los efectos esperados. En cuanto al impacto sinérgico
producido por la actuación con relación al resto de infraestructuras existentes se
considera compatible.
Tras las modelizaciones realizadas y los datos numéricos obtenidos, se concluye que
la ejecución de la PSF supondrá un impacto sinérgico asumible por el medio y a nivel
global positivo, teniendo en cuenta la admisión de medidas correctoras o minimizadoras.
cve: BOE-A-2023-10537
Verificable en https://www.boe.es
b9.
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60851
topográfico del bien para acotar con precisión la zona de exclusión de explotación y de
movimiento de tierras. Además, se llevará a cabo un control arqueológico de los
movimientos de tierra que deberán supervisarse por un equipo de especialistas con
experiencia en este tipo de intervenciones.
El EsIA señala que serán de aplicación todos los condicionantes al proyecto y
posterior informe de prospección que el Servicio de Patrimonio Histórico de Navarra crea
oportuno, así como todas las prescripciones derivadas del proyecto de prospección
arqueológica.
La Sección de Patrimonio Arquitectónico del Departamento de Cultura y Deporte del
Gobierno de Navarra señala que vista la documentación presentada no hay afecciones
en lo que les compete. No correspondiéndoles lo relativo a la declaración de utilidad
pública de la línea de evacuación.
Por otro lado, en relación a los MUP en el EsIA se señala que, según la cartografía
del Catálogo de Montes de Utilidad Pública 1912 del IDENA (Infraestructura de Datos
Espaciales de Navarra), la superficie de implantación de la PSF se encuentra incluida en
el MUP 667 «El Monte», cuya titularidad pertenece al Ayuntamiento de Olite-Erriberri.
Además, al norte de la implantación, casi limitando con ella se encuentra el MUP 675 «El
Plano». Si bien, el promotor expone que la superficie de implantación está catalogada
como MUP a nivel local, pero se considera que esta ha perdido su característica de
terreno forestal, siendo el uso actual el de tierras de labor en secano, tal y como queda
reflejado en la cartografía catastral, el SIGPAC, el Mapa Forestal de España, e incluso la
cartografía de MUP del MITECO, antes citada. Esto también se ha contrastado en la
ortofoto de máxima actualidad y el trabajo desarrollado en campo.
En el informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra
referente al último diseño del proyecto se indica que respecto a la compatibilidad del
proyecto con la Orden Foral 64/2006, de 24 de febrero, del Consejero de Medio
Ambiente, Ordenación del territorio y Vivienda, por la que se regulan los criterios y las
condiciones ambientales y urbanísticas para la implantación de instalaciones para
aprovechar la energía solar en suelo no urbanizable se ha de señalar que el nuevo
ámbito sigue ocupando suelo protegido, en cuanto que se afecta el MUP n.º 667 «El
Monte», considerado en el Plan General Municipal de Olite (vigente desde 2007) como
suelo no urbanizable de preservación de valor ambiental Montes de Utilidad Pública. No
obstante, se cuenta con nuevo informe de fecha 28 de octubre de 2022 de la Sección de
Gestión Forestal del Servicio Forestal y Cinegético del Gobierno de Navarra que
confirma «a priori» la compatibilidad del proyecto con el citado MUP n.º 667 «El Monte»
siempre y cuando se presente un proyecto y se ejecute el mismo de acuerdo con las
medidas que quedan recogidas en el condicionado de la presente resolución.
Efectos sinérgicos y acumulativos.
El EsIA incluye un anexo IV en el que se analizan los efectos sinérgicos y
acumulativos del proyecto con otras instalaciones cercanas, entre las que se
encuentran 10 parques eólicos, 5 infraestructuras lineales de comunicación, 4 puntos de
interés (Ermita de Santa Brígida y 3 miradores), 6 senderos, así como líneas aéreas de
alta tensión existentes (de 220 kV y 400 kV), el Canal de Navarra y un gaseoducto.
Del análisis, se desprende que los efectos acumulativos más elevados son los
producidos sobre la fauna en fase de obras, por la alteración o pérdida de hábitat, la
fragmentación y pérdida de conectividad de hábitats. No obstante, se plantean medidas
como plantaciones, creación de corredores y empleo de malla cinegética, que
disminuyen en gran medida los efectos esperados. En cuanto al impacto sinérgico
producido por la actuación con relación al resto de infraestructuras existentes se
considera compatible.
Tras las modelizaciones realizadas y los datos numéricos obtenidos, se concluye que
la ejecución de la PSF supondrá un impacto sinérgico asumible por el medio y a nivel
global positivo, teniendo en cuenta la admisión de medidas correctoras o minimizadoras.
cve: BOE-A-2023-10537
Verificable en https://www.boe.es
b9.