III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10535)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque solar fotovoltaico "Campos del Condado VI" de 61,2 MWP/51 MWN, y su infraestructura de evacuación en Gibraleón y Trigueros (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60800

ningún tipo de construcción en esta zona salvo que resulte conveniente o necesaria para
el uso del dominio público hidráulico o para su conservación y restauración.
2. El cruce de la línea de evacuación subterráneo bajo el Arroyo de Mahomalejo se
realizará mediante perforación dirigida, la cual deberá realizarse a una distancia de
seguridad suficiente para evitar dañar su vegetación de ribera e intentando el cruce por las
zonas con menor densidad de la vegetación. En el caso de que no fuera posible
técnicamente y se tuviera que afectar en cierta medida a dicha vegetación, se aplicará el
principio de compensación relativo a la superficie arbolada, de forma que se proceda a la
repoblación en las zonas próximas a las afectadas, en extensión equivalente a la que deba
desarbolarse por necesidades de la obra y con ejemplares de igual o mayor valor ecológico
que las especies eliminadas. Además, los cruces de cauces previstos por pasos de líneas
eléctricas subterráneas y vados inundables se realizarán en época de estiaje.
3. Se recuerda la necesidad de que el parque de maquinaria y zonas auxiliares se
encuentren alejados de los cursos de agua.
4. Se recomienda la construcción de un foso de recogida de aceite bajo los
transformadores ubicados en la subestación transformadora, el cual estará
dimensionado para albergar todo el aceite del transformador en caso de derrame del
mismo e impermeabilizado para evitar riesgos de filtración y contaminación de aguas
superficiales y subterráneas.
5. El promotor procederá a la mejora de la calidad del hábitat palustre y al fomento
de los hábitats riparios ligados a cursos menores del ámbito del proyecto.
4.2.3

Atmósfera.

1. Para evitar afecciones derivadas de la emisión de ruido, se trabajará en horario
diurno, la maquinaria de obra estará homologada además de cumplir con la normativa
vigente en cuanto a emisiones sonoras tal y como ha recordado la Delegación Territorial
de Desarrollo Sostenible en Huelva. Además, dada la cercanía del proyecto a zonas
pobladas, se procederá al apantallamiento acústico en los perímetros de estas zonas
para evitar molestias a la población; además se procederá al riego de las zonas de
trabajo para evitar levantar polvo.
2. Según solicita la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva a las
instalaciones nuevas de alumbrado exterior, sus modificaciones y ampliaciones les serán
de aplicación las disposiciones relativas a contaminación lumínica, recogidas tanto en la
Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, como en el Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas
complementarias EA-01 a EA-07, o Normas que las sustituyan.
Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.

1. Antes del inicio de las obras y durante la ejecución de las mismas, se realizará
una prospección botánica del terreno para evitar la afección directa o indirecta a
especies de flora amenazada y/o vegetación de interés, prestando especial atención a la
posible presencia de Cynara algarbiensis. En caso de detectarse flora amenazada, se
interrumpirán los trabajos en el área afectada y se informará al órgano con competencias
en medio ambiente de la comunidad de forma que se establezcan las medidas de
protección adecuadas. La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva
también indica que se señalizarán y balizaran previo al inicio de las obras las áreas de
mayor valor ambiental, los posibles hábitats de interés comunitario, los cauces fluviales
existentes, estanques, charcas o pantanetas, vaguadas, rodales con vegetación natural
de interés (en su caso), etc., para ser respetadas durante toda la fase de construcción,
evitando el tránsito de maquinaria y zonas de acopio de materiales o cualquier otra
actividad que pudiera causar impacto sobre las mismas.
2. Como norma general se procurará que las líneas eléctricas de evacuación se
ubiquen fuera de los terrenos forestales arbolados, salvo que no existan alternativas

cve: BOE-A-2023-10535
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4.2.4